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BOJA

Técnico/a Auxiliar de Conserjería

Técnico/a Auxiliar de Conserjería


9

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

AUTONOMICA

ANDALUCIA

C2

Grupo

Descripción y Detalles

Boletín: BOJA nº 132 de 2026 Organismo: Universidades Administración: 2. Autoridades y personal Sección: 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Descargar la disposición en PDF

📄 Contenido del documento

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 10/07/2026 2.

Autoridades y personal 2.2.

Oposiciones, concursos y otras convocatorias Universidades Resolución de 29 de junio de 2026, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de Conserjería.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición.

Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00340096 .

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en adelante BOJA núm. 152, de 8 de agosto de 2003, reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio, del citado órgano de gobierno autonómico (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011); en la Resolución de 1 de agosto de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2023, corregida por Resolución de 18 de septiembre de 2023 (BOJA núm. 150, de 7 de agosto de 2023 y núm. 183, de 18 de septiembre de 2023, respectivamente); en la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024 de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 231, de 27 de noviembre de 2024), y en la Resolución de 5 de diciembre de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2025), corregida en BOJA núm. 29, de 12 de febrero de 2026); en virtud de lo dispuesto en las Órdenes de 24 de octubre de 2023, de 19 de diciembre de 2024 y de 19 de febrero de 2026 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, y con el fin de atender las necesidades de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios laboral, Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en el artículo 3.2.j), de la misma norma, así como en el artículo 45 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de Conserjería de esta Universidad, con sujeción a las siguientes BASES DE LA CONVOCATORIA 1.

Normas generales. 1.1.

Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir nueve plazas de personal laboral de la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de Conserjería de la Universidad de Jaén (Grupo IV).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, del total de plazas convocadas se reservan dos plazas, una correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2023 y otra a la de 2025, para el acceso a las personas con discapacidad intelectual, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

En el caso de no cubrirse las plazas reservadas para el cupo de discapacidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía. 1.2.

Al presente proceso selectivo le serán aplicables la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; así como en lo que proceda, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el IV Convenio Colectivo de las Universidades Públicas de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Jaén; así como demás normativa de aplicación y lo dispuesto en las presentes bases de convocatoria.

Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas que se contienen en la presente resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma. 1.3.

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición. 1.4.

La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones establecidos en el Anexo I de esta convocatoria.

El programa de materias para el ejercicio de la fase de oposición será el contenido en el Anexo II de esta convocatoria. 1.5.

La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Anexo I de la presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo. 1.6.

Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas candidatas y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos. 1.7.

Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario.

La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Jaén, y el horario en que esta se desarrollará será el establecido en la unidad funcional en la que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo. 1.8.

El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y su normativa de desarrollo. 1.9.

A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en las resoluciones que el Rectorado de la Universidad de Jaén dicte sobre declaración de períodos inhábiles. 1.10.

Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad intelectual, únicamente podrán presentarse por este cupo.

La contravención de esta norma determinará la exclusión del aspirante que no la hubiese observado. 2.

Requisitos de las personas aspirantes. 2.1.

Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular: a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los/as españoles/as y de los/las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la categoría laboral a que se aspira. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, o experiencia laboral equiparable con la categoría profesional objeto de la presente convocatoria, conforme a lo establecido en el artículo 15 del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las universidades públicas andaluzas.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenida

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