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Técnico Superior de Laboratorio en el área Ingeniería Cartográfica, Geodesía y Fotogrametría

Técnico Superior de Laboratorio en el área Ingeniería Cartográfica, Geodesía y Fotogrametría


1

Plazas

03/08/2026

Fecha Límite

UNIVERSITARIA

Nacional

A1

Grupo

Descripción y Detalles

Resolución de 26 de junio de 2026, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a la categoría de Técnico Superior de Laboratorio.

📄 Contenido del documento

De conformidad con lo establecido en la Resolución del Rector de la Universitat Politècnica de València de fecha 26 de abril de 2024 («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» número 9848, de fecha 14 de mayo de 2024) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024 con el fin de atender las necesidades de personal en esta Universitat, en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en el artículo 152.3 del Decreto 122/2024, de 24 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, El Rector resuelve convocar las pruebas selectivas que a continuación se detallan, mediante el sistema de concurso-oposición por turno promoción interna, que se regirán por lo dispuesto en las siguientes Bases 1.

Objeto de la convocatoria 1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal, mediante el sistema concurso-oposición por el turno promoción interna, para cubrir una plaza del grupo A, subgrupo A1, sector de Administración Especial, técnico superior de laboratorio en el área ingeniería cartográfica, geodesía y fotogrametría de la Universitat Politècnica de València. 1.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 91.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como lo dispuesto en el artículo 152.3 de los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para presentación de instancias.

El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». 2.

Condiciones generales de las personas aspirantes 2.1 Para la admisión a estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: Además de las condiciones previstas en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán: a) Ser personal funcionario de carrera de la Universitat Politècnica de València, de las categorías/escalas a los que se hace referencia en la siguiente letra b). b) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en la categoría/escala desde la que se accede, tal y como se establece en el artículo 135 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.

Para la participación en cada modalidad de acceso a la promoción interna de esta convocatoria se deberá pertenecer, en cada caso, a las siguientes categorías/escalas: Promoción interna vertical: personal funcionario de carrera que pertenezca a la categoría/escala inferior de técnico diplomado de laboratorio y talleres del grupo A, subgrupo A2, sector administración especial de esta Universitat.

No podrá participar en este procedimiento selectivo el personal que ya tenga la condición de personal funcionario de carrera de la categoría/escala técnico superior de laboratorio, administración especial. c) Estar en posesión del título exigido en el anexo I, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar acreditación documental de su homologación o equivalencia. 2.2 Las condiciones para la admisión a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera. 3.

Personas aspirantes con discapacidad 3.1 El órgano técnico de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones necesarias para la realización de las pruebas.

A tal efecto, las personas interesadas deberán formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente concurso-oposición. 3.2 Con este fin, se aplicará la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. 3.3 Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas razonables al órgano técnico de selección respecto a la compatibilidad funcional de una persona admitida, podrá recabar el correspondiente dictamen del Servicio Integrado de Prevención y Salud Laboral de la Universitat Politècnica de València, que deberá manifestar su criterio de forma motivada y únicamente en sentido positivo o negativo.

En este caso la persona admitida inicialmente podrá participar en el proceso selectivo, pero condicionada a la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso selectivo, estará condicionada hasta la recepción del dictamen.

El dictamen del Servicio Integrado de Prevención y Salud Laboral no podrá ser objeto de recurso administrativo. 4.

Solicitudes 4.1 El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».

Para ser admitida y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, la persona aspirante firmará la declaración responsable, que figura en la instancia conforme al modelo oficial, en la que manifiesta que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referido siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fuera seleccionada. 4.2 Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario «Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Universitat Politècnica de València (PTGAS)» disponible en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València en la siguiente dirección web https://sede.upv.es.

Para el acceso a dicho formulario se requiere la identificación electrónica de la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana.

Para completar el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes trámites dentro del plazo estipulado: a) Identificarse electrónicamente en la sede electrónica. b) Acceder y cumplimentar el formulario electrónico de solicitud. c) Pagar la tasa que proceda, bien por medios electrónicos o mediante recibo bancario. d) Anexar documentos de exención o bonificación de tasas, en su caso, en la solicitud de participación. e) Registrar electrónicamente la solicitud.

No será admitida y, consecuentemente, quedará excluida del proceso selectivo aquella persona que, habiendo abonado la tasa no haya registrado la solicitud electrónicamente, sin perjuicio de lo que se indica en el apartado siguiente. 4.3 Excepcionalidad técnica.

Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Universitat Politècnica de València, no sea posible completar los trámites anteriores por medios electrónicos durante un periodo prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán presentar su solicitud por medios no electrónicos.

Para completar el proceso de solicitud en circunstancias de excepcionalidad técnica, deberá realizar los siguientes trámites dentro del plazo estipulado: a) Descargar e imprimir un modelo de solicitud en blanco accesible en la siguiente dirección web (http://www.upv.es/entidades/SRH/pas/U0903712.doc). b) Cumplimentar dicho modelo y firmarlo de forma manuscrita. c) Pagar la tasa correspondiente mediante recibo bancario. d) Anexar documentos de exención o bonificación de tasas, en su caso, en la solicitud de participación. e) Registrar presencialmente la solicitud, documentación de exención o bonificación de tasas, en su caso, y el recibo bancario validado a través de certificación mecánica por entidad bancaria, en cualquiera de las oficinas de registro que figuran en el anexo III.

No será admitida y, consecuentemente, quedará excluida del proceso selectivo aquella persona que, no concurriendo circunstancias de excepcionalidad técnica demostrable, haya registrado presencialmente su solicitud mediante el proceso antes descrito.

La excepcionalidad técnica se acreditará mediante informe del jefe de servicio de Aplicaciones. 4.4 Cada instancia tendrá asignado un número de referencia identificativo que será diferente para cada una de ellas.

Este número podrá ser utilizado para ofrecer servicios adicionales de consulta de información personal en procesos posteriores derivados de la presentación de su solicitud. 4.5 La tasa para la admisión a estas pruebas será de treinta euros y cincuenta y siete céntimos.

El pago de esta tasa podrá realizarse mediante recibo bancario o con tarjeta de crédito.

En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará mediante el recibo emitido por la aplicación de instancias en la dirección de Internet citada en el punto 4.2.

El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar la instancia a través de la aplicación mencionada. 4.5.1 Exenciones.

Están exentas del abono de la tasa: a) Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial.

Para ello señalarán con una equis (X) en el apartado de Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud.

Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación oficial en vigor que acredite dicha condición. b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba prev

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