Bases de selección de personal laboral fijo, 7 plaza técnico-a en educación infantil y constitución de una bolsa
Cuerpo no especificado
7
Plazas
Sin fecha
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BALEARES
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AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 > Pág. 33336 a 33347 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SA POBLA Núm. 443578 Bases de selección de personal laboral fijo, 7 plaza técnico-a en educación infantil y constitución de una bolsa Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Hacer constar que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 2 de junio de 2026, acordó la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, en régimen de personal laboral fijo, de siete plazas de técnico/a en educación infantil y la constitución de una bolsa para contrataciones temporales, conforme se establece a continuación: «BASES ESPECÍFICAS DEL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE SIETE PLAZAS ADSCRITAS AL PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO/A EN EDUCACIÓN INFANTIL Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA PARA CONTRATACIONES TEMPORALES Primera.
Objeto de la convocatoria 1.1.- Es objeto de la presente convocatoria regular el proceso selectivo para la cobertura, por turno libre y mediante el sistema de concurso-oposición, de siete plazas de técnico/a en educación infantil (OPE 2023, 2025 y 2026), grupo de clasificación C1, en régimen de personal laboral fijo, dotadas con las retribuciones correspondientes conforme a la relación de puestos de trabajo, el presupuesto municipal y la normativa vigente, así como la creación de una bolsa de trabajo para atender futuras necesidades de contratación temporal que puedan producirse en el plazo de tres años a partir de la resolución del presente procedimiento, en los supuestos previstos en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y conforme a lo establecido en los artículos 15.2 y 15.3 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
La bolsa tendrá una vigencia máxima de tres años, contados desde la publicación de las listas definitivas con la puntuación final del proceso selectivo y la constitución de la misma.
La presente selección se regirá por las bases de esta convocatoria y, en lo no previsto en ellas, por la siguiente normativa: 1.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que lo desarrolla en materia de contratos de duración determinada. 2.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y su normativa de desarrollo. 3.
Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y supletoriamente el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se regula el procedimiento de selección del personal funcionario interino de la CAIB, así como la normativa que resulte de aplicación. 4.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración General del Estado. 5.
Decreto 23/2020, de 31 de julio, por el que se aprueba el texto consolidado del decreto que establece los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de agosto de 2020). 6.
Orden del Consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2018 por la que se fijan las titulaciones necesarias para impartir docencia en lengua catalana (BOIB núm. 38, de 27 de marzo de 2018). 7.
Y demás normativa de desarrollo que resulte de aplicación. 1.2.
Condiciones laborales La jornada de trabajo y las retribuciones serán las establecidas en el presupuesto vigente, el convenio colectivo y la relación de puestos de trabajo o documento equivalente.
Titulación mínima exigida Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, de conformidad con el Decreto 23/2020, de 31 de julio: a) Título de maestro/a con especialidad en educación infantil o grado equivalente. b) Título de técnico superior en educación infantil o titulación equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente homologación o credencial de convalidación.
Este requisito no será exigible a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas conforme al Derecho de la Unión Europea.
Procedimiento selectivo: concurso-oposición.
Fase de prueba: 6 meses.
La convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de sa Pobla (https://sapobla.eadministracio.cat/info.0), en la página web corporativa (www.sapobla.cat), en el BOIB y un extracto en el BOE.
La fecha de publicación en el BOE servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.
Los restantes anuncios se publicarán exclusivamente en la sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento de sa Pobla.
Requisitos de las personas aspirantes Para participar en la presente convocatoria, las personas interesadas deberán cumplir, el último día del plazo de presentación de solicitudes, durante todo el proceso selectivo y durante la ejecución de las funciones propias del puesto de trabajo, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
La acreditación se efectuará mediante copia del DNI o documento de identificación legal equivalente en vigor, que deberá aportarse junto con la solicitud para poder participar en el proceso selectivo. c) Estar en posesión del título académico exigido o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se entenderá que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, dentro del plazo de presentación de instancias, se hayan superado los estudios o pruebas que permitan su obtención y así se acredite.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la correspondiente homologación o credencial de convalidación.
En caso de presentar una titulación equivalente, corresponderá a la persona aspirante acreditar dicha equivalencia. d) Acreditar el conocimiento de lengua catalana de nivel B2 mediante certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears o mediante títulos, diplomas o certificados equivalentes según la normativa vigente. e) Poseer la capacidad funcional, física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones del puesto, acreditada mediante declaración responsable (según Anexo I). f) No haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial.
En el caso de nacionales de otros Estados, no hallarse en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria que impida el acceso al empleo público. g) Antes de la firma del contrato, la persona interesada deberá declarar que no se encuentra incursa en causa de incompatibilidad conforme a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, o comprometerse a ejercer la opción correspondiente, así como no percibir pensión de jubilación, retiro u orfandad. h) Abonar la tasa de 26,00 € conforme a la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por procesos selectivos del Ayuntamiento de sa Pobla (BOIB 167, de 12/12/2019), o acreditar, en su caso, las bonificaciones o exenciones previstas en dicha ordenanza.
El pago deberá realizarse mediante transferencia bancaria al IBAN: ES73 0182 5747 4902 0150 3747 (BBVA) .
Concepto: AJSAPOBLA1263 .
En ningún caso la presentación del justificante de pago sustituirá la presentación de la solicitud dentro del plazo establecido.
La falta de pago dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión del proceso. i) Cualquier otra documentación exigida para personas con discapacidad igual o superior al 33 %, mediante certificado de los equipos multiprofesionales del organismo competente que acredite la capacidad para el desempeño del puesto, con las adaptaciones que, en su caso, procedan. j) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos, conforme a la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio.
Funciones del puesto de trabajo Conforme a lo establecido en la correspondiente ficha de personal.
Presentación de solicitudes 1.
Las solicitudes para participar en el proceso selectivo se presentarán conforme al modelo normalizado del Anexo I, dirigidas al Alcalde del Ayuntamiento de sa Pobla, dentro del plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de asistencia en materia de registro situadas en la Plaça Major nº 1 (07420 sa Pobla), en horario de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Si la solicitud se presenta por cualquiera de estos medios, deberá enviarse dentro del plazo un correo electrónico a recursoshumans@sapobla.cat adjuntando justificante