Bases reguladoras del procedimiento selectivo para constituir una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría de trabajador/a familiar, por el sistema de concurso de méritos, destinada a la cobertura de necesidades temporales de personal del Ayuntamiento de Ferreries
Trabajador/a familiar
Sin confirmar
Plazas
07/08/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 093 - 25 / Julio / 2026 > Pág. 41420 a 41429 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 093 - 25 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE FERRERIES Núm. 549909 Bases reguladoras del procedimiento selectivo para constituir una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría de trabajador/a familiar, por el sistema de concurso de méritos, destinada a la cobertura de necesidades temporales de personal del Ayuntamiento de Ferreries Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Mediante el Decreto de Alcaldía núm. 572, de 21 de julio de 2026, se ha resuelto lo que se transcribe textualmente a continuación: " Primero.
Aprobar las bases y la convocatoria del proceso de selección de personal para constituir una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría de trabajador/a familiar, por el sistema de concurso de méritos, destinada a la cobertura de necesidades temporales de personal del Ayuntamiento de Ferreries, que se adjuntan como anexo.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y establecer que la fecha de publicación de este anuncio será la que servirá para el cómputo del plazo de diez días hábiles de presentación de instancias." Firmado electrónicamente (22 de julio de 2026) El alcalde Pedro Pons Huguet Bases reguladoras del procedimiento selectivo para constituir una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría de trabajador/a familiar, por el sistema de concurso de méritos, destinada a la cobertura de necesidades temporales de personal del Ayuntamiento de Ferreries. 1.
Objeto de la convocatoria Es objeto de esta convocatoria la creación de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría de trabajador/a familiar, por el sistema de concurso de méritos, destinada a la cobertura de necesidades temporales de personal del Ayuntamiento de Ferreries.
Denominació: treballador/a familiar Tipo: personal laboral 2.
Funcion e s Las funciones que deberá desarrollar son las siguientes: 1.
Realizar las tareas de asistencia higiénica en el domicilio de las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), tales como cambiar las sábanas, lavar los platos, hacer limpiezas puntuales y otras actuaciones similares. 2.
Cuidar de la higiene personal de las personas usuarias del SAD. 3.
Preparar la medicación de cada persona usuaria de acuerdo con las prescripciones médicas, así como controlar la ingesta en función de su diagnóstico (diabetes, leucemia u otras patologías). 4.
Realizar curas sencillas autorizadas por el personal facultativo. 5.
Prestar apoyo psicosocial y comunicativo a las personas usuarias, así como orientarlas en materia de servicios, trámites y procedimientos de los servicios sociales.. 6.
Coordinar las actuaciones con el personal sanitario de acuerdo con las necesidades de las personas usuarias. 7.
Mantener reuniones periódicas con el/la trabajador/a social para hacer el seguimiento de las personas usuarias del SAD. 8.
Comunicar a los superiores jerárquicos las incidencias que se produzcan, así como cualquier información relevante relacionada con las personas usuarias o con la prestación del servicio. 9.
Realizar las movilizaciones de las personas usuarias del servicio. 10.
Facilitar los desplazamientos de las personas usuarias del SAD, acompañándolas a pasear, a los centros sanitarios o a otros destinos necesarios.. 11.
Hacer la compra de productos de primera necesidad para las personas usuarias del SAD. 12.
Preparar y cocinar los alimentos, así como prestar apoyo en su ingesta, de acuerdo con las necesidades de cada persona usuaria. 13.
Asistir a las reuniones periódicas de coordinación del SAD conjuntamente con el/la trabajador/a social. 14.
Ejercer cualquier otra función propia de su categoría profesional que le sea encomendada, siempre que haya recibido la formación o las instrucciones necesarias para su desarrollo. 3.
Requisitos que deben cumplir las personas aspirantes Para ser admitidas y tomar parte en el proceso de selección, las personas interesadas deben cumplir los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o la de los estados a los que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
Al tratarse de personal laboral, también pueden acceder las personas extranjeras con residencia legal en España, de acuerdo con el artículo 57.4 del TREBEP.
Asimismo, sea cual sea su nacionalidad, pueden participar el cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad dependientes, de conformidad con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española y de las cuales no se pueda deducir el conocimiento de la lengua castellana deben acreditarlo mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, de acuerdo con el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE); el certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o bien con la acreditación de estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Para participar en el procedimiento, basta con la presentación, dentro del plazo de presentación de instancias, de una declaración responsable de tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que son necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo.
En caso de que la persona aspirante haya sido seleccionada para formar parte de la bolsa y sea llamada para ser contratada temporalmente por necesidades de los servicios municipales, deberá presentar, dentro del plazo máximo de cuatro días hábiles desde el llamamiento, un certificado médico oficial acreditativo de que cuenta con las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para realizar las funciones del puesto de trabajo establecidas en esta convocatoria.
Si no se presenta el certificado médico oficial mencionado en el plazo indicado, no se podrá proceder a la contratación que se haya ofrecido a la aspirante y se pasará a llamar a la siguiente persona aspirante de la lista, de conformidad con el orden de prelación que corresponda. c) Haber cumplido 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o titulación académica equivalente.
Asimismo, es necesario acreditar la cualificación profesional necesaria para el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo de trabajador/a familiar, mediante alguna de las siguientes titulaciones o acreditaciones, o cualquier otra que, de acuerdo con la normativa vigente, habilite para la prestación de servicios de atención sociosanitaria: Título de Técnico/a en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
Título de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería.
Título de Técnico/a de Atención Sociosanitaria.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales.
Certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio regulado por el Real Decreto 1506/2003.
Habilitación profesional provisional o excepcional derivada del Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 19 de octubre de 2017.
Titulaciones equivalentes y titulaciones extranjeras debidamente homologadas. e) Acreditar el conocimiento de lengua catalana correspondiente al nivel de certificado B1 mediante la aportación del título o certificado oficial correspondiente, expedido por el Institut d'Estudis Baleàrics, la Escola Balear d'Administració Pública, la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes según la normativa reguladora de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. f) No haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desarrollaban, en el caso del personal laboral, de las cuales hayan sido separadas o inhabilitadas.
En el caso de ser nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. g) No estar sometidas a ninguna causa de incapacidad específica de acuerdo con la normativa vigente. h) No estar sometidas a causa de incompatibilidad en el momento de iniciar la prestación de servicios y durante toda la prestación de servicios.
El cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos para poder participar en el procedimiento selectivo se debe