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Convocatoria y bases que rigen el procedimiento selectivo para cubrir, por el sistema de concurso oposición, una plaza vacante de personal laboral fijo de la categoría dinamizador/a sociocultural del Ayuntamiento de Artà, nivel 3 (código DINAMITZADOR2026)

Dinamizador/a Sociocultural


1

Plazas

18/08/2026

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

N/A

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 091 - 21 / Julio / 2026 > Pág. 40482 a 40492 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 091 - 21 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ARTÀ Núm. 538974 Convocatoria y bases que rigen el procedimiento selectivo para cubrir, por el sistema de concurso oposición, una plaza vacante de personal laboral fijo de la categoría dinamizador/a sociocultural del Ayuntamiento de Artà, nivel 3 (código DINAMITZADOR2026) Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Exp. 2026/3390.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de julio de 2026 se aprobaron la convocatoria y las bases que tienen que regir el procedimiento selectivo para cubrir, por el sistema de concurso oposición, una plaza vacante de personal laboral fijo de la categoría Dinamizador/a Sociocultural del Ayuntamiento de Artà, nivel 3, en los términos siguientes: “ Primero .

Aprobar la convocatoria y las bases que deben regir el procedimiento selectivo para cubrir, por concurso oposición, una plaza de dinamizador/a sociocultural, nivel 3, con personal laboral fijo, las cuales se reproducen a continuación: “ Convocatoria y bases que deben regir el procedimiento selectivo para cubrir, por el sistema de concurso oposición, una plaza vacante de personal laboral fijo de la categoría Dinamizador/a Sociocultural del Ayuntamiento de Artà, nivel 3 (código DINAMITZADOR2026) 1.

Objeto de la convocatoria y normativa de aplicación El objeto de la convocatoria es la selección de personal, mediante el sistema de concurso oposición, por turno libre, para cubrir una (1) plaza vacante de personal laboral fijo, de la categoría dinamizador/a sociocultural, nivel 3, en concreto la plaza DINASOCCUL2, correspondiendo a la oferta de ocupación pública del año 2026, publicada en el BOIB n.º 74 de 13 de junio de 2026.

El código de esta convocatoria es “DINAMITZADOR2026”.

Las funciones correspondientes a un dinamizador/a sociocultural, del nivel 3 de los laborales, consisten en Diseñar, organizar y dinamizar actividades y espacios dirigidos a la gente joven del municipio.

Fomentar la participación juvenil y apoyar a entidades y grupos juveniles.

Informar y orientar a la gente joven sobre los recursos, servicios y programas municipales y supramunicipales.

Dinamizar espacios juveniles y promover el uso educativo y social del tiempo libre.

Impulsar los proyectos que le encomiende su superior.

Colaborar con otros servicios municipales en la dinamización sociocultural del pueblo.

Hacer estudios, emitir informes y preparar la documentación necesaria de expedientes de su área.

Cualquier otra función análoga o relacionada con las funciones anteriores que le sea encomendada.

El proceso selectivo se rige por estas bases y también por lo establecido en el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la legislación subsidiaria que le sea de aplicación.

A las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se les aplicará el Convenio colectivo sobre las condiciones generales de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Artà, además del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.

La Alcaldía del Ayuntamiento resolverá las incidencias que se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que correspondan al tribunal calificador. 2.

Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitidas en este proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo señalado para presentar solicitudes, los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier estado de la Unión Europea o la de algún estado al cual sea aplicable la libre circulación de trabajadores en virtud de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, sobre el acceso a la ocupación de nacionales otros estados. b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del Título de Técnico/a Superior en Animación Sociocultural y Turística o del título en Técnico Superior en Integración Social, o estar en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. d) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al nivel C1, mediante el certificado o título expedido por la Dirección General de Cultura del Gobierno de las Islas Baleares o por la Escuela Balear de Administración Pública, o mediante uno de equivalente, de acuerdo con el que establece la Orden 7/2026, de la Consellería de Turismo, Cultura y Deportes, de 4 de mayo, por la cual se regula la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Consellería de Turismo, Cultura y Deportes, y se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a estos certificados de conocimientos de lengua catalana. e) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado/a por discapacidad que impida cumplir las funciones y tareas derivadas del puesto de trabajo. f) No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ejercer las funciones públicas por resolución judicial.

En el caso de pertenecer a otro estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a ninguna sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado de origen y en los mismos términos, el acceso al servicio público. g) Acreditar el pago de la cantidad de 19'87 € en concepto de derechos de examen que regula la Ordenanza fiscal n.º 44, reguladora de la expedición de documentos administrativos (BOIB n.º 172 de 31 de diciembre de 2024). h) Estar en posesión del carné de conducir tipo B. y) Tener certificado negativo de delitos de naturaleza sexual actualizado expedido por el organismo competente. 3.

Presentación de las solicitudes Estas bases se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) antes de publicar el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte (20) días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, según el modelo normalizado disponible en el apartado “Convocatorias de selección de personal” de la página web del Ayuntamiento (www.arta.cat), y se tienen que dirigir a la Alcaldía de la corporación.

Para ser admitidas y, si procede, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes tienen que manifestar, en su solicitud, que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, lo cual se pone de manifiesto en el modelo de solicitud.

Las solicitudes se deben presentar en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el supuesto de que las solicitudes se presenten en la forma prevista en el artículo 16 mencionado, las personas interesadas lo tienen que comunicar por correo electrónico a la dirección <rrhh@arta.cat> antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, con la justificación de la remisión, en la cual conste la fecha de remisión de la solicitud del día en que se presenta.

Las persones aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en su solicitud.

El domicilio y el teléfono que figuren se consideran válidos a efectos de notificaciones, y tanto los errores descriptivos como el hecho de no comunicar durante el proceso de selección cualquier cambio en los datos de la solicitud son responsabilidad exclusivamente suya.

Las personas interesadas tienen que adjuntar a la solicitud la documentación siguiente: Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

Fotocopia del título exigido para tomar parte en esta convocatoria.

Fotocopia del certificado de conocimientos de lengua catalana correspondiente a esta convocatoria.

Fotocopia del carné de conducir tipo B Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso.

Certificado de Vida Laboral Declaración responsable de cumplir los requisitos exigidos en estas bases, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para presentar solicitudes.

Justificando de pago de los derechos de examen.

El importe de la tasa es de 19'87 euros y el pago se tiene que hacer por transferencia bancaria al número de cuenta de CaixaBank ES48 2100 0105 2602 0000 2048 (BIC CAIXESBBXXX), y se hará constar el concepto siguiente: “Tasa DINAMITZADOR2026 - nombre completo de la persona aspirante”.

Fotocopia del certificado negativo de delitos de naturaleza sexual actualizado expedido por el organismo competente.

Los méritos a valorar en el concurso se tienen que detallar en la solicitud o en una hoja adjunta y la documentación que las acredite debe presentarse ordenada, según se indique en la solicitud presentada.

Así mismo, se tienen que referir, como máximo, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y se tienen que presentar mediante originales o fotocopias.

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