Resolución de aprobación de la convocatoria de comisión de servicios CS 98/2026 de jefe/a de sección de Selección y Ocupación Temporal del Área de Gerencia del IMAS
JEFE/A DE SECCIÓN DE SELECCIÓN Y OCUPACIÓN TEMPORAL
1
Plazas
24/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Islas Baleares
A1
Grupo
Descripción y Detalles
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 115 - 15 / Septiembre / 2026 > Pág. 50634 a 50642 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 115 - 15 / Septiembre / 2026 Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos CONSEJO INSULAR DE MALLORCA INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES Núm. 660364 Resolución de aprobación de la convocatoria de comisión de servicios CS 98/2026 de jefe/a de sección de Selección y Ocupación Temporal del Área de Gerencia del IMAS Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES GERENCIA/DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS CS1 CONVOCATORIA: CS 98/2026 1.
DATOS DE LA PROPUESTA INICIAL Fecha Órgano Expediente 15/06/2026 IMAS/GERENCIA 261663675143107 2.
NORMATIVA REGULADORA DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS 1.El artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears en el cual se regula la ocupación de puestos de trabajo en comisión de servicios. 2.
La Instrucción 1/2021, del presidente del IMAS, de 29 de enero, de establecimiento de los criterios generales para la ocupación temporal de puestos de trabajo del IMAS por medio de comisiones de servicio.
Por ello, y al amparo de la competencia que me atribuye el artículo 7.17 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019). 3.
APROBAR LA CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER VOLUNTARIO POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO SIGUIENTES: PUESTO 1 IMAS/GERENCIA SERVICIO DE SELECCIÓN Y PROVISIÓN II Puesto de trabajo F0053002B - 1 JEFE/A DE SECCIÓN DE SELECCIÓN Y OCUPACIÓN TEMPORAL Destino PALMA NL 1 TL S CD 25 CE 39 FP C Adm.
A1,A2 TH 09 Escala AG - TÉCNICA - TÉCNICO-A SUPERIOR/-- AG – GESTIÓN – TÉCNICO-A DE GRADO MEDIO/-- AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A SUPERIOR/-- AE – TÉCNICA – TÉCNICO-A MEDIO/-- Requisitos LICENCIATURA O GRADO EN DERECHO O LICENCIATURA EN CIENCIAS DEL TRABAJO O GRADO EN CIENCIAS DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS O DIPLOMATURA EN RELACIONES LABORALES O GRADO EN RELACIONES LABORALES Y 1 AÑO DE EXPERIENCIA EN EL MISMO GRUPO EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y CARNET DE CONDUCIR B Catalán C1 Observaciones VEF *Podéis consultar las características del puesto de trabajo en el Portal del Personal en el apartado de Relación de puestos de trabajo.
Funciones del puesto de trabajo a) Dirigir, coordinar y supervisar los puestos de trabajo adscritos a la sección y colaborar con el jefe o jefa del Servicio de Selección y provisión en el cumplimiento de las funciones. b) Conocer y aplicar la normativa vigente que afecte a los asuntos de la sección. c) Ejecutar las directrices del servicio y del departamento en relación a las convocatorias para la creación de bolsas de trabajo. d) Coordinar y supervisar la tramitación administrativa y técnica de la creación de bolsas de trabajo para la cobertura de personal funcionario interino o personal laboral temporal, y de los procedimientos selectivos del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares. e) Supervisar la documentación de los correspondientes procesos selectivos para su publicación en los boletines oficiales y en la sede electrónica del IMAS y/o del Consell de Mallorca. f) Asistir a los órganos de selección en los diferentes procesos selectivos. g) Cualquier otra que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre los que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción.
APROBAR EL ANEXO 1 DE LA MENCIONADA CONVOCATORIA.
PUBLICAR ESTA RESOLUCIÓN Y SU ANEXO EN EL TABLÓN DE EDICTOS DEL IMAS, EN EL RESTO DE SUS CENTROS, EN EL PORTAL DEL PERSONAL DEL IMAS, EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL CONSELL INSULAR DE MALLORCA Y EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LES ILLES BALEARS.
Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (8 de septiembre de 2026) El consejero ejecutiv o de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre en la fecha de la firma electrónica del documento (9 de septiembre de 2026) La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo (BOIB núm 86, de 1 de julio de 2021) ANEXO 1 CS- 98/2026 BASES DE LA CONVOCATORIA 1.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES A esta convocatoria se puede presentar el personal funcionario de carrera del IMAS, del Consejo de Mallorca, otras administraciones locales y administraciones autonómicas, en situación administrativa de servicio activo, que reúna los requisitos exigidos referentes a grupo, escala, subescala, clase, especialidad, conocimientos de lengua catalana y otros requisitos del puesto de trabajo, especificados en la convocatoria. 2.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo para presentar solicitudes será de siete días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
El modelo de solicitud oficial se adjunta como anexo de esta instrucción.
La solicitud se tiene que presentar telemáticamente de conformidad con la Disposición adicional primera de la Ordenanza por la cual se regula la administración electrónica del Consejo Insular de Mallorca y los organismos que de el dependen (BOIB n.º 69, de 16 de mayo de 2013; BOIB n.º 122, de 17 de septiembre de 2022; BOIB n.º 76, de 17 de junio de 2025), las personas aspirantes están obligadas a relacionarse con el IMAS telemáticamente en todas las fases del procedimiento, desde la presentación de solicitudes de participación hasta la elección de destino, incluidas las reclamaciones y los recursos administrativos que se puedan interponer, salvo los supuestos expresamente previstos.
El deber de relacionarse con el IMAS por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.
La solicitud para participar en el procedimiento de la comisión de servicios se puede tramitar accediendo en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca, Ciudadanía, tipo de actuaciones, Recursos Humanos, Comisión de Servicios CS 98/2026, Solicitud de participación en la comisión de servicios, trámite electrónico, o directamente mediante el siguiente el enlace https://imas.secimallorca.net/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13419 No se tomarán en consideración las solicitudes de las personas aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos para acceder al puesto de trabajo solicitado y, por lo tanto, en este caso, no se procederá a la valoración de los méritos alegados. 3.
BAREMO DE MÉRITOS La propuesta de nombramiento se hará a favor de la persona aspirante que obtenga más puntuación según el baremo de méritos siguiente: 3.1.
Antigüedad y valoración de los servicios prestados como personal funcionario a la Administración pública en la misma especialidad o categoría del lugar objeto de la convocatoria La antigüedad y los servicios prestados en la especialidad o categoría del puesto objeto de la convocatoria se valorarán, a razón de 0'04 puntos por mes trabajado, de la siguiente manera: En el supuesto de que el puesto de trabajo convocado no tenga especialidad, se valorará la antigüedad reconocida como personal funcionario a la Administración pública, hasta un máximo de 12 puntos En el supuesto de que el puesto de trabajo convocado tenga especialidad, se valorará la antigüedad reconocida como personal funcionario a la Administración pública, hasta un máximo de 8 puntos, y se valorarán los servicios prestados como personal funcionario en la Administración pública en la misma especialidad o categoría del puesto objeto de la convocatoria, hasta un máximo de 4 puntos.
En las fracciones inferiores a un mes, cada 30 días tendrá la consideración de un mes, las inferiores a 15 días no se tendrán en cuenta.
Así mismo, se valorarán los servicios prestados en una categoría laboral equivalente al homólogo funcionarial. 3.2.
Estudios académicos Las titulaciones académicas se valorarán siempre que: - Estén directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo. - Correspondan a formación reglada de carácter oficial con validez en todo el territorio nacional. - Sean de nivel igual o superior a la utilizada como requisito para participar en la convocatoria.
La valoración como mérito de un título implicará que no se valoren aquellos de nivel inferior necesarios para obtenerlo.
En el supuesto de que el puesto de trabajo esté adscrito a un cuerpo o escala del subgrupo A1 o de los subgrupos A1 y A2, se tienen que valorar, de acuerdo con la puntuación indicada, a partir de la segunda titulación universitaria de nivel igual o superior que se posea.
La valoración máxima de este apartado es de 6,5 puntos de acuerdo con el desglose siguiente: 3.2.1.
Estudios académicos oficiales - Por cada título de doctor/a: 4 puntos. - Por cada título de máster oficial: 3,5 puntos. - Por cada titulación de grado, segundo ciclo universitario, licenciatura, arquitectura o ingeniería: 3 puntos. - Por cada titulación académica de diplomatura universitaria, arquitectu