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Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se aprueban la convocatoria y las bases para seleccionar, como personal directivo profesional laboral, un director/a de proyectos de la Unidad Aceleradora de Proyectos Estratégicos de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas

Director/a de proyectos de la Unidad Aceleradora de Proyectos Estratégicos de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas


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AUTONOMICA

BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 089 - 16 / Julio / 2026 > Pág. 39319 a 39345 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 089 - 16 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN Núm. 515741 Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se aprueban la convocatoria y las bases para seleccionar, como personal directivo profesional laboral, un director/a de proyectos de la Unidad Aceleradora de Proyectos Estratégicos de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Antecedentes 1.

El 5 de diciembre de 2025, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears, que tras la correspondiente tramitación parlamentaria ha dado lugar a la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas. 2.

La Ley 4/2026 tiene por objeto, por un lado, establecer medidas de carácter urgente para transformar el modelo económico de las Illes Balears a través de un marco único para los proyectos de promotores privados que sean declarados de especial interés estratégico para la comunidad autónoma de las Illes Balears que implique una tramitación preferente, una agilización, una simplificación administrativa y un acompañamiento a los promotores para favorecer la ejecución de los proyectos.

Por otro, y con la misma finalidad de tramitación preferente, agilización y simplificación, pretende establecer el régimen jurídico para construir, reformar, mejorar o ampliar infraestructuras o equipamientos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de los consejos insulares o del sector público autonómico o insular, sin perjuicio de extender este régimen a algunas infraestructuras o equipamientos públicos municipales. 3.

La Ley 4/2026 regula las inversiones, públicas o privadas, que pueden ser declaradas como proyecto de especial interés estratégico (PEIE) para la comunidad autónoma de las Illes Balears y, en relación con los privados, crea y regula la Comisión Aceleradora de Proyectos Estratégicos (CAPE) como órgano colegiado adscrito a la consejería competente en materia de proyectos de inversión y la Unidad Aceleradora de Proyectos Estratégicos (UAPE), adscrita a la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas (OIE). 4.

El artículo 10 de la citada Ley establece que la UAPE es una unidad de apoyo técnico integrada en la OIE, que deberá trasladar a la CAPE las solicitudes susceptibles de ser declaradas de especial interés estratégico para la comunidad autónoma de las Illes Balears, y como funciones principales le corresponde: a) Captar las inversiones que sean susceptibles de ser declaradas como PEIE. b) Analizar las solicitudes de los proyectos susceptibles de ser declarados de especial interés estratégico. c) Impulsar y coordinar los proyectos declarados de especial interés estratégico para agilizar su tramitación.

Estas funciones incluyen el acompañamiento en la tramitación de los proyectos en los términos establecidos en el artículo 22.1.a). 5.

El artículo 11 de la misma Ley establece que la UAPE debe disponer de directores de proyectos, que deben tener el perfil, la flexibilidad y la disponibilidad que requieren las tareas que corresponden a la Unidad.

Asimismo, dispone que el director general competente en materia de proyectos estratégicos de inversión debe designar a una persona para coordinar la UAPE y distribuir las tareas entre los directores de proyectos y prevé que el desarrollo de las tareas de director de proyectos pueda tener lugar a través de una contratación laboral de personal directivo profesional, en los términos que se establecen. 6.

Por un acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2026 (BOIB n.º 18, de 7 de febrero de 2026), se aprobó la creación de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal directivo profesional de la OIE. 7.

Por un acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2026 se dotaron dos puestos de trabajo de directivos profesionales, uno de director de proyectos y uno de director de proyectos con funciones de coordinador. 8.

El artículo 11.4.i) de la Ley 4/2026 establece que las resoluciones de convocatoria y de resolución de los procedimientos de selección corresponden al consejero competente en materia de proyectos estratégicos. ​​​​​​​ 9.

El modelo de bases de esta convocatoria ha sido objeto de un informe previo de la dirección competente en materia de función pública, de acuerdo con el artículo 11.4.i) de la Ley 4/2026 mencionado.

Fundamentos de derecho 1.

El artículo 14 de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas, que establece la estructura y el personal de la OIE.

Así, dispone que al frente de las unidades en las que se estructure esta Oficina, de acuerdo con la Relación de puestos de trabajo o el instrumento de ordenación específico correspondiente, puede haber personal funcionario en puestos de naturaleza directiva o personal directivo profesional, de acuerdo con lo indicado en el artículo 11, que establece que la UAPE, como unidad de apoyo técnico integrada en la OIE, debe disponer de directores de proyectos y que el desarrollo de las tareas que le corresponden se puede llevar a cabo a través de una contratación laboral de personal directivo profesional, que debe formalizarse mediante una relación laboral especial de alta dirección, y regula el régimen jurídico de este personal directivo profesional. 2.

La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears. 3.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 4.

El Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.4.i) de la Ley 4/2026, dicto la siguiente Resolución 1.

Convocar el proceso selectivo para cubrir el puesto de director/a de proyectos de la Unidad Aceleradora de Proyectos Estratégicos de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas, como personal directivo profesional laboral, por el procedimiento de libre designación. 2.

Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que se publican como anexo 1. 3.

Hacer público que el modelo de solicitud de participación está incluido en el trámite telemático disponible para las personas interesadas en la Sede Electrónica de la CAIB (http://www.caib.es/seucaib) y que también se establece como anexo 2 para los casos en que no se use el trámite telemático, de acuerdo con el apartado 13 de las bases. 4.

Hacer público el modelo de cuestionario de motivación y adecuación al sitio y la información sobre la protección de datos personales, que se establecen como anexos 3 y 4, respectivamente. 5.

Aprobar la concreción de los criterios de valoración previstos en el apartado 6 de las bases, que se establece en el anexo 5 de esta Resolución. 6.

Designar al Comité de Valoración de las Candidaturas previsto en el apartado 15 de las bases, el cual está constituido por las personas que figuran en el anexo 4. 7.

Hacer público que el Comité de Valoración de las Candidaturas cuenta con el asesoramiento y el apoyo de la empresa Teis Consultores, SL, con NIF B57442451, para llevar a cabo el proceso de selección, de acuerdo con lo previsto en el apartado 15 de las bases. 8.

Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. ​​​​​​​ También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. (Firmado electrónicamente: 13 julio de 2026) El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa Documentos adjuntos Documento anexo 1 (458 Kb) Esta versión HTML se muestra sólo a efectos de consulta y carece de validez legal para una versión oficial y auténtica, consulte la versión PDF BOIB Transparència Seu Electrònica Atenció a la ciutadania Contractació pública Protecció de dades Inici Què necessites?

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