Plazo abiertoBOJA · 20 oct 2026

Conductor

Plazas
1
Fecha límite
3 nov 2026
Ámbito
AutonómicaAndalucía

Plazo hasta el 3 nov

Publicada el 20 octCierra el 3 nov

Resumen del boletín

Boletín: BOJA nº 203 de 2026 Organismo: Cámara de Cuentas de Andalucía Administración: 2. Autoridades y personal Sección: 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Descargar la disposición en PDF

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 20/10/2026 2.

Autoridades y personal 2.2.

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Oposiciones, concursos y otras convocatorias Cámara de Cuentas de Andalucía Acuerdo de 13 de octubre de 2026, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el ingreso a la condición de personal laboral fijo del grupo IV, categoría profesional «Conductor» en esta Institución, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2026.

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De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 28 de julio de 2026, del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de esta Institución para el año 2026, y en virtud de lo establecido en los artículos 20.b) de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y 19.e) de su Reglamento de Organización y Funcionamiento, se acuerda la convocatoria de pruebas selectivas, por el sistema de concurso, para el ingreso a la condición de personal laboral fijo del grupo IV, categoría profesional «Conductor», de acuerdo con las siguientes BASES DE LA CONVOCATORIA Primera.

Normas generales. 1.1.

Se convoca un proceso selectivo, por turno libre, por el sistema de concurso, para cubrir una (1) plaza de personal laboral fijo del grupo IV, categoría profesional «Conductor», incluida en la Oferta de Empleo Público de 2026: GRUPO CATEGORÍA PROFESIONAL NÚMERO DE PLAZAS TURNO GENERAL TASA IV CONDUCTOR 1 1 13,41 € 1.2.

A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables, en materia de selección de personal laboral, el Título IX de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía; el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, aprobado por la Comisión de Hacienda y Administración Pública en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2011; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía; el Acuerdo de 10 de marzo de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se establece la obligación de cualquier persona física de relacionarse con esta institución a través de medios electrónicos para determinados procedimientos, y la obligación para el personal a su servicio para los trámites y actuaciones que realicen por razón de su condición de empleado público; así como el Acuerdo de 28 de julio de 2026, del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2026. 1.3.

El proceso selectivo se llevará a cabo a través del sistema de concurso, con arreglo al baremo que se detalla en el Anexo III de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes (Anexo II), referidos al día de publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la presente convocatoria.

Requisitos de las personas aspirantes. 2.1.

Quienes participen en la presente convocatoria deberán reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas para el acceso a la categoría profesional convocada, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de incorporación al puesto de trabajo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma.

La veracidad de tales extremos deberá ser objeto de declaración expresa y responsable por cada persona solicitante, conforme al apartado correspondiente del formulario vigente de solicitud de participación. 2.1.2.

Las personas interesadas en participar en las pruebas selectivas deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1.3.

Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 2.1.4.

Tener cumplidos dieciocho años. 2.1.5.

Titulación académica del nivel requerido (Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional de Grado Medio) o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas.

Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de al menos 200 horas. 2.1.6.

Estar en posesión del permiso de conducción clase «B» (que habilite para la conducción de vehículos equipados con cambio de velocidades manual).

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.

Este requisito no se aplicará a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea. 2.1.7.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará conforme a lo indicado en la base octava por las personas aspirantes que sean propuestas como seleccionadas. 2.1.8.

No haber sido separada la persona aspirante, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separada o inhabilitada.

En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 2.1.9.

No ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Cámara de Cuentas de Andalucía en la misma categoría profesional para la que se presente la solicitud. 2.1.10.

Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria a la categoría profesional a que se aspira, según el importe establecido o acreditar estar exento de su pago, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta. 2.1.11.

Poseer experiencia, al menos, de dos años en funciones de conducción y conservación de vehículos de representación. 2.2.

Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 1 de la base octava y haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 5 de la base cuarta de esta convocatoria.

Solicitudes, plazo de presentación y tasas. 3.1.

Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo I que se incorpora a esta convocatoria. 3.2.

Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: a) Acreditación del abono de la tasa por participación en el proceso de selección en el supuesto de no estar exento del pago de esta. b) Dictamen técnico facultativo, en su caso, en que se fundamente la solicitud de adaptación de los ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 3.2 de la base tercera de la presente convocatoria. c) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa, en su caso. d) Document

Boletín
BOJA
Publicado
20 oct 2026

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