Bases reguladoras del proceso selectivo para constituir, mediante concurso, una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de operario/a de mantenimiento
Esta convocatoria no adjudica plaza fija: constituye una bolsa de trabajo, una lista de espera para cubrir contratos temporales cuando la administración lo necesite.
- Plazas
- Sin confirmar
- Fecha límite
- 30 oct 2026
- Grupo
- C2graduado escolar
- Ámbito
- LocalIslas Baleares
Plazo hasta el 30 oct
Resumen del boletín
AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 132 - 17 / Octubre / 2026 > Pág. 57330 a 57339 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 132 - 17 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Leer el texto completo (34 párrafos más)
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT Núm. 763278 Bases reguladoras del proceso selectivo para constituir, mediante concurso, una bolsa de trabajo de personal laboral temporal de operario/a de mantenimiento Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Primera.- Objeto de la convocatoria El objeto de la presente convocatoria es constituir una bolsa de trabajo de operario/aria de mantenimiento, para cubrir las posibles vacantes, bajas, vacaciones, permisos, licencias, necesidades urgentes de contratación o cualquier otro supuesto de contratación que permita la contratación temporal de trabajadores de acuerdo con la legislación vigente.
La selección de las personas aspirantes se llevará a cabo mediante una convocatoria pública por el sistema de concurso, que consistirá en una fase de valoración de los méritos detallados en estas bases; todo ello con la finalidad de valorar la idoneidad de las personas candidatas respecto del perfil del puesto de trabajo.
Segunda.- Normativa aplicable Las presentes bases y el procedimiento selectivo se regirán por las prescripciones contenidas en estas bases y, en aquello que no esté previsto, por las disposiciones del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y por el resto de la normativa básica y autonómica aplicable en materia de función pública, régimen local y procedimiento administrativo.
Igualmente, resultarán de aplicación las presentes bases, que vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a las personas aspirantes al puesto de trabajo.
Tercera.- Publicidad La convocatoria y las bases del procedimiento selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Posteriormente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos que integren el procedimiento selectivo y que deban notificarse a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que se derive de este (incluidos los anuncios de la interposición de cualquier recurso en vía administrativa o en vía judicial), se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Puigpunyent: https://puigpunyent.sedelectronica.es Todo ello, sin perjuicio de que se publiquen en el Boletín Oficial de las Illes Balears los actos administrativos que, de acuerdo con la normativa o las bases de este proceso, deban publicarse en el mismo.
Cuarta.- Requisitos de las personas aspirantes 4.1.- Requisitos generales Para ser admitidas en este proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha de expiración del plazo establecido para la presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos: 1.
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, o ser extranjero con residencia legal en España. 2.
Tener 18 años cumplidos en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. 3.
Estar en posesión del título de graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona aspirante deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 4.
Estar en posesión del permiso de conducir de clase B. 5.
No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones públicas por resolución judicial.
En caso de pertenecer a otro Estado, no encontrarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público. 6.
Poseer la capacidad funcional, física y psíquica necesaria para el desarrollo de las tareas propias del puesto de trabajo de operario/aria de mantenimiento. 7.
Acreditar el conocimiento de lengua catalana correspondiente al nivel A, mediante la aportación del certificado o document expedido por la Escuela Balear de Administració Pública (EBAP) o por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de les Illes Balears, o de cualquiera de los certificados o documents considerados equivalentes por la Administración de acuerdo con la normativa vigente.
En caso de no poder acreditar documentalmente los conocimientos correspondientes, la persona aspirante deberá realizar una prueba específica de lengua catalana, que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. 8.
Haber satisfecho la tasa por participación en procedimentos selectivos.
La tasa para participar en esta convocatoria es de 20 €.
El pago debe hacerse efectivo mediante ingreso o transferencia en la siguiente cuenta bancaria de titularidad del Ayuntamiento de Puigpunyent: Caixabank: ES48 2100 4397 1902 0000 1579 En el concepto del ingreso deberá indicarse el nombre y apellidos de la persona aspirante y el concepto correspondiente a la participación en el proceso selectivo.
No obstante, se podrán aplicar bonificaciones en los siguientes casos: Las familias monoparentales y las familias numerosas tendrán derecho a una reducción del 50 % de la tasa, siempre que acrediten su condición con la documentación correspondiente.
Las personas en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo y, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, podrán disfrutar de una bonificación del 100 %, siempre que se presente la documentación acreditativa. 4.2.- Falta de los requisitos de conocimiento de lengua catalana Las personas aspirantes que no puedan acreditar documentalmente el nivel de conocimiento de lengua catalana requerido podrán participar en el proceso selectivo, siempre que cumplan el resto de requisitos exigidos en estas bases.
Estas personas deberán realizar la prueba específica de lengua catalana prevista en el apartado anterior, que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. 4.3.- Incompatibilidades Antes de la formalización del contrato de trabajo, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe ninguna pensión de jubilación, retiro u orfandad.
Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días naturales, para que la corporación adopte el acuerdo correspondiente de declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
Quinta.- Presentación de solicitudes 5.1.- Presentación de solicitudes Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo deberán cumplimentar una solicitud ajustada al modelo que figura como anexo I de estas bases, dirigida al Sr.
Alcalde del Ayuntamiento de Puigpunyent.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Puigpunyent o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP).
En caso de que la solicitud no se presente en el Registro General del Ayuntamiento de Puigpunyent, la persona aspirante deberá enviar necesariamente, mediante correo electrónico a la dirección que se indique en la convocatoria, una copia de la solicitud registrada, a efectos de tener conocimiento de su presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y las presentes bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
En la solicitud deberá hacerse constar una declaración responsable de la persona aspirante en la que manifieste que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base cuarta para participar en la convocatoria.
La solicitud firmada por la persona interesada tendrá la consideración de declaración responsable en los términos previstos en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable, así como la no presentación ante la Administración competente de la documentación que, en su caso, sea requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar en el procedimiento desde el momento en que se tenga constancia de estos hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que correspondan.
No obstante, la Administración podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Las personas aspirantes deberán conservar una copia de la solicitud presentada y registrada, por si les fuera requerida en cualquier momento del proceso selectivo. 5.2.- Documentación que se debe adjuntar a la solicitud Para ser admitidas
- Boletín
- BOIB
- Publicado
- 17 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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