Resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública por la cual se aprueba la constitución de la bolsa de trabajo por los procedimientos extraordinario y específico de técnico-a grado medio especialidad trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad de trabajador–a social mediante prueba selectiva
Cuerpo no especificado
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 075 - 16 / Junio / 2026 > Pág. 32669 a 32673 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 075 - 16 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA Núm. 436047 Resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública por la cual se aprueba la constitución de la bolsa de trabajo por los procedimientos extraordinario y específico de técnico-a grado medio especialidad trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad de trabajador–a social mediante prueba selectiva Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Hechos 1 .
En fecha 21 de noviembre de 2025 el consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la Administración Especial de la subescala de técnico-a grado medio especialidad trabajador social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad de trabajador–a social mediante prueba selectiva de la categoría/especialidad de trabajador social (BOIB nº. 156, de día 25 de noviembre de 2025). 2 .
En fecha 7 de enero de 2026 el consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la lista provisional de personas admitidas y excluidas de la mencionada convocatoria para constituir la bolsa de trabajo y se concedió un plazo de diez días hábiles contadores a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, para que las personas interesadas pudieran presentar mediante el trámite telemático, las enmiendas, las alegaciones y los documentos adecuados. 3 .
En fecha 2 de febrero de 2026 el consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública resolvió aprobar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de la convocatoria para constituir la bolsa de trabajo, una vez finalizado el plazo establecido para la presentación de enmiendas y revisada por parte del EMAP toda la documentación presentada por parte de las personas interesadas. 4 .
Fecha 11 de mayo de 2026, el órgano de selección acordó aprobar la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes correspondientes a la convocatoria para constituir la mencionada bolsa.
Asimismo, se concedió un plazo de diez días hábiles contadores a partir del día siguiente de la publicación en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, para que las personas interesadas pudieran presentar mediante el trámite telemático, las enmiendas, las alegaciones y los documentos adecuados.
Dado que el trámite electrónico se publicó en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca en fecha 12 de mayo de 2026, el plazo se inició en fecha 13 de mayo y finalizó en fecha 26 de mayo de 2026. 5 .
En sesión de fecha 2 de junio de 2026, el órgano de selección ha elevado la lista definitiva de personas valoradas y ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida según lo que se dispone en el anexo 1 y anexo 2 de esta resolución y que hacen referencia respectivamente a la composición definitiva de la bolsa por el procedimiento extraordinario y a la composición definitiva de la bolsa por el procedimiento específico.
Así también ha informado de que no se han presentado alegaciones dentro del periodo habilitado a tal fin.
Fundamentos de derecho 1 .
Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 2.
Los artículos 10 y 11 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (en adelante TREBEP) El artículo 10.3 del TREBEP establece que la selección de los funcionarios interinos se tiene que hacer mediante procedimientos ágiles que tienen que respetar, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El artículo 11.3 del TREBEP establece que los procedimientos de selección de personal laboral serán públicos rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad, mérito y capacidad. 3 .
El artículo 15.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece idéntica previsión añadiendo los criterios de celeridad y eficiencia.
El artículo 18.2 de la Ley de la función pública dispone que la selección del personal laboral tendrá que respetar los mismos principios y reglas y se rige igualmente por el principio de celeridad. 4 .
El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 78, de 30 de mayo de 2009). 5.
La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2023 para aprobar el Acuerdo de las bases generales que tienen que regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consejo de Mallorca (BOIB nº.167, de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024; BOIB nº. 86, de 5 de julio de 2025).
Según se dispone en la base 3.2.4, son funciones del órgano de selección: “(...) d) Resolver las reclamaciones presentadas por las personas candidatas en el plazo establecido y en la forma correcta. e) Elaborar una lista de todas las personas que forman parte de la bolsa, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida de la suma de la valoración de los méritos y del resultado de la prueba que se establezca si procede. f) Elevar la lista definitiva de personas valoradas y ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida al consejero competente en materia de Función Pública, para que dicte la Resolución por la cual se aprueba la composición definitiva de la bolsa.” En la base 3.10 se dispone que, una vez comprobados los méritos de todas las personas aspirantes y resueltas las alegaciones presentadas y los desempates, si es el caso, el consejero competente en materia de Función Pública dictará una resolución de constitución de la bolsa con puntuaciones definitivas por orden de prelación.
Esta resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca.
Los criterios de desempate son los previstos en la base 3.7.
Dado que en el procedimiento extraordinario mediante una prueba selectiva sólo se pueden presentar y valorar méritos relativos a la acreditación de niveles de conocimientos de lengua catalana superiores a los exigidos para acceder a las diferentes escalas, subescalas, clases, categorías y/o especialidades del Consejo de Mallorca, en la valoración de los desempates no se ha tenido en cuenta el criterio previsto en la letra a) Acreditar más tiempo de servicios prestados como personal funcionario interino o de carrera o como personal laboral en la Administración del Consejo de Mallorca. 6 .
La resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública de fecha 21 de noviembre de 2025 por la cual se aprobó la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la Administración Especial de la subescala de técnico–a grado medio especialidad trabajador social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad de trabajador–a social mediante prueba selectiva (BOIB nº. 156, de día 25 de noviembre de 2025). 7 .
Según el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022, por el cual se acuerda la delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB nº.128, de 1 de octubre de 2022), se delega en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública todas las atribuciones en materia de personal, excepto la aprobación de la relación de puestos de trabajo, la sanción de separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral y la aprobación del número y régimen del personal eventual.
Por todo eso, dicta la siguiente RESOLUCIÓN 1.
Informar de las puntuaciones definitivas de las personas aspirantes, acordadas en sesión de fecha 2 de junio de 2026 del órgano de selección, de la bolsa de trabajo de trabajador–a social, una vez comprobado que no se han presentado alegaciones a la lista provisional de puntuaciones dentro del periodo establecido.
Estas puntuaciones figuran en el Anexo 1. 2.
Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino de la Administración Especial de la subescala de técnico-a grado medio especialidad trabajador-a social y de personal laboral temporal de la categoría/especialidad de trabajador–a social mediante prueba selectiva (BOIB nº. 156, de día 25 de noviembre de 2025) de acuerdo con las puntuaciones definitivas por orden de prelación.
Las bolsas por los procedimientos extraordinario y específico figuran respectivamente en el Anexo 2. 3.
Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca.
Interposición de recursos Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación.