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Convocatoria y bases específicas del proceso selectivo para cubrir, como personal funcionario de carrera y por el turno libre, ocho plazas que pertenecen a la escala de Administración general, subescala auxiliar, denominación auxiliar administrativo/va del Ayuntamiento de Sóller

Auxiliar Administrativo/va


8

Plazas

15/09/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C2

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 109 - 1 / Septiembre / 2026 > Pág. 48135 a 48145 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 109 - 1 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SÓLLER Núm. 629904 Convocatoria y bases específicas del proceso selectivo para cubrir, como personal funcionario de carrera y por el turno libre, ocho plazas que pertenecen a la escala de Administración general, subescala auxiliar, denominación auxiliar administrativo/va del Ayuntamiento de Sóller Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Los días 29 de julio y 26 de agosto de 2026 la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sóller aprobó la convocatoria y las bases específicas del proceso selectivo para cubrir, como personal funcionario de carrera y por el turno libre, ocho plazas que pertenecen a la Escala de Administración general, Subescala Auxiliar, Denominación Auxiliar administrativo/va del Ayuntamiento de Sóller, así como su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares como continuación se transcriben: BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DEL PERSONAL PARA CUBRIR POR EL TURNO LIBRE, OCHO VACANTES DE FUNCIONARIO/ARIA DE CARRERA DE L'ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR, DENOMINACIÓN AUXILIAR ADMINISTRATIVO/VA DE ESTE AYUNTAMIENTO PRIMERA.

Objeto de la convocatoria.

El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento para cubrir, como personal funcionario de carrera, ocho plazas de la Administración general, Subescala Auxiliar, Denominación Auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Sóller (Plazas n.º 08, 09, 26, 60, 69, 84, 93 y 126) vacantes en la plantilla municipal de este Ayuntamiento, por el turno libre, incluidas en la Oferta de Ocupación correspondiente al ejercicio 2026 (B.O.I.B n.º 27 de día 28 de febrero de 2026).

Características de la plaza: Escalera: Administración general, Subescala Auxiliar Grupo C, Subgrupo C2.

Denominación: Auxiliar Administrativo/va Número de plazas: 8 por el turno libre (plazas n.º 08, 09, 26, 60, 69, 84, 93 y 126) Titulación mínima exigida: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o en condiciones de obtenerlo a la fecha que finalice la presentación de solicitudes Procedimiento selectivo: concurso-oposición.

Normativa La presente convocatoria se regirá por lo que disponen las presentes Bases específicas y las Bases generales reguladoras de los procesos selectivos de cobertura temporal y definitiva de plazas de la plantilla del Ayuntamiento de Sóller.

En defecto, será aplicable el real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido del Estatuto básico del empleado público y la normativa vigente como el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, así como el Reglamento general de ingreso del personal al servicios de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles del *AGE aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.

También será aplicable la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

La convocatoria y las presentes bases se publicarán al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

El plazo para presentar instancias y solicitudes para participar en este proceso será de diez días hábiles y se iniciará desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria al BOE.

Posteriormente, cualquier anuncio al respecto se publicará al tablón de anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Sóller (https://soller.sedelectronica.es).

El importe de los derechos de examen de las pruebas selectivas se regulan a la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por las pruebas de personal 2009.

La tasa para participar en el proceso selectivo del grupo C2 es de 12,00 euros.

La presentación de la solicitud para participar en el proceso selectivo supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas.

Requisitos que han de reunir los aspirantes .

Para formar parte en el proceso de selección y ser admitidos, los aspirantes tendrán que reunir a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los requisitos siguientes: a) Ser español/a o nacional de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la ley estatal que regula esta materia. b) Tener cumplidos los 16 años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso a la ocupación pública. c) Estar en disposición del título de Graduado Escolar en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o en condiciones de obtenerlo a la fecha que finalice la presentación de solicitudes d) Poseer la capacidad funcional por el desarrollo de las funciones correspondientes. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración u ocupación pública, ni encontrarse inhabilitado, por sentencia firme, para el cumplimiento de funciones públicas.

No estar sometido a ninguna causa de incapacidad específica según la normativa vigente. f) Disponer de los conocimientos de la lengua catalana – Certificado de nivel B2. g) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal de acuerdo con el que prevé el artículo 4 de la de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para pruebas de personal (12€). h) Antes de tomar posesión de la plaza, la persona interesada tendrá que hacer constar que no ocupa ninguna plaza ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el arte. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe ninguna pensión de jubilación, retiro u orfandad.

En el caso de realizar una actividad privada, lo tendrá que declarar en el plazo de 10 días desde la toma de posesión, con el fin de que la corporación pueda adoptar un acuerdo de compatibilidad o incompatibilidad.

CUARTA.- Relaciones con los ciudadanos.

De acuerdo con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, los actos administrativos que integran este procedimiento y se tengan que notificar a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que se derive (incluidos los anuncios de la interposición de cualquier recurso en vía administrativa o en vía judicial y los trámites de audiencia), en vez de notificarse, deben publicarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sóller.

Todo ello sin perjuicio que se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los actos que las bases de esta convocatoria determinen expresamente que se tengan que publicar.

QUINTA.- Relaciones a través de medios electrónicos Se establece, mediante esta convocatoria y de acuerdo con la Ordenanza reguladora del funcionamiento de la oficina de asistencia en materia de registro y registro electrónico y del servicio de atención a la ciudadanía del Ayuntamiento de Sóller, que las personas físicas que quieran participar en procesos selectivos del Ayuntamiento de Sóller, quedan obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento telemáticamente en todas las fases del procedimiento, quedando incluidas las reclamaciones y los recursos administrativos que se puedan interponer, salvo los supuestos expresamente previstos.

Presentación de solicitudes.

Procedimiento Las persones aspirantes tienen que rellenar la solicitud para participar mediante la formalización del correspondiente trámite telemático disponible a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sóller, https://soller.sedelectronica.es.

El modelo específico de solicitud telemática de participación incluye un apartado de datos personales y la declaración responsable en los términos del artículo 69 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre, relativa al cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos de participación exigidos a la base tercera, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

De acuerdo con la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para pruebas de personal, la tasa por derechos de examen es de 12 euros y se abonará a la entidad bancaria CaixaBank con número de cuenta: ES12-2100-7293-5513-0039-5838.

En el concepto se tendrá que incluir el nombre de la persona aspirando y la indicación de la convocatoria a la que se opta.

La carencia de justificación del pago de la tasa indicada determina la exclusión del aspirante.

Este pago no sustituye, en ningún caso, el trámite de presentar la solicitud en el plazo y en la forma prevista.

Junto con la solicitud telemática de participación habrá que rellenar la hoja de autobaremación de méritos, que tiene igualmente la consideración de declaración responsable en los términos que prevé el mencionado artículo 69.

En esta hoja de autobaremación, las persones aspirantes tienen que alegar, bajo su responsabilidad, cuáles son los méritos de los cuales disponen de entre los previstos en el Anexo I.

Los interesados son responsables de la veracidad de los documentos presentados electrónicamente en las diversas fases de los procedimientos selectivos, de acuerdo con el que dispone el

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