RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Aldearrubia (Salamanca), por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, en régimen de interinidad, la plaza de Dinamización Socio-Cultural, y la creación de una bolsa de empleo. Expte.: 46/2026.
Dinamizador Socio - Cultural
1
Plazas
14/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Castilla y León
A2
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE ALDEARRUBIA (SALAMANCA)
📄 Contenido del documento
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-24082026-163-24| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.
ADMINISTRACIÓN LOCAL B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE ALDEARRUBIA (SALAMANCA) RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Aldearrubia (Salamanca), por la que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, en régimen de interinidad, la plaza de Dinamización Socio-Cultural, y la creación de una bolsa de empleo.
Don Jaime García Sierra, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Aldearrubia provincia de Salamanca: Hago saber que: Mediante Resolución de Alcaldía, dictada con esta misma fecha, se resuelto la aprobación de las Bases que han de regir el proceso selectivo para la cobertura de una plaza vacante, Laboral Temporal / Contrato de sustitución por vacante de la plaza de Dinamizador Socio - Cultural.
Asimismo se ha dispuesto la convocatoria de la misma y su publicidad a través de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y Boletín de Castilla y León, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Aldearrubia.
A continuación se publican las bases de la convocatoria y se informa que en el último párrafo de las mismas se disponen los recursos que los interesados pueden interponer.
BASES Y CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, DE LA PLAZA DE DINAMIZACIÓN SOCIO CULTURAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEARRUBIA Y CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO.
Primera.– Objeto de la convocatoria.
De conformidad con la Oferta de Empleo Público para el año 2026, aprobada por Resolución de la Alcaldía, publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca», número 90 de 14 de Mayo de 2026 y en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º. 92 de fecha 18 de mayo de 2026, es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Dinamización Sociocultural, Grupo 1 (A2), mediante concurso.
La elección del sistema de concurso para la provisión de la plaza se basa en circunstancias excepcionales del puesto para satisfacer necesidades urgentes e inaplazables que con la aplicación de otro sistema no se conseguirían por la demora en el cumplimiento de los plazos.
El concurso se llevará a cabo respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
La plaza que se convoca está clasificada como Personal Técnico – Categoría Dinamización Sociocultural.
Está dotada presupuestariamente con derecho a percibir las retribuciones básicas y complementarias equivalentes y correspondiente a la clasificación profesional correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.
Las tareas a desempeñar serán las necesarias para gestionar todas las actividades de la Localidad de Aldearrubia dirigidas a mejorar la convivencia y calidad de vida de los ciudadanos, en aras de la participación ciudadana, planificación de actividades de ocio educativo, cultural y de tiempo libre, servicios sociales, entre otros.
La motivación del expediente viene determinada por la necesidad de crear este puesto de trabajo, lo que se refleja en el expediente de elaboración y aprobación del Presupuesto General de la Corporación correspondiente al ejercicio económico 2026 – Plantilla del Personal – Relación de Puestos de Trabajo, aprobada por el Pleno Municipal, en la sesión celebrada el día 13 de marzo de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 74 de 20 de abril de 2026.
La persona que resulte contratada para el desempeño de esta plaza quedará sujeta al régimen de incompatibilidades vigente y no podrá simultanear el desempeño de aquella con cualquiera otra plaza, cargo y empleo remunerado con fondos del Ayuntamiento, con fondos del Estado, de las Comunidades Autónomas, Entidades de ellas dependientes o de empresas que tenga carácter oficial o relación con dichos Organismos, Segunda.– Condiciones de los aspirantes.
Para participar en esta convocatoria será preciso reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que, para el ingreso al servicio de la Administración Local, establece la legislación vigente. a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos los 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa. c) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto. d) Estar en posesión del título de Grado en Trabajo Social o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en su caso.
En el supuesto de invocar un título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la convalidación. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni tener inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos o haber sido despedido como personal laboral en los términos establecidos en el artículo 56.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tercera.– Legislación aplicable.
Esta convocatoria se regirá, en lo no previsto en las bases, por lo dispuesto en las siguientes disposiciones normativas: – Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. – Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueban las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local. – Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. – Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. – Real Decreto Legislativo 2/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. – Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. – Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarta.– Definición de la plaza, funciones y requisitos específicos: • Plaza: Dinamización Socio - Cultural. • Tipología jornada: Completa. • Relación jurídica: Laboral Temporal / Contrato de sustitución por vacante de la plaza de Dinamizador Socio - Cultural. • Grupo nivel: A2 - 21. • Lugares de adscripción: Dependencias del Ayuntamiento de Aldearrubia • Requisitos: Titulación Superior • Funciones básicas asignables: a) Programación y ejecución de proyectos socio culturales para los distintos colectivos de la población. b) Promoción de la participación ciudadana y la convivencia. c) Programación y gestión de eventos culturales – organización de fiestas locales – d) Dinamización y encuentro entre las diversas asociaciones de ámbito municipal e) Programación y gestión de talleres y actividades para los distintos colectivos f) Realización de actividades en materia de igualdad entre hombres y mujeres y en contra de la violencia de género. g) Tareas de enlace con los servicios sociales que presta la Diputación Provincial de Salamanca. h) Coordinación de proyectos municipales en materia socio cultural. i) Relaciones inter comunitarias del Ayuntamientos con otras Entidades Públicas y Privadas de otros ámbitos territoriales.
Quinta.– Solicitudes: Forma y plazo de presentación.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aldearrubia, presentándose en el registro de entrada del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca”.
Si el término del plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el primer día hábil siguiente.
Las instancias deberán presentarse obligatoriamente en el modelo del anexo I de la convocatoria.
En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, Boletín Oficial de Castilla y León, tablón de edictos de la Corporación, sede electrónica (Aldearrubia.sedelectronica.es) y página web municipal.
A la instancia se acompañará: – Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. – La titulación académica que acredite que cumple los requisitos de la convocatoria. – La documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para el concurso.
La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el consentimi