Volver al Radar
🟢 Convocada
BORM

Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-1186/2026) de 16 de septiembre, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de plazas de Profesorado Permanente Laboral.

Profesorado Permanente Laboral


Sin confirmar

Plazas

13/10/2026

Fecha Límite

Autonómica

Murcia

A1

Grupo

Descripción y Detalles

Consejería de Medio Ambiente, Industria, Universidades, Investigación y Mar Menor

📄 Contenido del documento

Comunidad Autónoma 2.

Autoridades y Personal Consejería de Medio Ambiente, Industria, Universidades, Investigación y Mar Menor Universidad de Murcia 4520 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-1186/2026) de 16 de septiembre, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de plazas de Profesorado Permanente Laboral.

La Universidad de Murcia convoca concurso-oposición para la provisión de plazas de profesorado permanente laboral, que se detallan en el anexo I que se adjunta a la presente Resolución, de conformidad con el acuerdo del Consejo de 23 de mayo de 2025, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia para el ejercicio 2025 (BORM de 26 de diciembre), dentro del marco de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y autorizada su convocatoria por la Dirección General de Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Universidad de Murcia, firmado el 16 de julio de 2021 y se desarrollará de acuerdo con las siguientes Bases de la convocatoria 1.

Normas generales 1.1 Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 7/2026, de 19 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; el II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; el Decreto 197/2017, de 5 de julio, por el que se desarrolla el régimen jurídico y retributivo del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas de la Región de Murcia; el Reglamento regulador de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad de Murcia, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 16 diciembre de 2025, la Resolución del Secretario General de la Universidad de Murcia por la que se dictan instrucciones sobre tramitación electrónica de convocatorias de plazas de personal de fecha 8 de septiembre de 2017; y en lo no previsto, por la legislación vigente que le sea de aplicación.

El Reglamento regulador rige la presente convocatoria con el concepto de bases generales, habiéndose de estar a su contenido en todo lo que no se halle expresa y específicamente previsto en esta resolución.

El Reglamento regulador puede ser consultado en cualquiera de las siguientes URL: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/reglamento-regulador-de-los-concursos-de-acceso-a-plazas-de-los-cuerpos-docentes-universitarios-y-de-profesorado/23700.pdf https://borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/58/pdf?id=840722 1.2 Con carácter general se tramitarán independientemente cada uno de los concursos convocados, excepto cuando las plazas convocadas para una misma área/especialidad de conocimiento tengan características idénticas. 2.

Requisitos de participación 2.1 En el presente concurso para la provisión de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios las personas participantes han de reunir: a) Los requisitos de participación establecidos en los artículos 7 y 8 del Reglamento regulador. b) Los requisitos adicionales que se recogen en el artículo 10 del Reglamento regulador. 2.2 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación. 3.

Presentación telemática de solicitudes 3.1 Para presentar la solicitud de participación, las personas interesadas deben cumplimentar el formulario Web de la solicitud que se halla establecido específicamente para la plaza y categoría correspondiente, disponible en la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL: https://convocum.um.es/.

Al acceder a la aplicación del PDI, apartado “convocatorias vigentes”, se mostrará un panel informativo con las instrucciones, en el que se indica -paso a paso- cómo se debe cumplimentar y presentar la solicitud. 3.2 La presentación y registro de la solicitud se realizará por vía telemática a través de la propia aplicación web “CONVOCUM PDI”, previa validación de los datos y mediante firma electrónica a través de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia, utilizando cualquiera de los distintos medios al efecto (certificado electrónico, cuenta UM, etc.) 3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 3.4 Las tasas por derechos de examen será de 48,61 euros.

La liquidación de tasas y abono se realizará a través de la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL: https://convocum.um.es/, por medio de cualquiera de las siguientes formas: a) Banca electrónica con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias: - Banco Sabadell - CaixaBank - Cajamar. - Banco Santander. b) Tarjeta bancaria o bizum c) Tpv virtual (Tarjeta de crédito) d) En los cajeros de las indicadas entidades. e) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades indicadas, previa presentación del recibo unificado que se obtendrá desde la oficina virtual.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Están exentas del pago de la tasa las personas aspirantes que acrediten la condición de discapacitada con un grado igual o superior al treinta y tres por ciento (33%).

Se entenderá como defecto no subsanable no haber realizado el pago dentro del plazo de presentación de solicitudes. 3.5 A efectos de incidencias técnicas informáticas podrán ponerse en contacto en el teléfono 868884222 y correo electrónico dumbo@um.es y para consultas en relación con la convocatoria y presentación de solicitudes al correo electrónico seleper@um.es. 3.6 Documentación justificativa de los requisitos: De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento regulador, en el momento de realizar la solicitud no será preciso aportar documentación justificativa de los requisitos de participación y contratación, que será sustituida por documento suscrito por la persona participante en cuya virtud declare bajo su responsabilidad que reúne los requisitos generales y adicionales y, en su caso, los específicos que, por razón de la naturaleza de la plaza o de lo previsto en el apartado 2 del artículo 7 del Reglamento regulador, se establezcan en la convocatoria para la participación en el proceso selectivo, que dispone de la documentación acreditativa de tales requisitos y que se compromete a efectuar su aportación, a requerimiento de la Universidad de Murcia, en cualquier momento durante la tramitación del proceso selectivo y, al término de este, en el supuesto de resultar adjudicataria de la plaza.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de datos o informaciones incorporados a la declaración responsable, o de la documentación que fuere en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará las consecuencias previstas en la normativa aplicable, constituyendo causa justificativa de exclusión del proceso selectivo. 3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas. 3.8 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona interesada tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Universidad de Murcia de cualquier cambio de dicho domicilio a efectos de notificación. 4.

Relación de participantes Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y comprobado que todas las personas participantes han firmado y registrado en tiempo y forma la solicitud de participación, han abonado las tasas exigidas y declaran bajo su responsabilidad que reúnen todos los requisitos exigidos para su participación en el proceso selectivo, comprometiéndose a acreditarlo documentalmente si fuera requerida para ello en cualquier momento del proceso selectivo, se publicará directamente la relación definitiva de participantes. 5.

Comisiones de Selección 5.1 Las Comisiones estarán formadas por las personas que figuran en anexo II de la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17 del Reglamento regulador.

La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición equilibrada que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.

Se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.

Una vez registrada la solicitud, las personas aspirantes podrán consultar los currículos de los y las integrantes de las comisiones evaluadoras de las plazas a las que concursan, previa identificación con su DNI y el código de la solicitud. 5.2 El n

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.