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Convocatoria y bases que deben regir el procedimiento selectivo para constituir una bolsa de personal laboral temporal, mediante concurso, de limpiadores/as y camareros/as de pisos, (Código: NETEJA2026)

Limpiadores/as y camareros/as de pisos


Sin confirmar

Plazas

30/07/2026

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

E

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 091 - 21 / Julio / 2026 > Pág. 40462 a 40469 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 091 - 21 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ARTÀ Núm. 538607 Convocatoria y bases que deben regir el procedimiento selectivo para constituir una bolsa de personal laboral temporal, mediante concurso, de limpiadores/as y camareros/as de pisos, (Código: NETEJA2026) Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Exp. 2026/3453.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de julio de 2026 se aprobaron la convocatoria y las bases que deben regir el proceso para constituir, mediante concurso, una bolsa de personal laboral temporal, limpiadores/as y camareros/as de pisos del Ayuntamiento de Artà (Código: NETEJA2026), en los términos siguientes: “ Primero.

Aprobar la convocatoria y las bases que deben regir el procedimiento selectivo para constituir, mediante concurso, una bolsa de trabajo de personal laboral temporal, limpiadores/es y camareros/as de pisos, del nivel 5 (AP), del Ayuntamiento de Artà, mediante el sistema de concurso, de la siguiente forma: “Bases que deben regir el procedimiento selectivo para crear, por el sistema de concurso, una bolsa de trabajo de personal laboral temporal, categoría de limpiador/a y de camarero/a de pisos, del nivel 5 (código de la convocatoria NETEJA2026) 1.

Objeto de la convocatoria El objeto de esta convocatoria es la creación de una bolsa de limpiadores/es y de camareros/as de pisos del Ayuntamiento de Artà, como personal laboral temporal, para realizar las contrataciones temporales necesarias, por lo cual las personas que superen esta convocatoria pasarán a formar parte de una bolsa de disponibilidad por orden de puntuación.

Se justifica la creación de una bolsa conjunta de limpiadores/as y camareros/as de pisos, puesto que los requisitos y las funciones en la Relación de Puestos de Trabajo son los mismos.

Se justifica acudir al procedimiento de selección excepcional de concurso atendida la urgencia de la creación de esta bolsa por estar agotadas las bolsas constituidas en vigor de estas categorías, y por la existencia de situaciones administrativas inaplazables y urgentes que lo hacen imprescindible.

El código de esta convocatoria es “NETEJA2026” y como resultado debe confeccionarse una bolsa específica para limpiadores/as y camareros/as de pisos El proceso selectivo se rige por estas bases y también por lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la legislación subsidiaria que le sea de aplicación.

A las personas aspirantes que sean contratadas en el futuro se les aplicará el Convenio colectivo sobre las condiciones generales de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Artà, además del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.

La Alcaldía del Ayuntamiento debe resolver las incidencias que se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que correspondan al tribunal calificador.

Las funciones de estos puestos de trabajo son las siguientes: Limpieza de edificios municipales.

Limpieza y arreglo de habitaciones y otros aposentos de la residencia, siguiendo las directrices e instrucciones de la dirección.

Cualquier otra tarea similar o conexa con las anteriores que le encomiende la dirección. 3.

Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitidas en este proceso selectivo, las persones aspirantes deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo señalado para presentar solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier estado de la Unión Europea o la de algún estado al cual sea aplicable la libre circulación de trabajadores en virtud de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sin perjuicio del que dispone el artículo 57, sobre el acceso a la ocupación de nacionales de otros estados, del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público. b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. c) Acreditar el pago de los derechos para participar en los procesos de selección de personal que regula la Ordenanza fiscal n.º 44, reguladora de la tasa para optar a las pruebas de selección de personal del Ayuntamiento de Artà (BOIB n.º 167, de 21 de diciembre de 2024).

Quedan exentas de realizar este pago las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, las que acrediten una antigüedad superior a 6 meses en situación de paro (siempre que no perciban prestaciones contributivas) y las que acrediten la condición de familia numerosa. d) Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel A2, mediante el certificado o titulo expedido por la Dirección General de Cultura del Gobierno de las Illes Balears o per la Escuela Balear de Administración Pública, o mediante uno de equivalente, de acuerdo con lo establecido en la Orden 7/2026, de la Conselleria de Turisme, Cultura i Esports, de 4 de mayo, por la cual se regula la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Conselleria de Turisme, Cultura i Esports, y se determinan los títulos, diploma y certificados equivalentes a estos certificados de conocimientos de lengua catalana.

No obstante lo anterior, y según lo dispuesto en el Reglamento para el uso de la lengua catalana en el Ayuntamiento de Artà, teniendo en cuenta que se trata de un procedimiento selectivo de urgencia y temporal, se puede acreditar el conocimiento de la lengua catalana mediante una prueba específica que debe realizar el Servicio de Asesoramiento Lingüístico del Ayuntamiento de Artà.

Esta situación se tiene que hacer constar en la solicitud. e) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física ni psíquica que impida cumplir las funciones y tareas derivadas del lugar de trabajo. f) No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguno de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ejercer las funciones públicas por resolución judicial.

En el caso de pertenecer en otro estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a ninguna sanción disciplinaria o equivaliendo que impida, en su estado de origen y en los mismos términos, el acceso al servicio público.

Dado que se trata de una agrupación profesional, no se exige titulación, en virtud de la DA 6 del TREBEP.

Antes del nombramiento, la persona interesada hará constar que no ocupa ningún lugar de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe una pensión de jubilación, retiro u orfandad.

Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo tiene que declarar en el plazo de diez (10) días naturales, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad. 4.

Presentación de solicitudes Estas bases deben publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Artà.

El plazo de presentación de solicitudes es de siete (7) días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOIB, según el modelo normalizado disponible en el apartado “Convocatorias de selección de personal” de la página web del Ayuntamiento (www.arta.cat).

Para ser admitidas y, si procede, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes deben manifestar, en su solicitud, que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base tercera, lo cual se pone de manifiesto en el modelo de solicitud.

Las solicitudes deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el supuesto de que las solicitudes se presenten en la forma prevista en el artículo 16 mencionado, las personas interesadas deben comunicarlo por correo electrónico a la dirección antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, con la justificación de la remisión, en la cual conste la fecha de remisión de la solicitud del día en que se presenta.

Las persones aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en su solicitud.

El domicilio y el teléfono que figuren se consideran válidos a efectos de notificaciones, y tanto los errores descriptivos como el hecho de no comunicar durante el proceso de selección cualquier cambio en los datos de la solicitud son responsabilidad exclusivamente suya.

Para ser admitidas y, si procede, tomar parte en este proceso selectivo, las persones aspirantes deben presentar la documentación siguiente: Solicitud (modelo normalizado que está a disposición de las personas interesadas en el apartado “Convocatorias de selección de personal” de la web municipal), donde consta la declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos a las bases.

Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

Ver convocatoria oficial
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