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BOIB · 29 oct 2026

Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de plazas vacantes en los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de educación

inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación

Esta convocatoria es de provisión de puestos entre personal que ya trabaja en la administración (traslados, libre designación), no de acceso al empleo público.

Plazas
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Fecha límite
Sin confirmar
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaIslas Baleares

El boletín no fija la fecha límite

Publicada el 29 octConsulta la convocatoria oficial

Resumen del boletín

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 138 - 29 / Octubre / 2026 > Pág. 60252 a 60280 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 138 - 29 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

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Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES Núm. 794144 Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de plazas vacantes en los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de educación Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en su disposición adicional sexta, apartado 1, determina que, entre otros, es base del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes la provisión de puestos de trabajo mediante concursos de traslados de ámbito estatal.

El apartado 3 de la misma disposición establece la obligación de las administraciones educativas de convocar periódicamente concursos de traslados de ámbito estatal para proveer las plazas vacantes que se determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de este administraciones, así como para garantizar la posible concurrencia del personal funcionario de su ámbito de gestión a plazas otras administraciones educativas y, si procede, la adjudicación de plazas que resulten del mismo concurso.

En este concurso, pueden participar todos los funcionarios públicos docentes, sea cual sea la administración educativa de la cual dependan o por la cual han ingresado, siempre que cumplan los requisitos generales y los específicos que, de acuerdo con las respectivas plantillas o relaciones de puestos de trabajo, establecen estas convocatorias.

El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre el personal funcionario de los cuerpos docentes incluidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en su artículo 7 que, con carácter bienal, las Administraciones educativas convocarán concursos de traslados de ámbito estatal a los efectos de proceder a la provisión de las plazas o puestos vacantes que determinen.

Celebrados los últimos concursos de ámbito estatal durante el curso 2024/2025, se procede a convocar nuevamente durante el curso 2026/2027 los concursos de traslados de acuerdo con lo que dispone este Real Decreto.

Asimismo, el artículo 87 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, establece que los puestos de trabajo docentes de los centros públicos, de las zonas y de los servicios educativos se tienen que proveer por personal funcionario de carrera mediante concursos de traslados ordinarios o específicos.

Este concurso se rige por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública; por el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 677/2024, de 16 de julio y por la Orden EFD/1041/2026, de 30 de septiembre, por la cual se establecen las normas procedimentales aplicables en los concursos de traslados de ámbito estatal, que se deben convocar durante el curso 2026/2027, para el personal funcionario de los cuerpos docentes incluidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades, entre otras competencias, la ordenación y la gestión del personal docente.

Finalmente, mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en el director general de Personal Docente y Centros Concertados (BOIB núm. 105, de 22 de agosto), se delega en la persona titular de la dirección general en materia de personal docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo, establecer las bases y nombrar a los miembros de los órganos de valoración.

No obstante lo anterior, la directora general de Personal Docente y Centros Concertados, funcionaria docente de carrera, ha manifestado su voluntad de participar en este procedimiento, con lo cual se ha abstenido de intervenir, de acuerdo con el artículo 23.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y con el artículo 53.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

Por eso, esta Resolución se dicta por suplencia, en los términos que prevé la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se acepta la abstención de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el concurso de traslados de ámbito estatal del personal funcionario de los cuerpos docentes para el curso 2026-2027.

Por todo esto, y con el acuerdo de la Mesa Sectorial de Educación, dicto la siguiente: Resolución 1.

Convocar concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de plazas vacantes entre personal funcionario de los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación. 2.

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que se especifican en el anexo 1 de esta Resolución. 3.

Publicar este Resolución y los anexos 1, 2, 3 y 4 en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a el día en que se haga pública esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. (Firmado electrónicamente: 26 de octubre de 2026) El secretario general Bartolomé Riera Tarongí ANEXO 1 Bases de la convocatoria Primera.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

Este concurso de traslados se rige por la normativa siguiente: 2.

La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo). 3.

La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE núm. 185, de 3 de agosto), modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio (BOE núm.181, de 29 de julio). 4.

La Ley 3/1986, de 19 de abril, de normalización lingüística en las Illes Balears (BOCAIB núm. 15, de 20 de mayo, y BOE núm. 169, de 16 de julio). 5.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE núm. 261, de 31 de octubre). 6.

El Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el cual se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo del cuerpo de inspectores de educación y la integración de los actuales inspectores (BOE núm. 312, de 30 de diciembre), modificado por el Real Decreto 1573/1996, de 28 de junio (BOE núm. 157, de 29 de junio). 7.

El Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el cual se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior (BOE núm. 262, de 1 de noviembre). 8.

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la ley mencionada (BOE núm. 53, de 2 de marzo); modificado por los Reales Decretos 48/2010, de 22 de enero, 84/2018, de 23 de febrero, y 800/2022, de 4 de octubre. 9.

El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes que prevé la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas que debe cubrir este personal (BOE núm. 263, de 30 de octubre), modificado por el Real Decreto

Boletín
BOIB
Publicado
29 oct 2026

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