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AYUNTAMIENTO DE RIBAMONTÁN AL MONTE: Bases reguladoras y convocatoria que han de regir el proceso selectivo para la contratación, por oposición, mediante contrato de relevo por jubilación

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1

Plazas

Sin fecha

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LOCAL

CANTABRIA

C2

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Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 31108 MIÉRCOLES, 8 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 130 1/10 CVE-2026-5478 AYUNTAMIENTO DE RIBAMONTÁN AL MONTE CVE-2026-5478 Bases reguladoras y convocatoria que han de regir el proceso selectivo para la contratación, por oposición, mediante contrato de relevo por jubilación parcial, de una plaza de Auxiliar Administrativo, personal laboral y creación de una bolsa de empleo.

Habiéndose adoptado acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento el 27 de febrero de 2026 y aprobadas las presentes Bases por el Alcalde con fecha de 22 de mayo de 2026, para la selección y contratación, en régimen de contrato laboral indefinido a jornada completa, mediante contrato de relevo, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Ribamontán al Monte y creación de bolsa de empleo, mediante el sistema de oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las BASES reguladoras que regirán la convocatoria son las siguientes: PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la contratación mediante el sistema selectivo de oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo, en régimen laboral indefinido, mediante contrato de relevo y proceder a la novación a tiempo parcial del contrato del relevado, titular del puesto que se convoca.

Denominación de la plaza Auxiliar Administrativo Régimen Laboral indefinido a tiempo completo Modalidad contractual Contrato de Relevo Grupo/Complemento Destino C2/Nivel 18 Titulación exigible Graduado Escolar – Graduado en ESO Sistema de selección Oposición Funciones a desempeñar Auxiliar Administrativo SEGUNDA.- Modalidad del contrato.

La modalidad es el contrato de relevo de duración indefinida y a jornada completa.

La duración del contrato se extenderá como mínimo durante los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial del relevado.

En el supuesto de que el contrato se extinga antes de dicho plazo, se celebrará un nuevo contrato de relevo en los mismos términos del extinguido, quedando el puesto cubierto por el relevista hasta su cobertura reglamentaria o la amortización del mismo, en su caso.

El horario de trabajo será un fijo de 9 a 14 y un horario flexible antes o después para completar la jornada laboral anual de 6,42 horas/día.

El puesto de trabajo a desempeñar por el trabajador relevista será el de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Ribamontán al Monte.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 31109 MIÉRCOLES, 8 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 130 2/10 CVE-2026-5478 TERCERA.- Condiciones de admisión de aspirantes.

Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, cumplir los siguientes requisitos: — Poseer la titulación exigida que será, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Poseer la titulación de Graduado Escolar, Graduado en E.S.O. o similar.

En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el órgano competente.

Estos requisitos deberán poseerse como fecha límite el último día del plazo de presentación de instancias, y mantenerse en el momento de la formalización del contrato laboral.

CUARTA.- Forma y plazo de presentación de instancias. 1.- La convocatoria y estas Bases se aprueban por el Alcalde y se publica en el Boletín Oficial de Cantabria íntegramente y en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial del Estado» el anuncio de la convocatoria. 2.- Las solicitudes para tomar parte en el presente procedimiento se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Ribamontán al Monte y se presentarán en el Registro General de la misma, sito en Hoz de Anero, si bien podrán presentarse en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3.- El impreso de instancia se ajustará al modelo oficial previsto en el Anexo I de las presentes Bases, que se puede descargar de la sede electrónica de Ribamontán al Monte https://ribamontanalmonte.sedelectronica.es 4.- El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En caso de que el último día fuese inhábil, se prorrogará el plazo de presentación de instancias al siguiente día hábil.

Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias no se admitirá la presentación de nueva documentación para acreditación de requisitos, aun cuando se refieran a hechos producidos con anterioridad a la finalización de dicho plazo, salvo la que resulte precisa al objeto de subsanar errores materiales en la documentación aportada en el momento de presentación de instancias.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 31110 MIÉRCOLES, 8 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 130 3/10 CVE-2026-5478 5.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. 6.- Junto a la solicitud se acompañará la siguiente documentación: — Copia del documento nacional de identidad 7.- Las personas interesadas en tomar parte en el proceso selectivo prestarán su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en su solicitud, a su incorporación al correspondiente fichero de datos de carácter personal y a su publicación en Boletines Oficiales, tablones de anuncios, Sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo y para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes a dicho proceso. 8.- La participación en la presente convocatoria conlleva la aceptación de las presentes Bases.

QUINTA.- Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en el Boletín Oficial de Cantabria, concediéndose un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde esta última publicación, para la subsanación de los posibles errores en las instancias presentadas.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la realización de las pruebas.

La lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la composición nominal del Tribunal Calificador, será anunciada en el Boletín Oficial de Cantabria, en el Tablón de Edictos de la Corporación y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica municipal (https://ribamontanalmonte.sedelectronica.es).

Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, dentro del plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de la publicación y, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto de exclusión, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

SEXTA.- Tribunal Calificador.

Las pruebas serán preparadas y valoradas por un órgano de selección que será designado por Resolución de la Alcaldía y se regirá por lo establecido en el artículo 60 del TREBEP, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes y estará compuesto por: - Presidente: Un empleado público del mismo o superior grupo de clasificación que la plaza objeto de la presente convocatoria designados por Resolución de la Alcaldía. - Vocales: Tres empleados públicos del mismo o superior grupo de clasificación que la plaza Boletín

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