Resolución núm. 2026-7064 por la que se modifican las bases de la convocatoria para la provisión definitiva de dos plazas de administrativo/a mediante el sistema de concurso de méritos y por el turno de promoción interna en el Ayuntamiento de Eivissa
Administrativo/a
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
N/A
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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 111 - 5 / Septiembre / 2026 > Pág. 48855 a 48856 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 111 - 5 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE EIVISSA Núm. 646886 Resolución núm. 2026-7064 por la que se modifican las bases de la convocatoria para la provisión definitiva de dos plazas de administrativo/a mediante el sistema de concurso de méritos y por el turno de promoción interna en el Ayuntamiento de Eivissa Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Visto el recurso de reposición interpuesto con número de registro 2026-E-RE-30338, contra las bases de la convocatoria para la provisión definitiva de dos plazas de Administrativo/a por el turno de promoción interna, aprobada por Decreto núm. 2026-6025, de fecha 31 de julio de 2026, y publicada en el BOIB núm. 98, de fecha 6 de agosto de 2026.
La Primera Teniente de Alcalde, el día 3 de septiembre de 2026, ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCIÓN “ (...) PRIMERO.
Estimar parcialmente el recurso de reposición interpuesto por el Sr.
Juan Ortiz Sánchez, en calidad de representante sindical de CCOO, frente al Decreto núm. 2026-6025, de fecha 31/07/2026, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la provisión de dos plazas de Administrativo/a por el turno de promoción interna, en los siguientes términos: DONDE DICE: 4.- Conocimientos orales y escritos de catalán 4.1.
Valoración: La puntuación máxima de este apartado es de 0,60 puntos.
Se valorarán los certificados relacionados con los siguientes tipos de conocimientos: Certificado nivel C1 o equivalen te: 0,20 puntos.
Certificado nivel C2 o equivalente: 0,40 puntos.
Certificado nivel LA (Lenguaje administrativo) o equivalente: 0,20 puntos.
Se valorará únicamente el certificado que corresponda al nivel más alto aportado por la persona interesada, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, cuya puntuación se puede acumular a la de otro certificado que se acredite. (...) DEBE DECIR: 4.- Conocimientos orales y escritos de catalán 4.1.
Valoración: La puntuación máxima de este apartado es de 0,60 puntos.
Se valorarán los certificados relacionados con los siguientes tipos de conocimientos: Certificado nivel C2 o equivalente : 0,40 puntos.
Certificado nivel LA (Lenguaje administrativo) o equivalente: 0,20 puntos.
Se valorará únicamente el certificado que corresponda al nivel más alto aportado por la persona interesada, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, cuya puntuación se puede acumular a la de otro certificado que se acredite. (...) DONDE DICE: 1.- Experiencia profesional 1.1.
Valoración de méritos: La puntuación máxima de este apartado es de 21 puntos. a) Méritos profesionales: servicios prestados.
Puntuación máxima: 6,4 puntos Por cada año completo de servicios prestados y reconocidos en el Ayuntamiento de Eivissa en los grupos de titulación C2, C1, A2 o A1: 0,5 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados y reconocidos en el Ayuntamiento de Eivissa en el grupo de titulación «agrupaciones profesionales»: 0,25 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados en cualquier administración pública en los grupos de titulación C2, C1, A2 o A1: 0,25 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados y reconocidos en cualquier administración pública en el grupo de titulación «agrupaciones profesionales»: 0,15 puntos. b) Grado personal consolidado y reconocido.
Puntuación máxima: 1,9 puntos.
Se valorará, según el nivel de que se trate, con la siguiente puntuación: Grado 18: 1,9 puntos.
Grado 17 o 16: 1,65 puntos.
Grado 15 o 14: 1,40 puntos.
Grado 13 o 12: 1,15 puntos.
Grado 11 a 9: 0,9 puntos.
DEBE DECIR: 1.- Experiencia profesional 1.1.
Valoración de méritos: La puntuación máxima de este apartado es de 21 puntos. a) Méritos profesionales: servicios prestados.
Puntuación máxima: 15 puntos Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en el Ayuntamiento de Eivissa en los grupos de titulación C2, C1, A2 o A1: 0,1750 puntos, con un máximo de 15 puntos.
Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en el Ayuntamiento de Eivissa en el grupo de titulación «agrupaciones profesionales»: 0,0875 puntos, con un máximo de 7,5 puntos.
Por cada mes de servicios prestados en cualquier administración pública en los grupos de titulación C2, C1, A2 o A1: 0,0875 puntos, con un máximo de 7,5 puntos.
Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en cualquier administración pública en el grupo de titulación «agrupaciones profesionales»: 0,04375 puntos, con un máximo de 3,75 puntos. b) Grado personal consolidado y reconocido.
Puntuación máxima: 6 puntos.
Se valorará, según el nivel de que se trate, con la siguiente puntuación: Grado 18: 6 puntos Grado 17 o 16: 5 puntos Grado 15 o 14: 4 puntos Grado 13 o 12: 3 puntos Grado 11 a 9: 2 puntos Grado inferior a 9: 1 punto SEGUNDO.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa.
Notificar esta resolución a la persona interesada.
Informar a la persona interesada que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer: a) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. b) Cualquier otro recurso que creáis conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.
Eivissa, (firmado electrónicamente: 3 de septiembre de 2026) La primera teniente de alcalde Gema Marí Planells Esta versión HTML se muestra sólo a efectos de consulta y carece de validez legal para una versión oficial y auténtica, consulte la versión PDF BOIB Transparència Seu Electrònica Atenció a la ciutadania Contractació pública Protecció de dades Inici Què necessites?
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