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Resolución de Alcaldía núm. 2026 - 179, de fecha 3 de agosto de 2026 del Ayuntamiento de Búger, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la contratación de la plaza de oficial de brigada, en régimen de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición

Oficial de brigada


1

Plazas

03/09/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C2

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 098 - 6 / Agosto / 2026 > Pág. 43785 a 43797 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 098 - 6 / Agosto / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE BÚGER Núm. 580715 Resolución de Alcaldía núm. 2026 - 179, de fecha 3 de agosto de 2026 del Ayuntamiento de Búger, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la contratación de la plaza de oficial de brigada, en régimen de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 2026 - 179, de fecha 3 de agosto de 2026 la contratación de una plaza de oficial de brigada en régimen de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria: «BASES QUE DEBEN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN PRIMERA. - Objeto de la convocatoria 1.1.

El objeto de la presente convocatoria es la selección, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de oficial de brigada, en régimen de personal laboral fijo, correspondiente a Las características básicas del puesto de trabajo son las siguientes: Escala: Administración General Grupo: C Subgrupo: Equivalente a C2 Grupo de cotización: 8 Número de plazas convocadas: 1 Jornada: Completa, de lunes a viernes.

Sujeto a la realización de horarios especiales por preparación de eventos. 1.2.

Corresponderán a la persona que resulte seleccionada, entre otras, las siguientes funciones: Coordinar y organizar la actividad diaria de la brigada municipal, distribuyendo las labores entre el personal, estableciendo prioridades y supervisando la ejecución de los trabajos encomendados.

Informar a los responsables municipales de las incidencias detectadas, del estado de los trabajos y de las necesidades de mantenimiento o mejora de los servicios municipales.

Gestionar y/o realizar pequeñas obras municipales (reformas de aceras, mobiliario urbano, instalaciones eléctricas y redes de agua etc., ), Realizar los trabajos vinculados a la construcción, reparación y mantenimiento de obras en general tanto en la vía pública como en las instalaciones y dependencias municipales.

Solucionar las averías comunes de electricidad, agua, pica pedrería y carpintería de los inmuebles municipales.

Realizar el montaje y desmontaje de la infraestructura necesaria (carpas, tarimas, escenarios, traslado de mobiliario, luces, etc.) para el desarrollo de eventos en el municipio.

Realizar el transporte de material y elementos municipales.

Control de la calidad del agua de piscinas, tratamiento agua potable.

Encargarse de la previsión de materiales necesarios para los trabajos encomendados para tenerlos disponibles en los plazos previstos.

Conducir el vehículo asignado para el traslado del personal, material o herramientas necesarias para el desarrollo de los trabajos.

Montar y desmontar andamios en condiciones de seguridad.

Utilizar las herramientas manuales y mecánicas, así como los vehículos asignados requeridos para el desarrollo de los trabajos encomendados, cuidando su mantenimiento y estado de limpieza.

Prestar apoyo, así como realizar los trabajos asignados en caso de emergencias o catástrofes naturales.

Velar por la seguridad y salud en su puesto de trabajo, utilizando adecuadamente maquinaria, herramientas o sustancias relacionadas con su actividad, así como los medios y equipos de protección puestos a su disposición, de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

Adoptar en el tratamiento de datos de carácter personal las medidas de índole técnica y organizativa establecidas por la Corporación y cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, así como mantener el deber de secreto y confidencialidad en relación con las mismas, que subsistirá incluso una vez terminada su relación con la Corporación.

Velar por la protección de datos de carácter personal y actuar de acuerdo a criterios de ética y transparencia.

Dar cumplimiento y asegurar la aplicación de las normas de prevención de riesgos laborales, de acuerdo a las responsabilidades derivadas del marco legal vigente y de la normativa interna de la Corporación.

Y, en general, cualquier otra función de naturaleza similar, propias del grupo de clasificación que le sea atribuida. 1.3.

El presente proceso selectivo se regirá por lo que disponen, las siguientes normas: Los artículos 11, y 55 a 61 Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a los que Debe Ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local.

El artículo 177 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

El Reglamento General de Ingreso del Personal en el Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los artículos 21.1.g) y h), 91, 100 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

Los artículos 51 y 53 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

El convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Búger.

SEGUNDA. - Requisitos de las personas aspirantes Para tomar parte en la convocatoria, las personas interesadas, deben reunir los siguientes requisitos en la fecha de expiración del plazo de admisión de solicitudes: Tener nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por aquélla y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, y en los términos previstos en el art. 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.

Las personas aspirantes de nacionalidad no española tendrán que acreditar, mediante declaración responsable u otro medio admitido en derecho, tener un conocimiento adecuado del idioma español, y se les podrá exigir, en su caso, la superación de pruebas a tal fin.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta a la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, de conformidad con el artículo 56. 1 d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría profesional.

No hallarse incurso en causa de incapacidad de las contenidas en la legislación vigente.

Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de prestación de solicitudes de alguno del siguiente título: graduado escolar o Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deben estar acompañadas de la orden ministerial de reconocimientos del título expedido, de conformidad con la normativa reguladora de la homologación y consolidación de los títulos y estudios extranjeros.

Se deberá presentar la equivalencia de los estudios en caso de que sean distintos.

Acreditar el conocimiento de la lengua catalana en el nivel B1, de conformidad con la Ley 4/2016, de 6 de abril, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procesos selectivos de acceso a l función pública i para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Estar en posesión del carné de conducir B.

Con anterioridad a la toma de posesión, la persona interesada deberá hacer constar que no está sometida a ninguno de los motivos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, que regula las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o comprometerse, en su caso, a ejercitar la oportuna opción en el periodo de tiempo que prevé el artículo 10 de la disposición legal anterior, y no percibir pensión alguna de jubilación, de retiro o de orfandad.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores tendrán que cumplirse a fecha de publicación de las presentes bases en el BOE.

TERCERA. - Presentación de solicitudes Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para la presentación de la correspondiente solicitud para tomar parte en el proceso selectivo a contar a partir de

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