Convocatoria y bases de las pruebas selectivas para cubrir, como personal funcionario de carrera y por el turno restringido de promoción interna, una plaza de administrativo, de administración general del ayuntamiento de valldemossa, derivada de la oferta pública de empleo de 2023
Administrativo de Administración General
1
Plazas
02/10/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
C1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 111 - 5 / Septiembre / 2026 > Pág. 48921 a 48929 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 111 - 5 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA Núm. 643464 Convocatoria y bases de las pruebas selectivas para cubrir, como personal funcionario de carrera y por el turno restringido de promoción interna, una plaza de administrativo, de administración general del ayuntamiento de valldemossa, derivada de la oferta pública de empleo de 2023 Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto PRIMERA.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento para cubrir, como personal funcionario de carrera y por el turno restringido de promoción interna, una plaza de administrativo de administración general, vacante en la plantilla municipal de este Ayuntamiento, incluida en las ofertas de empleo público del ejercicio 2023 (BOIB núm. 113, de 28 de septiembre de 2023).
Características del puesto de trabajo: Escala: Administración general.
Subescala administrativa.
Número de plazas vacantes: 1 por el turno restringido de promoción interna.
Titulación mínima exigida: Bachillerato o titulaciones académicas equivalentes.
Procedimiento selectivo: concurso-oposición.
Responsabilidades previstas según ficha RLLT.
CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS PERSONAS ASPIRANTES Para ser admitidas a las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: Ser español o tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público.
Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, ambas edades referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Asimismo, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado de origen, el acceso a la función pública en los supuestos de aspirantes que no tengan la nacionalidad española.
Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, del título académico exigido.
No obstante, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública, también podrán presentarse los funcionarios de carrera, auxiliares administrativos de la escala de Administración general, que tengan una antigüedad mínima en el subgrupo C2 de 10 años.
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desarrollo de las correspondientes funciones.
Estar en posesión del título que acredite el nivel C1 de conocimientos de lengua catalana (o cualquier otro título homologado equivalente).
Pertenecer como funcionario de carrera, auxiliar administrativo de la escala de Administración general, a la plantilla del Ayuntamiento de Valldemossa con una antigüedad mínima en el cuerpo o escala de dos años.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 1.
Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse al modelo normalizado de solicitud (anexo 1), se dirigirán a la Alcaldía y se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Valldemossa a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://valldemossa.seuelectronica.es) o mediante cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, a partir de la apertura del plazo para su presentación. 2.
El plazo general de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. 3.
Junto con la solicitud debidamente cumplimentada, las personas aspirantes deberán adjuntar la siguiente documentación: a.
Documento nacional de identidad o, en el caso de no ser español, documento oficial acreditativo de la identidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia). b.
Título académico exigido (anverso y reverso) o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título. c.
Certificado de conocimientos de lengua catalana C1.
Los conocimientos de lengua catalana deberán acreditarse mediante un certificado expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Balear de Administración Pública. 4.
Con la formalización y presentación de la solicitud, la persona aspirante da su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que sean necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. 5.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hagan constar en su solicitud.
El domicilio, teléfono y correo electrónico que figuren en la misma se considerarán válidos a efectos de notificaciones, y será responsabilidad exclusiva de las personas candidatas tanto los errores descriptivos como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud. 6.
La falsedad en los datos que se hagan constar en la solicitud o en la documentación anexa, siempre y cuando determine la carencia de los requisitos para participar en la convocatoria, comportará la exclusión inmediata de la persona solicitante desde el momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.
ADMISIÓN DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía aprobará mediante resolución la relación provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valldemossa, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que las personas interesadas presenten las alegaciones que consideren oportunas o subsanen su solicitud.
Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos a través de los medios mencionados.
Las posibles reclamaciones o alegaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública de la misma manera que la relación anterior.
Los sucesivos anuncios del procedimiento selectivo se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valldemossa.
En caso de no producirse reclamaciones a la lista provisional, se entenderá esta elevada a definitiva sin necesidad de nueva resolución, circunstancia que se hará pública mediante diligencia en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valldemossa.
En todo caso, con la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se hará pública la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición.
TRIBUNAL CALIFICADOR 1.
El Tribunal estará formado por un presidente/a, cuatro vocales, uno/a de los cuales ejercerá las funciones de secretario/a, y sus respectivos suplentes para cubrir las ausencias que puedan producirse.
Todos los miembros del tribunal serán funcionarios de carrera, de igual o superior categoría a la de la plaza convocada (subgrupo C1), y con titulación académica de igual o superior nivel a la exigida para el ingreso en la subescala técnica correspondiente. 2.
La composición nominal del tribunal calificador se hará pública mediante anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, junto con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
En las sesiones del tribunal podrá participar el/la delegado/a del personal funcionario u observador designado por él/ella, sin voz ni voto, con las funciones de observar y vigilar el buen desarrollo del proceso selectivo.
En caso de resultar necesario, el tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para que lo asesoren, con voz y sin voto.
La abstención y la recusación de los miembros del tribunal se ajustarán a lo previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría.
Siempre será necesaria la presencia del presidente/a y del secretario/a.
El régimen de las indemnizaciones del tribunal del procedimiento selectivo y del resto del personal colaborador se regirá por lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, quedando el tribunal clasificado en la categoría segunda SEXTA.
FASES DEL SISTEMA DE SELECCIÓN 1.
El sistema de selección es el de concurso-oposición y tendrá una puntuación máxima de 100 puntos en total. 2.
El concurso-oposición consiste en la realización sucesiva de las fases de oposición y concurso, por este orden, que se describen a continuación. 3.
La fase de oposición del concurso-oposición consiste en la realización de las pruebas previstas en la convocatoria para determinar la capacidad y aptitud de las personas aspirantes.
La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso. 4.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos qu