Plazo abiertoDOG · 30 oct 2026

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2026 por la que se convoca el proceso selectivo mediante el sistema de oposición para el ingreso, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de cocina.

Plazas
50
Fecha límite
27 nov 2026
Grupo
C2graduado escolar
Ámbito
AutonómicaGalicia

Plazo hasta el 27 nov

Publicada el 30 octCierra el 27 nov

Resumen del boletín

IV. Oposiciones y concursos Consellería de Hacienda y Administración Pública

DOG 208 del 30/10/2026 - RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2026 por la que se convoca el proceso selectivo mediante el sistema de oposición para el ingreso, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de cocina.

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Oposiciones y concursos Consellería de Hacienda y Administración Pública RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2026 por la que se convoca el proceso selectivo mediante el sistema de oposición para el ingreso, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de cocina.

Mediante el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025 (DOG núm. 235, de 4 de diciembre).

Mediante el Decreto 35/2026, de 27 de abril, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 (DOG núm. 85, de 8 de mayo).

La disposición adicional primera.1 del Decreto 35/2026, de 27 de abril, por la que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 establece que podrán convocarse en un único proceso selectivo las plazas correspondientes a la oferta de empleo público de los años 2024 y 2025 que están pendientes de convocar.

En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 12 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en este proceso selectivo.

De conformidad con lo establecido en el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre, y en el Decreto 35/2026, de 27 de abril, esta consellería, en el uso de las competencias que le atribuye la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, DISPONE: Convocar el proceso selectivo para el ingreso mediante el sistema de oposición, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de cocina.

El objeto del proceso selectivo es la cobertura de cincuenta (50) plazas del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de cocina, correspondientes a la oferta de empleo público del ejercicio 2026, a la que se acumulan las derivadas de la oferta de 2025 según se detalla: – Oferta de empleo público del ejercicio 2025, aprobada por el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre (DOG núm. 235, de 4 de diciembre): treinta (30) plazas. – Oferta de empleo público del ejercicio 2026, aprobada por el Decreto 35/2026, de 27 de abril (DOG núm. 85, de 8 de mayo): veinte (20) plazas.

Se reservan diez (10) plazas para ser cubiertas por el turno de discapacidad.

Se reservan trece (13) plazas para ser cubiertas por el turno de promoción interna.

Las plazas no cubiertas por este turno se acumularán a las de acceso libre.

El sistema selectivo será el de oposición.

De conformidad con el Decreto 109/2025, de 1 de diciembre, y el Decreto 35/2026, de 27 de abril, del total de plazas convocadas se reservarán diez (10) plazas en la escala auxiliar de cocina para ser cubiertas por personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.

Si las plazas reservadas para las personas con discapacidad quedan desiertas, se acumularán a las de acceso general.

Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por el cupo de reserva de personas con discapacidad supera los ejercicios, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.

De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por el cupo de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas.

No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirá a todas las personas aspirantes que lo hayan superado, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que hayan optado.

Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la base I.1.1, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud.

De no indicarlo, se entenderá que no optan por esta reserva.

Las personas aspirantes solo podrán participar en una de las opciones referidas.

En su caso, las aclaraciones o las correcciones deberán realizarse en el plazo de alegaciones a los listados provisionales de personas admitidas.

Al presente proceso selectivo le serán aplicables el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (en adelante, TRLEBEP); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia; el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y demás normas concordantes, así como lo dispuesto en esta convocatoria.

Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitidas al proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos: I.2.1.

Edad: no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

Titulación: aquella que habilite para la realización de las funciones inherentes a esta escala.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del derecho de la Unión Europea.

La acreditación de la titulación requerida deberá tramitarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal).

La titulación académica o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para su obtención se incluirá en el apartado «Expediente-e: FORMACIÓN-FORMACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL».

Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública.

Las personas aspirantes que tengan validada la titulación requerida en el expediente personal electrónico del empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia quedan exentas de esta acreditación.

Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes cuerpos o escalas: – A los integrados en el subgrupo C2 de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo auxiliar). – A los integrados en el subgrupo C2 de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo de auxiliares de carácter técnico). – A los integrados en la agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Queda expresamente excluido el personal laboral indefinido no fijo.

Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario en alguno de los cuerpos o de las escalas integrados en el grupo C2 de la Administración general o de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo auxiliar o cuerpo de auxiliares de carácter técnico) o en la agrupación profesional de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quedarán exentas del cumplimiento de este requisito las personas aspirantes que hayan adquirido la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo auxiliar o cuerpo de auxiliares de carácter técnico (subgrupo C2) o de la agrupación profesional como consecuencia de la superación de algunos de los procesos de funcionarización convocados al amparo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, siempre que tenga una antigüedad mínima de dos años en la categ

Boletín
DOG
Publicado
30 oct 2026

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