Plazo abiertoBOIB · 7 nov 2026

Bases que deben regir la convocatoria para cubrir una plaza de técnico/a de Administración General

Plazas
1
Fecha límite
27 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
LocalIslas Baleares

Plazo hasta el 27 nov

Publicada el 7 novCierra el 27 nov

Resumen del boletín

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 142 - 7 / Noviembre / 2026 > Pág. 63488 a 63504 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 142 - 7 / Noviembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Leer el texto completo (31 párrafos más)

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA Núm. 825285 Bases que deben regir la convocatoria para cubrir una plaza de técnico/a de Administración General Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Junta de Gobierno Local de día 4 de noviembre de 2026 aprobó las bases que deben regir la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico/a de Administración General.

A continuación, se transcriben las bases indicadas: BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO, POR EL TURNO LIBRE POR LA PLAZA DE TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL AL AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGENIA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN Base Primera.-Objeto y Normas Generales El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento para cubrir, como personal funcionario de carrera, una plaza de técnico/a de administración general vacantes en la plantilla municipal de este Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Santa Eugenia convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición para la cobertura de una plaza de TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, perteneciente a la escala de Administración General, subescala técnica, clase superior, grupo A, subgrupo A1, dotada presupuestariamente.

La presente convocatoria está además sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en cuanto al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears.

Base Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.

Para tomar parte en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario reunir las siguientes condiciones: 1.- Tener la nacionalidad española o la de algún Estado de la Unión Europea o que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.

El aspirante que no tenga la nacionalidad española debe acreditar documentalmente su nacionalidad con un documento vigente y su permiso de residencia y de trabajo en su caso. 2.- Tener 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 3.- Estar en posesión del título de grado o licenciatura en Economía o Administración y dirección de empresas, Ciencias políticas, Derecho o Ciencias jurídicas de las administraciones públicas o equivalente, o estar en condición de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas. 4.- Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones correspondientes. 5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para desempeñar funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, en el que hubiera sido separado o inhabilitado.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos de acceso al empleo público. 6.- Antes de tomar posesión del puesto de trabajo, la persona interesada deberá hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 7.- Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel C1 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos como equivalentes por la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12-03-2013). 8.- Abonar el derecho de examen de 30,00 euros de acuerdo con la ordenanza fiscal de la tasa por expedición de documentos administrativos del Ayuntamiento de Santa Eugenia, habiéndose publicado el anuncio relativo en el BOIB núm. 42 de día 5 de abril de 2025.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores tendrán que cumplirse el último día de plazo de presentación de instancias y los aspirantes tendrán que mantenerlos durante el período en que se desarrolle el procedimiento selectivo.

Base Tercera.- Presentación de solicitudes. 1.

En la solicitud para participar en la convocatoria, que debe estar debidamente cumplimentada, los aspirantes deben manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las Bases, referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y que aceptan en todos sus extremos las presentes bases, y se ajustarán al modelo definido en el Anexo I de las presentes bases.

Las instancias deben ir dirigidas al Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, y deben presentarse en el Registro General de Entrada o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Si el último día de presentación recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.

También pueden presentarse por las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de presentación de instancias en las oficinas de Correos, deben entregarse en estas dependencias, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos.

Sólo así se entenderá que tuvieron su entrada el día de su presentación en Correos y por tanto podrá ser admitido en la convocatoria.

La no presentación de solicitudes en tiempo y forma determina la no admisión de la persona aspirante en el proceso selectivo. 2.

Junto con la solicitud cumplimentada adecuadamente, las personas aspirantes deben adjuntar la siguiente documentación: Copia auténtica del documento nacional de identidad o, en caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad. (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).

Título académico exigido (anverso y reverso) o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

Certificado de conocimientos de la lengua catalana.

Los conocimientos de la lengua catalana deben acreditarse mediante un certificado expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Baleares de Administración Pública.

Comprobante del pago de la tasa de los derechos de examen o, en su caso, el documento justificativo de estar exento.

La falsedad de los datos que se hagan constar en la solicitud o en la documentación aportada como requisitos para participar en la convocatoria, comportará la exclusión inmediata de la persona solicitante de los del momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan. 3.

Con la formalización y presentación de la solicitud, el aspirante da su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. 4.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que se hagan constar en su solicitud.

El domicilio, teléfono y correo electrónico que figuren en la misma se considerarán válidos a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de las personas candidatas tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud De conformidad con lo que establece el artículo 45.1.b) de la LPACAP, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Eugènia y su pagina web.

Base Cuarta.- Admisión de aspirantes 1.

Finalizado el plazo de presentación de solicit

Boletín
BOIB
Publicado
7 nov 2026

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