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Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del I

Técnico/a medio, especialidad graduado/a social


6

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

A2

Grupo

Descripción y Detalles

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 085 - 7 / Julio / 2026 > Pág. 37208 a 37218 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 085 - 7 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos CONSEJO INSULAR DE MALLORCA INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES Núm. 493402 Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Antecedentes 1.

Por Resolución de la Presidencia del IMAS se aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente al año 2023, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, incluyendo, entre otras, 1 plaza de turno libre derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, subgrupo A2, especialidad graduado/a social (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023). 2.

Por Resolución de la Presidencia del IMAS se aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente al año 2025, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos y de la tasa específica prevista en el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025, incluyendo, entre otras, 2 plazas de turno libre derivadas de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, 2 plazas de turno libre derivadas de la tasa específica y 1 plaza de promoción interna derivada de la tasa específica, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, subgrupo A2, especialidad graduado/a social (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).

En total hay 6 plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, subgrupo A2, especialidad graduado/a social, de las cuales 5 corresponden al turno libre y 1 al turno de promoción interna vertical, que es procedente convocar. 3.

Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, así como las ofertas de empleo público derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024), la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025) y la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026). 4.

En fecha 1 de marzo de 2026, el Director gerente emitió el informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales. 5.

En fecha 9 de marzo de 2026, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales. 6.

En fecha 2 de abril de 2026, la responsable del Servicio de Gestión Económica del IMAS emitió informe económico en el que se establece que la propuesta de resolución cumple los principios de estabilidad presupuestaria. 7.

En fecha 8 de mayo de 2026, la Coordinación de los Servicios de Selección y Provisión del IMAS emitió informe jurídico favorable, al haberse seguido el procedimiento legalmente establecido y adecuarse la propuesta de resolución a la normativa vigente. 8.

En fecha 15 de junio de 2026, la Intervención General del Consejo de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.

Fundamentos de derecho 1.

El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario correspondiente al año 2023, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023), y la Oferta de Empleo Público de personal funcionario correspondiente al año 2025, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos y de la tasa específica prevista en el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025 (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025). 2.

De conformidad con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como con lo previsto en dicho Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.

El artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario.

En virtud de dicha atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, tiene carácter básico de conformidad con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

De acuerdo con el artículo 3 del citado Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, los procedimientos de selección se regirán por las bases de la convocatoria aprobadas por el órgano competente de la corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios.

El artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los principios informadores del acceso a la función pública, y el artículo 49 de la misma norma determina el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), vinculando sus bases a la Administración, a los órganos de selección y a las personas participantes. 3.

Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, y las ofertas de empleo público derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025).

Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que tiene que regir de forma uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, el turno de reserva para personas con discapacidad y el turno de promoción interna, sin perjuicio de las especificidades derivadas de las características de las diferentes escalas , subescalas , clases y categorías o especialidades, que deberán recogerse en las bases específicas de cada convocatoria. 4.

La Disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica del Consejo de Mallorca y de los organismos que dependen del mismo, modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 10 de abril de 2025 (BOIB n.º 76, de 17 de junio de 2025), regula la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos en los procesos selectivos. 5.

De conformidad con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca el día 11 de abril

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