Proceso de selección de personal mediante concurso oposición, para la cobertura de una plaza de personal fijo del grupo profesional 2.1: Técnico/a especialista en transportes (14/2026)
Técnico/a especialista en transportes
1
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
A1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE PALMA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 088 - 14 / Julio / 2026 > Pág. 38989 a 38998 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 088 - 14 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE PALMA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA Núm. 510446 Proceso de selección de personal mediante concurso oposición, para la cobertura de una plaza de personal fijo del grupo profesional 2.1: Técnico/a especialista en transportes (14/2026) Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma S.A, en la sesión de día 09 de julio de 2026 aprobó las bases que regirán el proceso de selección de personal mediante concurso oposición, para la cobertura de una plaza de personal fijo del grupo profesional 2.1: Técnico/a especialista en transportes de la EMT-Palma (14/2026).
El plazo de presentación de ofertas es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
La información sobre el desarrollo de este proceso se publicará en la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público. 1.
Objeto Este documento tiene por objeto establecer una convocatoria mediante concurso oposición, para la cobertura de una plaza de personal fijo del grupo profesional 2.1: Técnico/a especialista en transportes.
Como consecuencia del presente proceso de selección, los y las aspirantes que integrarán las listas, una vez finalizado el proceso, irán cubriendo las plazas ofrecidas siguiendo el orden de prelación establecido en las referidas listas.
Asimismo, como consecuencia de este proceso selectivo, se constituirá una bolsa de empleo para posibles futuras contrataciones.
Esta bolsa estará integrada por un máximo de 4 aspirantes que, no habiendo obtenido una plaza de las convocadas, sigan al adjudicatario nº 1 en el orden de puntuación final.
Se reserva un porcentaje del 5% de las plazas que se ofrezcan para cubrirlas por personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Deben indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y tienen que presentar los documentos que acrediten el grado de discapacidad alegado e informe médico que determine la compatibilidad para ejercer las funciones que tenga atribuido el lugar al cual optan.
Para conseguir una composición equilibrada de la plantilla de la EMT-Palma, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 11/2016, de igualdad de mujeres y hombres y el Plan de igualdad del Ayuntamiento de Palma, se determina que el 25 % de las plazas ofrecidas en esta convocatoria tienen que ser cubiertas por mujeres, en los términos establecidos en estas bases.
Las plazas no adjudicadas por las cuotas de reserva acrecentarán a las no reservadas.
Como consecuencia del presente proceso de selección, los y las aspirantes que integrarán las listas de los tres turnos, una vez finalizado el proceso, irán cubriendo las plazas ofertadas siguiendo el orden de prelación establecido en las referidas listas.
Todo esto en cumplimiento de la normativa vigente siguiente: 1.
Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y actualizaciones posteriores, especialmente los art. 8, 12 y 15. 2.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los art. 91 y 103. 3.
Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, art. 1.3., 2, 7, 11, 13 y del 55 al 61. 4.
Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB n. º 120, de 11 de septiembre de 2004). 5.
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes. 6.
Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente.
Boletín Oficial de las Islas Baleares n. º 153 de 09/11/2019. 7.
Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Islas Baleares. 8.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 9.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, art. 55.3, 104 y 106. 10.
Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en la ocupación y la transformación del mercado de trabajo (Disposición adicional cuarta). 11.
Ley 20/2021, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública. 12.
Ley 31/2022, de 23 de desembre, por la que se aprueban los presupuestos generales del Estado.
Este documento incluye todo el proceso de contratación de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados: 1.1.
Memoria justificativa de la necesidad de contratación. 1.2.
Procedimiento de selección. 1.3.
Autorización del inicio del procedimiento. 1.4.
Bases y aprobación de la convocatoria. 1.1.- Memoria justificativa de la necesidad Categoría profesional: Técnico/a especialista en transportes.
Grupo profesional: Grupo 2.1: Técnico especialista en transportes, con las funciones propias su grupo profesional en función de las necesidades organizativas de la empresa, la movilidad funcional establecida en la normativa laboral, así como horario flexible según necesidades organizativas, productivas y/o técnicas.
Número de vacantes a cubrir: 1 plaza.
Condiciones económicas: (En cumplimiento de la Directiva Europea de Transparencia Retributiva (UE 2023/970)) las condiciones económicas recogidas para el nivel salarial del l del grupo 2.1 técnico/a especialista del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente: 42.359,64€ brutos anuales.
Horario de trabajo: el horario de trabajo es el establecido al Convenio Colectivo de la empresa vigente en cada momento, siendo la distribución del mismo con carácter flexible según necesidades organizativas, productivas y/o técnicas.
Centro de trabajo: actualmente situado en la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, Polígono de Sant Mateu (CP-07007) Palma, así como en las nuevas cocheras que la Empresa está desarrollando en la zona de Son Rossinyol, o en cualquier otro centro de trabajo o cochera que la Empresa pueda establecer en el futuro.
Descripción de la necesidad: Disponer de un Técnico o Técnica con contrato de duración indefinida, con período de prueba de seis meses, que apoye a la Empresa y cuyas principales funciones serán: - Conocimiento y aplicación de las normativas técnicas y legales que competen a sus tareas. - Realizar las propuestas de adquisición de nuevos activos, contratación y control de Servicios, Suministros, así como cualquier otra modalidad contractual que se pueda precisar en cada momento.
Conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, así como la redacción de Pliegos Técnicos de contratación de los contratos de su área, y emisión de los informes técnicos que le sean solicitados. - Coordinación junto con el departamento de prevención de riesgos laborales en lo referente al área. - Aquellas otras funciones no relacionadas que complementen o mejoren la misión del puesto de trabajo y que sean previamente autorizadas por la Dirección de la empresa. - Implementar todo soporte informático y/o programas, necesarios para el desarrollo y/o mejora de la actividad del área. - Analizar y planificar las líneas, recorridos y servicio de la red de transportes de la Empresa. - Desarrollar proyectos de mejora operativa y de proyectos europeos. - Dar soporte en la organización de las líneas, servicios, horarios y realización de estudios. - Dar apoyo al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Empresa relacionados con la planificación de líneas, la coordinación y control del servicio. - Planificar y comunicar a las áreas afectadas así como a otras instituciones, los desvíos de líneas por obras o actos no dependientes de la Empresa. - Controlar y coordinar el mantenimiento de las paradas y marquesinas con la empresa concesionaria. - Cualquier otra que, relacionada con el lugar de trabajo, establezca la dirección de la empresa.
Estas funciones procuran describir la naturaleza y el nivel de trabajo general ejercido por el personal asignado a este puesto de trabajo.
No es una lista exhaustiva ni excluyente de todas las responsabilidades y funciones requeridas para el puesto de trabajo.
Todas las funciones descritas, deberán seguir en todo momento los criterios y directrices de la Dirección de la EMT-Palma, debiendo ser previamente autorizadas por la Dirección. 1.2.- Procedimiento de selección El sistema selectivo del proceso será concurso oposición, siendo la fase de oposición de un 60% y la fase de concurso un 40%.
El procedimiento de selección se efectuará de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.
Los factores a valorar serán la aptitud, la actitud y los conocimientos prácticos del puesto a cubrir.
Las pruebas o exámenes a realizar se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la empresa, que no podrán ser inferior a tres modelos de examen.
Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de las personas aspirantes en falsear los méritos alegados, con el fin de asegurar la transparencia. 1.3.- Autorización del inicio del procedimiento La aprobación del presente documento por parte del Consejo de Administración, previo cumplim