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Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública por la cual se aprueba la constitución de la bolsa de Trabajo de personal laboral derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos del subgrupo C2, de la categoría de guarda de refugio (Oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019)

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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 084 - 4 / Julio / 2026 > Pág. 36572 a 36577 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 084 - 4 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA Núm. 485604 Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública por la cual se aprueba la constitución de la bolsa de Trabajo de personal laboral derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos del subgrupo C2, de la categoría de guarda de refugio (Oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019) Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Hechos 1.

En fecha 29 de noviembre 2022 el consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías (o Especialidades) de los subgrupos C1, C2 y grupo E/AP derivada de la oferta de ocupación pública extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019 (BOIB núm. 157, de 3 de diciembre).

De acuerdo con el Anexo I de esta Resolución se convocaron catorce (14) plazas de la categoría de guarda de refugio. 2.

El 13 de junio de 2023, se publicó en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Consejo de Mallorca la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, por la cual se aprobaron las listas informativas siguientes del orden de las personas aspirantes de acuerdo con la puntuación alegada en las declaraciones responsables de autobaremación: Anexo I: Lista de todas las personas aspirantes ordenada de acuerdo con la puntuación alegada.

Anexo II: Lista de las personas aspirantes requeridas para acreditar requisitos y méritos (120 % plazas convocadas).

Anexo III: Lista adicional de las personas aspirantes requeridas para acreditar requisitos y méritos. 3.

El 13 de diciembre de 2024, se publicó en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Consejo de Mallorca el Acuerdo del tribunal mediante el cual se estimaron o desestimaron las alegaciones a la lista provisional de méritos, resolución de empates y se aprobó la lista definitiva con las puntuaciones de los méritos de las personas aspirantes de esta categoría/especialidad que fueron, inicialmente, requeridas para acreditar los requisitos y los méritos (Anexo II y III). 4.

En fecha 12 de junio de 2025, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) la Resolución de aprobación del Acuerdo del Tribunal Calificador de día 13 de mayo de 2025, de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo, subgrupo C2, categoría de guarda de refugio del Consejo de Mallorca, de nombramiento como personal laboral fijo y de la adjudicación de puestos de trabajo. 5.

El 15 de enero de 2026, el consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió iniciar los trámites para constituir la bolsa definitiva de esta categoría/especialidad y, en consecuencia, requerir al resto de personas aspirantes de este proceso selectivo para acreditar los requisitos y los méritos alegados en la declaración responsable. 6.

En fecha 29 de junio de 2026 el Tribunal calificador firmó el acuerdo por el cual se envía la lista íntegra de personas aspirantes para formar parte de la bolsa definitiva para nombrar personal laboral temporal derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de la categoría de guarda de refugio, subgrupo C2 (oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019).

En este acuerdo únicamente constan las personas que no fueron nombradas personal laboral fijo del subgrupo C2, categoría/especialidad guarda de refugio del Consejo Insular de Mallorca.

Fundamentos de derecho 1.

Los artículos 8 y 11 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público. 2.

Los artículos 13 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 3.

El Decreto 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears dispone en el artículo 24.2 que “Las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, tienen que prever que las personas que no superen el proceso selectivo, y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas del mismo cuerpo, escala, subescala, clase, especialidad o categoría profesional, convocadas por el sistema de concurso oposición, se tienen que incluir en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal, específicas y preferentes en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones.

En estas bolsas se tienen que integrar los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos”. 4.

La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública por la cual se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías (o especialidades) de los subgrupos C1, C2 y grupo E/AP derivada de la oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019.

En la base 10 de la convocatoria se dispone que “Las personas que no superen el proceso selectivo de las categorías -o especialidades- convocadas y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas de la misma categoría -o especialidad-, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal, específicas y preferentes en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes.

En estas bolsas se tienen que integrar las personas candidatas que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos. (...) El tribunal revisará y baremará los méritos declarados según el procedimiento establecido, y conformará una lista por orden de puntuación.(...) Una vez comprobados los méritos de todas las personas aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos, se tienen que constituir las bolsas de personal laboral temporal de cada categoria -o especialidad- correspondiendo derivadas de esta convocatoria y que quedarán formadas según el mayor número de puntuación obtenida.” 5.

Según el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022, por el cual se acuerda la delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB nº.128, de 1 de octubre de 2022), se delega en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública todas las atribuciones en materia de personal, excepto la aprobación de la relación de puestos de trabajo, la sanción de separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral y la aprobación del número y régimen del personal eventual.

Por todo eso, dicta la siguiente RESOLUCIÓN 1.

Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo de personal laboral temporal, derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos del subgrupo C2, de la categoría/especialidad guarda de refugio derivada de la oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019 con la lista íntegra de las personas aspirantes que figuran ordenadas por orden de prelación de mayor a menor puntuación obtenida en el Anexo I de esta resolución. 2.

Establecer que esta bolsa de trabajo es preferente en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y tendrá una vigencia limitada hasta la creación de nuevas bolsas derivadas del resultado de nuevos procesos selectivos de estas especialidades o categorías. 3.

Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios electrónico del Consejo de Mallorca y en el portal de selección del Consejo de Mallorca.

Interposición de recursos Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

El recurso se puede interponer ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la Sección contenciosa administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, s

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