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DECRETO de 15 de julio de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villabáñez (Valladolid), por el que se aprueban la convocatoria y bases para la selección como personal funcionario, mediante el sistema de concurso-oposición, de 1 Alguacil. Expte.: 374/2025.

Cuerpo no especificado


1

Plazas

03/09/2026

Fecha Límite

Autonómica

Castilla y León

N/A

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE VILLABÁÑEZ (VALLADOLID)

📄 Contenido del documento

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-06082026-151-26| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.

ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE VILLABÁÑEZ (VALLADOLID) DECRETO de 15 de julio de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villabáñez (Valladolid), por el que se aprueban la convocatoria y bases para la selección como personal funcionario, mediante el sistema de concurso-oposición, de 1 Alguacil.

Por decreto número 2026-0168, de 15 de julio de 2026, la Alcaldía del Ayuntamiento de Villabáñez ha aprobado las bases y convocatoria para la selección de un Alguacil, personal funcionario, por el Sistema de concurso-oposición que se publican en su integridad para general conocimiento.

Villabáñez, 15 de julio de 2026.

El Alcalde-Presidente, Fdo.: Jesús Cítores Ávila BASES PARA LA SELECCIÓN POR CONCURSO-OPOSICIÓN DE ALGUACIL (PERSONAL FUNCIONARIO) Primera.

Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad una de las plazas que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2025, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 20 de agosto de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 2025/164 de fecha 28 de agosto de 2025, cuyas características son: Grupo AP Denominación Alguacil N.º de vacantes 1 Sistema de selección Concurso-oposición  Segunda.

Condiciones de Admisión de Aspirantes.

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y 56.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. e) Poseer la titulación exigida o estar en condiciones de obtenerla.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación. f) Poseer permiso de conducción categoría o clase B. g) Presentar declaración responsable de aceptación de las obligaciones de disponibilidad presencial del puesto, incluidas las derivadas de avisos urgentes, incidencias en servicios esenciales, fines de semana de fiestas patronales y, en su caso, el compromiso de fijar residencia efectiva en el término municipal de Villabáñez desde la toma de posesión o en el plazo que establezca el Ayuntamiento, cuando dicha obligación sea exigida en la relación o catálogo de puestos o en el instrumento organizativo municipal correspondiente.

No se exige estar empadronado en Villabáñez para participar en el proceso selectivo.

Mediante las presentes bases se regula el proceso de selección de alguacil del Ayuntamiento de Villabáñez, mediante concurso-oposición, turno libre, en régimen de personal funcionario.

El puesto de trabajo está adscrito a los servicios generales del Ayuntamiento, bajo la superior dependencia de la Alcaldía, por sí misma o por delegación en otras áreas.

Las funciones que tiene encomendadas son las propias del puesto de alguacil, recogidas a continuación a título meramente enunciativo y no limitativo: Funciones: Sin perjuicio de las funciones que puedan establecerse en la relación o catálogo de puestos de trabajo del Ayuntamiento, en los acuerdos municipales aplicables y en las instrucciones de la Alcaldía o concejalía delegada, el alguacil realizará cuantas tareas propias, análogas o complementarias resulten necesarias para el adecuado funcionamiento de los servicios municipales.

En particular, le corresponderán las siguientes: 1.

Mantenimiento general, obras e instalaciones municipales. – Realizar todo tipo de obras, reparaciones, instalaciones municipales nuevas o de mantenimiento y trabajos auxiliares que le sean encomendados por la Corporación, así como cualquier tarea que se desprenda de los distintos servicios municipales. – Ejecutar trabajos básicos de albañilería, fontanería, electricidad, carpintería, bricolaje, cerrajería, pintura y pequeñas reparaciones en edificios, dependencias e instalaciones municipales, tanto interiores como exteriores. – Mantener, conservar, limpiar, vigilar, abrir y cerrar, en su caso, los espacios públicos y edificios municipales, entre ellos dependencias municipales, centros escolares, instalaciones deportivas y socioculturales, almacenes municipales, cementerio, piscina municipal, mercado ambulante y vías públicas. – Controlar de forma básica la climatización, la calefacción y su llenado, así como realizar pequeñas reparaciones de fontanería y mantenimiento básico de instalaciones eléctricas, incluyendo la sustitución de enchufes, bombillas y otros elementos sencillos. – Acondicionar, preparar, limpiar, mantener y arreglar la piscina municipal y demás instalaciones deportivas o recreativas, con manejo del material y maquinaria necesarios. 2.

Vías públicas, zonas verdes, mobiliario urbano, caminos y señalización. – Realizar la limpieza y mantenimiento de viales, vías públicas, núcleos urbanos, polígonos industriales, zonas verdes, espacios libres, sumideros de la vía pública y demás espacios de uso público. – Ejecutar tareas básicas de mantenimiento y reparación de vías urbanas, aceras, baches, huecos y mobiliario urbano, incluyendo la colocación de baldosas para acerado y el relleno o asfaltado de baches cuando proceda. – Cuidar y conservar parques y jardines municipales, incluyendo plantación, riego, poda, desbroce, retirada y traslado de broza mediante maquinaria tipo dumper, y fumigación o tratamientos bajo la supervisión que corresponda. – Reparar y conservar, en lo que corresponda a los medios municipales, los caminos públicos situados en suelos clasificados como no urbanizables. – Realizar reparaciones básicas de elementos del alumbrado público municipal, sustituir y colocar señales diversas y repintar marcas y señales viales en los viales públicos. – Colocar y retirar vallados, señales, barreras, elementos de protección y señalización provisional en obras, incidencias, actos públicos o situaciones de emergencia, así como colaborar en tareas de limpieza y actuación ante nevadas, lluvias, viento u otras incidencias meteorológicas. 3.

Ciclo del agua, saneamiento y otros servicios municipales. – Realizar la cloración, vigilancia, control y seguimiento del abastecimiento de agua, así como la vigilancia, control, limpieza y mantenimiento de los depósitos de abastecimiento, redes de abastecimiento y distribución de agua y red de alcantarillado. – Ejecutar cortes de agua, reparaciones básicas en la red municipal de conducción de agua potable, sustitución y colocación de redes, colectores y elementos de saneamiento, y avisar de averías o incidencias que excedan de las reparaciones ordinarias. – Efectuar la lectura de contadores, toma de muestras de agua para su análisis por terceros y colaboración en las actuaciones de control sanitario o técnico que procedan. – Colaborar en la limpieza y mantenimiento de puntos de recogida de residuos, retirada de restos, enseres, escombros o materiales abandonados, y traslado de residuos generados por los trabajos municipales a los lugares autorizados. 4.

Bandos, notificaciones, comunicaciones, apoyo administrativo y logística municipal. – Difundir bandos y comunicaciones que ordene la Alcaldía, fijar anuncios, edictos y demás avisos municipales, y efectuar avisos, notificaciones, requerimientos, citaciones y comunicaciones relacionadas con la actividad municipal. – Trasladar, recibir, entregar y recoger enseres, materiales, correspondencia y documentos relacionados con la actividad del Ayuntamiento, tanto dentro como fuera del término municipal, cuando así se le encomiende. – Movilizar, trasladar y ordenar archivos y documentación hasta el Archivo Municipal o dependencias que procedan, colaborando en tareas logísticas y de apoyo material a las oficinas municipales. – Custodiar, controlar y mantener las llaves de dependencias, edificios, instalaciones, vehículos, maquinaria y almacenes municipales, así como colaborar en el control de accesos cuando se le indique. – Prestar apoyo material en reuniones, sesiones, procesos electorales, actividades institucionales y demás actos administrativos o municipales, incluyendo preparación de salas, mobiliario, medios auxiliares y retirada posterior. 5.

Festejos, mercados, actos públicos y ocupación de espacios municipales. – Colaborar y prestar ayud

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