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Convocatoria del proceso selectivo para constituir una bolsa de trabajo extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría de técnico de administración general (TAG), por el sistema de concurso oposición

Técnico de Administración General (TAG)


Sin confirmar

Plazas

31/07/2026

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

A1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 090 - 18 / Julio / 2026 > Pág. 40105 a 40116 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 090 - 18 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE MANACOR Núm. 534374 Convocatoria del proceso selectivo para constituir una bolsa de trabajo extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría de técnico de administración general (TAG), por el sistema de concurso oposición Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Mediante el Decreto de Alcaldía núm. 2026-3883, de 16 de julio, se ha resuelto lo siguiente: " Primero .

Aprobar la convocatoria del proceso selectivo para constituir una bolsa de trabajo extraordinaria de personal funcionario interino de la categoría de técnico de administración general (TAG), por el sistema de concurso-oposición.

Aprobar las bases específicas que deben regir esta convocatoria, las cuales se adjuntan como anexo de esta resolución.

Ordenar la publicación de esta resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor.

Comunicar la publicación de la convocatoria al Servicio de Ocupación de las Illes Balears para que haga la difusión oportuna y a la Junta de Personal para su conocimiento.

Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación, en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

También puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 8.1, 25, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente." (Firmaddo electrónicamente: 16 de julio de 2026) La 2ª tenienta de Alcalde y delegada genérica del área de Recursos Humanos y Turismo (Decreto 2026-0903, de 16/02/2026.

BOIB n.º 24, de 21 de febrero de 2026) Antònia Llodrà Brunet BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO PARA CREAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TÉCNICOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL (TAG), MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA EL AYUNTAMIENTO DE MANACOR.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de esta convocatoria es la selección de personal funcionario interino, mediante concurso-oposición, para crear una bolsa de trabajo extraordinaria de técnicos de administración general (TAG), a efectos de sustituir las posibles bajas, vacaciones, permisos, licencias, el exceso o acumulación de tareas o cualquier supuesto de nombramiento como personal funcionario interino, de acuerdo con el artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público.

La bolsa de trabajo que se constituya en este proceso selectivo sustituirá al resto de bolsas de trabajo de TAG con las que cuenta el Ayuntamiento de Manacor, que quedarán sin vigencia una vez constituida la que se derive de esta convocatoria.

NORMATIVA DE APLICACIÓN Esta selección se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria específica y, en aquello que no se prevea en ella, por las bases generales de convocatorias de procesos de selección de personal no permanente del Ayuntamiento de Manacor, aprobadas por resolución de Alcaldía de 19 de noviembre de 2014 y publicadas en el BOIB número 163, de 29 de noviembre de 2014 y en la página web www.manacor.org (sede electrónica, portal de transparencia); por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 3/2007, de la función pública de las Illes Balears; y supletoriamente, para lo no previsto en lo anterior, por el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de funcionarios interinos de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y por la demás normativa que le sea de aplicación.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Los aspirantes deben tener, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, las condiciones siguientes: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos 16 años de edad a la fecha de la convocatoria y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación fuerza. c) Estar en posesión del título de grado o licenciatura en Economía o Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Políticas, Derecho o Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas o equivalente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona aspirante deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente. d) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al certificado de nivel C1, de conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, y la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, mediante: * Certificado emitido o reconocido como equivalente por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Illes Balears o por el órgano competente en el ámbito de las Illes Balears. e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones correspondientes. f) No haber sido separados ni despedidos, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso de personal laboral, en el que hubieran sido separados o inhabilitados.

En el caso de pertenecer a otro Estado, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público. g) No estar sometidos a ninguna causa de incapacidad específica de acuerdo con la normativa vigente. h) Antes de tomar posesión de la plaza, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad.

Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo deberá declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, a fin de que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

SOLICITUDES Las solicitudes se deben presentar dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB, en cualquiera de las formas siguientes: 1.

Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor (Catálogo de trámites – Recursos Humanos – Solicitud para selecciones de Personal y Provisiones de Puestos de trabajo). 2.

Presencialmente, a través de la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Manacor (puede solicitar cita previa a través del Servicio de Cita Previa). 3.

En cualquiera de los medios admitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En la solicitud, las personas aspirantes deben manifestar si reúnen los requisitos generales y específicos para tomar parte en la convocatoria.

La convocatoria también se comunicará al Servicio de Ocupación de las Illes Balears para que realice la difusión oportuna.

En todo caso, el plazo de presentación de solicitudes contará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Si el último día de presentación de solicitudes coincide en día inhábil, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.

Para ser admitidos y tomar parte en la convocatoria bastará con que las personas aspirantes manifiesten en la solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera.

Será necesario acreditar junto con la solicitud: Copia del título e

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