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Aprobación de la convocatoria y de las bases que tienen que regir el proceso selectivo para el acceso como personal laboral fijo a la brigada municipal del Ayuntamiento de Son Servera

Personal laboral fijo a la brigada municipal


5

Plazas

02/10/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C2

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 111 - 5 / Septiembre / 2026 > Pág. 48896 a 48920 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 111 - 5 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA Núm. 643986 Aprobación de la convocatoria y de las bases que tienen que regir el proceso selectivo para el acceso como personal laboral fijo a la brigada municipal del Ayuntamiento de Son Servera Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Por Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Son Servera n.º 2026-1072, de 20 de agosto de 2026, se adoptó la siguiente Resolución: Primero.

Aprobar las bases que tienen que regir el proceso selectivo para el acceso como personal laboral fijo a la brigada municipal del Ayuntamiento de Son Servera, que se adjunta como anexo.

Convocar el proceso selectivo para constituir, mediante concurso-oposición, el acceso como personal laboral fijo a la brigada municipal del Ayuntamiento de Son Servera.

Publicar las bases y la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), al Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Son Servera (https://sonservera.eadministracio.cat/board) y al apartado “convocatorias de trabajo público” de la página web del Ayuntamiento de Son Servera (www.sonservera.es).

Publicar el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). (Firmado electrónicamente: 24 de agosto de 2026 El alcalde José Miguel Servera Leno) ANEXO Bases que tienen que regir el proceso selectivo para la provisión, con carácter de personal laboral fijo, de tres plazas de oficial primera de la brigada, una plaza de oficial segunda y una plaza de peón del Punto Verd del Ayuntamiento de Son Servera, mediante concurso oposición .

PRIMERA.- Objeto de la convocatoria El objeto de estas bases es la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir, con contratación laboral fija y por turno libre mediante el sistema de concurso oposición, dos plazas de oficial primera (Pintor y Polivalente) y una plaza de oficial segunda de brigada en régimen de personal laboral, correspondientes a la Oferta de Ocupación Pública del año 2023, publicada al BOIB n.º 172, de 21 de diciembre de 2023.

Y una plaza de oficial primera de Jardinero y una de peón del punto verde (con reserva de discapacidad) en régimen de personal laboral, correspondientes a la Oferta Pública del año 2025, publicada al BOIB n.º 170, de 23 de diciembre de 2025.

Características del puesto de trabajo: OFICIAL PRIMERA PINTOR Denominación: Oficial Primera Pintor.

Vinculación: Personal laboral fijo.

Grupo/subgrupo equivalente: C2 Turno: Libre Sistema selectivo: concurso oposición.

OFICIAL PRIMERA JARDINERO Denominación: Oficial Primera Jardinero.

Vinculación: Personal laboral fijo.

Grupo/subgrupo equivalente: C2 Turno: Libre Sistema selectivo: concurso oposición.

OFICIAL PRIMERA POLIVALENTE Denominación: Oficial Primera Polivalente.

Vinculación: Personal laboral fijo.

Grupo/subgrupo equivalente: C2 Turno: Libre Sistema selectivo: concurso oposición.

OFICIAL SEGUNDA Denominación: Oficial Segunda.

Vinculación: Personal laboral fijo.

Grupo/subgrupo equivalente: C2 Turno: Libre Sistema selectivo: concurso oposición.

PEÓN DEL PUNTO VERD Denominación: Peón del Punto Verd Vinculación: Personal laboral fijo.

Grupo/subgrupo equivalente: Agrupaciones Profesionales (AP) Turno: Libre Sistema selectivo: concurso oposición.

Otros: Trabajador con reserva de discapacidad.

Tareas más significativas: Tareas más significativas (OFICIAL PRIMERA PINTOR) 1.

Preparar toda clase de superficies (paredes, madera, metal, etc.) para ser pintadas, barnizadas o lacadas, realizando tareas de limpieza, rascado, pulido, enmasillado y aplicación de imprimaciones 2.

Pintar y mantener los edificios, dependencias municipales y centros públicos (tanto interiores como exteriores), aplicando los diferentes tipos de pinturas, esmaltes o tratamientos adecuados a cada material. 3.

Realizar el mantenimiento y pintado del mobiliario urbano del municipio (bancos, papeleras, vallas, farolas, estructuras metálicas, parques infantiles, etc.). 4.

Montar andamios sencillos y utilizar plataformas elevadoras o escaleras para trabajos en altura, cumpliendo en todo momento con las medidas de prevención de riesgos laborales. 5.

Colaborar con el resto de la brigada en el traslado de mobiliario en centros públicos, montaje de escenarios y cadalsos para las fiestas del municipio, o conducir vehículos para el traslado de materiales, cuando sea preciso. 6.

Realizar tareas propias otros oficios en periodos de vacaciones. 7.

Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido.

Tareas más significativas (OFICIAL PRIMERA JARDINERO) 1.

Mantener y cuidar los jardines y zonas verdes del Municipio y zonas periféricas, regando, cortando el césped, teniendo cura de las plantas, adobando las zonas ajardinadas, sembrando, etc. 2.

Efectuar podas encomenderas y de rejuvenecimiento. 3.

Ajardinar nuevas zonas, plantando, sembrando, etc. 4.

Replantar los árboles, de manera ordinaria y extraordinaria, realizando los agujeros y utilizando las herramientas adecuadas, compresores, etc. 5.

Mantener los riegos y, si procede, instalar. 6.

Aplicar tratamientos fitosanitarios. 7.

Tratar con herbicidas. 8.

Limpiar los parques y zonas verdes del municipio, efectuar pequeñas obras de albañilería para la reparación de desperfectos de zonas verdes y jardines. 9.

Colaborar con la brigada en el montaje de cadalsos, luces, etc. en las diferentes fiestas del municipio. 10.

Llevar a cabo la limpieza de los puntos verdes. 11.

Llevar a cabo la realización de los trabajos necesarios para la prestación de los Servicios de competencia municipal, utilizando la herramienta y maquinaria adecuada en cada caso (motosierra, desbrozadora, cortador de setos, aireador y compresores). 12.

Mantenimiento y reparaciones sencillas de la maquinaria de limpieza. 13.

Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido.

Tareas más significativas (OFICIAL PRIMERA POLIVALENTE) 1.

Reparar tabiques, muros... 2.

Ejecutar tareas de fontanero, cuando hagan falta tareas de albañilería: colocar arquetas y elementos de señalización. 3.

Realizar encofrados, mediante la instalación de malla y chatarra, para la construcción de muros y forjados. 4.

Asfaltar caminos rurales y zanjas y reparar baches. 5.

Enladrillar aceras. 6.

Trasladar mobiliario en centros públicos, montar escenarios, fumigar locales públicos, limpiar y reparar canaleras, reparar tejados, conducir vehículos para el traslado de personas y materiales..., cuando sea preciso. 7.

Realizar tareas propias otros oficios en periodos de vacaciones. 8.

Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido.

Tareas más significativas (OFICIAL SEGUNDA) 1.

Reparar tabiques, muros... 2.

Colaborar con tareas de fontanero, cuando hagan falta tareas de albañilería: colocar arquetas y elementos de señalización. 3.

Realizar encofrados, mediante la instalación de malla y chatarra, para la construcción de muros y forjados. 4.

Asfaltar caminos rurales y zanjas y reparar baches. 5.

Enladrillar aceras. 6.

Trasladar mobiliario en centros públicos, montar escenarios, fumigar locales públicos, limpiar y reparar canaleras, reparar tejados, conducir vehículos para el traslado de personas y materiales..., cuando sea preciso. 7.

Realizar tareas propias otros oficios en periodos de vacaciones. 8.

Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido.

Tareas más significativas (PEÓN DEL PUNTO VERD) a) Realizar las tareas necesarias para mantener limpio el parque verde. b) Trasladar al parque los residuos depositados por los ciudadanos al exterior de este. c) Apoyar en las tareas de reciclaje. d) Control del volumen de los contenedores de residuos y sustitución de estos cuando estén llenos. e) Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido.

SEGUNDA.- Requisitos de las personas aspirantes Para tomar parte en el mencionado procedimiento selectivo los aspirantes tienen que tener, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española o cumplir con los requisitos establecidos al arte. 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso a la función pública para nacionales otros estados, o extranjero con residencia legal en España. b) Tener cumplidos dieciséis años de edad a la fecha de la convocatoria y no exceder, si procede, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso a la ocupación pública. c) Estar en posesión de las siguientes titulaciones requeridas por cada puesto de trabajo: OFICIAL PRIMERA PINTOR: Título de graduado escolar, ESO o titulación equivalente.

OFICIAL PRIMERA JARDINERO: Título de graduado escolar, ESO o titulación equivalente.

OFICIAL PRIMERA POLIVALENTE: Título de graduado escolar, ESO o titulación equivalente.

OFICIAL SEGUNDA: Título de graduado escolar, ESO o titulación equivalente.

PEÓN DEL PUNTO VERD: Certificado de escolaridad o titulación equivalente. d) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al certificado de nivel B1, de conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 y la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación

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