Técnica Superior de Arquitectura
Técnica Superior de Arquitectura
2
Plazas
03/08/2026
Fecha Límite
UNIVERSITARIA
Nacional
A1
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 10 de julio de 2026, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A1), por el turno libre, sector de Administración Especial, Escala Técnica Superior de Arquitectura.
📄 Contenido del documento
Este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le atribuye el artículo 50, en relación con el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo con lo que establecen los Estatutos de la Universitat de València, la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana y el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Movilidad del Personal de la Función Pública Valenciana; y de acuerdo con la normativa propia de la Universitat de València, acuerda convocar pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A1), por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica superior de arquitectura, de la Universitat de València, de conformidad con las bases de la convocatoria desarrolladas en el anexo I.
València, 10 de julio de 2026.–El Rector, P.
D. (Resolución de 23 de junio de 2026), el Gerente, Daniel González Serisola.
ANEXO I Bases de la convocatoria Primera.
Normas generales. 1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir 2 puestos vacantes del grupo A (subgrupo A1), por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica superior de arquitectura, 1 de ellos mediante el sistema de oposición y 1 mediante el sistema de concurso–oposición. (Ofertas de empleo público UVEG: 2024). 1.2 El proceso selectivo por el sistema de oposición consistirá, solamente, en la realización de los ejercicios establecidos en el anexo II de esta convocatoria.
El proceso selectivo por el sistema de concurso-oposición estará integrado por los ejercicios mencionados, las valoraciones y las puntuaciones que figuran en el anexo II, en el apartado de la fase de concurso.
Los ejercicios serán únicos y simultáneos para los dos sistemas (oposición y concurso-oposición).
El temario que tiene que regir este proceso (tanto para el sistema de oposición, como para el sistema de concurso-oposición) figura en los anexos III y IV. 1.3 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con el siguiente orden (siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en la relación de puestos de trabajo): En primer lugar, se ordenará a las personas aprobadas en la fase de oposición por orden de puntuación y se adjudicará el primer puesto.
A continuación, se desarrollará la fase de concurso con aquellas personas que, habiendo superado la fase de oposición, no hayan obtenido puesto por el sistema de oposición.
En este caso, la adjudicación del puesto se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el concurso-oposición (fase de oposición, más fase de concurso) hasta cubrir el puesto restante. 1.4 De acuerdo con lo que prevé el artículo 91 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
Esta última publicación es la que se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.
El resto de las resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV). 1.5 De conformidad con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 61.2 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana, la distribución porcentual de los dos sexos en la escala técnica superior de arquitectura es de un 100% de hombres.
Requisitos de las personas aspirantes. 2.1 Para ser admitidas en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes: 2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado en el que se aplique la libre circulación de trabajadores o trabajadoras en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente, pueden participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes, y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de esa edad dependientes. 2.1.2 Haber cumplido 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley. 2.1.3 Estar en posesión del título universitario de arquitectura, o grado más máster, que habiliten para el ejercicio de la profesión de arquitectura, o titulación equivalente, o cumplir las condiciones para obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y disponer del certificado que lo acredite.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona aspirante deberá estar en posesión de la credencial que certifica su homologación. 2.1.4 Poseer el certificado acreditativo de conocimientos de valenciano del nivel C1, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià (JQCV) de la Generalitat Valenciana o por el Servei de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València, o poseer los certificados, títulos o diplomas, convalidados según lo que establece el ACGUV 66/2018, por el que se establecen los certificados de conocimientos de valenciano que expide el Servei de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados.
Se puede consultar el Acuerdo (ACGUV 66/2018) en este enlace: https://www.uv.es/sgeneral/Reglamentacio/Doc/Estudis/C80.pdf 2.1.5 Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las funciones o tareas correspondientes a los puestos convocados. 2.1.6 No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera ni haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme, mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública, organismo público, consorcio, universidad pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de los puestos de trabajo de la escala objeto de la convocatoria.
Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público. 2.2 Los requisitos para la admisión en este proceso, recogidos en el apartado 2.1, deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión. 2.3 En el momento de presentar la solicitud de participación, sólo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.6 de esta convocatoria, estos se deberán acreditar posteriormente en caso de aprobar el proceso selectivo. 2.4 No podrá participar en este procedimiento selectivo el personal que ya forme parte de la escala objeto de esta convocatoria en la Universitat de València.
Presentación de solicitudes de participación. 3.1 Las personas que deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán rellenar el formulario electrónico de participación que estará operativo, a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), en la Sede Electrónica de la Universitat de València (Sede Electrónica).
A continuación, en el listado de «Trámites» se ha de clicar en el apartado de «Personal de administración y servicios».
Seguidamente, se ha de clicar en el apartado «Convocatorias de personal», elegir la convocatoria correspondiente y clicar en «Acceder al procedimiento».
A partir de aquí se abre el proceso de inscripción.
En este entorno se realizarán todos los trámites de presentación de la solicitud de participación y la aportación de documentos.
Para rellenar las solicitudes, la Universitat tiene disponible una guía con instrucciones para cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar debidamente la documentación requerida en el siguiente enlace: https://www.uv.es/pas/nuevaWEB/manual_usuarioPAS_GENERADOR_cas.pdf Las solicitudes deberán cumplimentarse siguiendo las instrucciones que se indican, siendo necesario identificarse por cualquiera de los sistemas de identificación o firma electrónica admitidos en esta sede electrónica.
La presentación por esta vía permitirá: – La inscripción telemática en el modelo oficial. – Anexar documentos a la solicitud de participación, cuando sea necesario. – El pago electrónico de las tasas. – El registro electrónico de la solicitud de participación.
La solicitud se considerará presentada y registrada en la Universitat en el momento en que sea completado todo el proceso telemático.
Las personas aspirantes deberán guardar el justificante generado de registro y pago, en su caso, como confirmación de la presentación telemática.
En caso de que, en el momento de la inscripción para la participación en las pruebas selectivas, la persona participante presente varias solicitudes y la correspondiente documentación adjunta, se tendrá en consideración únicamente la última solicitud y documentación asociada presentada.
Aquellas solicitudes rellenadas o registradas por otros medios diferentes a la vía telemática indicada en la base 3.1 de esta convocatoria, se tendrán por no presentadas en plazo.
La falta de pago de las tasas por la vía indicada en esta convocatoria o la realización