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BOIB · 29 oct 2026

Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para el personal funcionario de los cuerpos docentes incluidos en la Ley Orgánica de Educación

Esta convocatoria es de provisión de puestos entre personal que ya trabaja en la administración (traslados, libre designación), no de acceso al empleo público.

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
26 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaIslas Baleares

Plazo hasta el 26 nov

Publicada el 29 octCierra el 26 nov

Resumen del boletín

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 138 - 29 / Octubre / 2026 > Pág. 60281 a 60359 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 138 - 29 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

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Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES Núm. 794645 Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para el personal funcionario de los cuerpos docentes incluidos en la Ley Orgánica de Educación Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en su disposición adicional sexta, apartado 1, determina que, entre otros, es base del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes la provisión de puestos de trabajo mediante concursos de traslados de ámbito estatal.

El apartado 3 de la misma disposición establece la obligación de las administraciones educativas de convocar periódicamente concursos de traslados de ámbito estatal para proveer plazas vacantes que se determinen, en los centros docentes de enseñanza dependientes de estas administraciones, así como para garantizar la posible concurrencia del personal funcionario de su ámbito de gestión a plazas de otras administraciones educativas y, si procede, la adjudicación de plazas que resulten del concurso.

En este concurso, pueden participar todos los funcionarios públicos docentes, sea cual sea la administración educativa de la cual dependen o por la cual han ingresado, siempre que cumplan los requisitos generales y los específicos que, de acuerdo con las respectivas plantillas o relaciones de puestos de trabajo, establecen estas convocatorias.

El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado pelo Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes previstos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en su artículo 7, que con carácter bienal las Administraciones educativas convocarán concursos de traslados de ámbito estatal, a los efectos de proceder a la provisión de las plazas o puestos vacantes que determinen.

Celebrados los últimos concursos de ámbito estatal en el curso 2024/2025, se procede a convocar nuevamente durante el curso 2026/2027 los concursos de traslados de acuerdo con lo que dispone este Real Decreto.

Así mismo, el artículo 87 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, establece que los puestos de trabajo docentes de los centros públicos, de las zonas y de los servicios educativos se tienen que proveer por personal funcionario de carrera mediante concursos de traslados ordinarios o específicos.

Este concurso se rige por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública; por el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 677/2024, de 16 de julio y por la Orden EFD/1041/2026, de 30 de septiembre, por la cual se establecen las normas procedimentales aplicables en los concursos de traslados de ámbito estatal, que se deben convocar durante el curso 2026/2027, para el personal funcionario de los cuerpos docentes incluidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades, entre otras competencias, la ordenación y la gestión del personal docente.

Finalmente, mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en el director general de Personal Docente y Centros Concertados (BOIB núm. 105, de 22 de agosto), se delega en la persona titular de la dirección general en materia de personal docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo, establecer las bases y nombrar a los miembros de los órganos de valoración.

No obstante lo anterior, la directora general de Personal Docente y Centros Concertados, funcionaria docente de carrera, ha manifestado su voluntad de participar en este procedimiento, con lo cual se ha abstenido de intervenir, de acuerdo con el artículo 23.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y con el artículo 53.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

Por eso, esta Resolución se dicta por suplencia, en los términos que prevé la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se acepta la abstención de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el concurso de traslados de ámbito estatal del personal funcionario de los cuerpos docentes para el curso 2026-2027.

Por todo esto, y con el acuerdo de la Mesa Sectorial de Educación, dicto la siguiente Resolución 1.

Convocar el concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de plazas vacantes entre personal funcionario docente de los cuerpos de: — Catedráticos de enseñanza secundaria — Profesores de enseñanza secundaria — Profesores técnicos de formación profesional (cuerpo a extinguir) — Catedráticos de música y artes escénicas — Profesores de música y artes escénicas — Catedráticos de artes plásticas y diseño — Profesores de artes plásticas y diseño — Maestros de taller de artes plásticas y diseño — Catedráticos de escuelas oficiales de idiomas — Profesores de escuelas oficiales de idiomas — Maestros — Profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional 2.

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, las cuales se especifican en el anexo 1. 3.

Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al día en que se haga pública esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. (Firmado electrónicamente: 26 de octubre de 2026) El secretario general Bartolomé Riera Tarongí Por delegación del consejero de Educación y Universidades (BOIB núm. 19, de 08/02/2024) Por suplencia de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados (BOIB núm. 68, de 29/05/2025) ANEXO 1 Bases de la convocatoria Primera.

Normativa Este concurso de traslados se rige por la normativa siguiente: 1.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre). 2.

La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo). 3.

La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública (BOE núm. 185, de 3 de agosto), modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio (BOE núm.181, de 29 de julio). 4.

La Ley 3/1986, de 19 de abril, de normalización lingüística en las Illes Balears (BOCAIB núm. 15, de 20 de mayo, y BOE núm. 169, de 16 de julio). 5.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE núm. 78, de 1 de abril). 6.

El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (BOE núm. 261, de 31 de octubre). 7.

El Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, por el cual se adscribe el profesorado de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y de profesores técnicos de formación profesional a las especialidades propias de la formación profesional específica (BOE núm. 242, de 10 de octubre), con sus modificaciones posteriores. 8.

El Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el cual se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes al exterior (BOE núm. 262, de 1 de noviembre). 9.

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere l

Boletín
BOIB
Publicado
29 oct 2026

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