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Convocatoria de la provisión por movilidad para cubrir dos plazas vacantes de la categoría de Policía del cuerpo de la Policía Local de Manacor, personal funcionario de carrera

Policía Local


2

Plazas

14/10/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 115 - 15 / Septiembre / 2026 > Pág. 50646 a 50663 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 115 - 15 / Septiembre / 2026 Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE MANACOR Núm. 668630 Convocatoria de la provisión por movilidad para cubrir dos plazas vacantes de la categoría de Policía del cuerpo de la Policía Local de Manacor, personal funcionario de carrera Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Por Decreto de Alcaldía núm. 2026-4603, de 7 de septiembre de 2026, se ha resuelto lo siguiente: « Primero.

Aprobar la convocatoria para cubrir, como personal funcionario de carrera, de administración especial, dos plazas vacantes de la categoría de Policía, administración especial, subescala básica, grupo C1, las cuales se deben proveer mediante proceso de movilidad y sistema de concurso de méritos.

Aprobar las bases específicas que deben regir esta convocatoria, las cuales se adjuntan como anexo de esta resolución.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor.

Cuarto.- Comunicar la publicación de la convocatoria a la Junta de Personal para su conocimiento.

Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación, en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 8.1, 25, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente al de la desestimación presunta.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente» Manacor, 11 de septiembre de 2026 La 2ª. teniente de Alcaldía y delegada genérica del área de Recursos Humanos y Turismo (Decreto 2026-0903, de 16/02/2026.

BOIB núm. 24, de 21 de febrero de 2026) Antònia Llodrà Brunet Bases de la convocatoria de la provisión por movilidad para cubrir dos plazas vacantes de la categoría de Policía del cuerpo de la Policía Local de Manacor, personal funcionario de carrera Primera.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.

El objeto de la convocatoria es la provisión por movilidad de dos plazas entre el personal funcionario de carrera de los cuerpos de policía local de la categoría de policía.

El objeto de estas bases es regular el procedimiento de convocatoria de la provisión por movilidad de las plazas reseñadas.

Esta provisión se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos. 2.

Estas plazas se encuentran vacantes de acuerdo con lo dispuesto en la Plantilla del Ayuntamiento de Manacor para el año 2026, y están incluidas en la Oferta pública de empleo de 2026 (BOIB 17 de 5 de febrero de 2026). 3.

Las características de las plazas objeto de la convocatoria son las siguientes: Escala: Administración especial - Subescala: Servicios especiales.

Escala básica del cuerpo de Policía Local Grupo C Subgrupo: C1 Categoría: policía Número plantilla y características: * Turno por la noche Unidad Central de Manacor 1.1.45.26 * Turno por la noche Unidad Central de Manacor 1.1.46.56 Las plazas reservadas que no se cubran por falta de solicitante o porque sean declaradas desiertas, se tienen que acumular a las de oposición.

NORMATIVA APLICABLE En el presente procedimiento se aplicarán las prescripciones contenidas en estas bases, y en aquello no previsto, se aplicará lo que disponga en las bases generales de convocatorias de procesos de selección del Ayuntamiento de Manacor (BOIB 163 de 29 de noviembre de 2014); a la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, en su redacción vigente; al Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares, en su redacción vigente; al Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; a la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en su redacción vigente; al Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares; a la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los cuales se tienen que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado, de forma supletoria.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES 1.

Las personas aspirantes tendrán que reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los requisitos siguientes: a) Poseer el título académico o equivalente para el grupo al cual pertenece la plaza convocada de acuerdo con la ley básica del Estado. b) Tener la condición de funcionario de carrera en alguno de los cuerpos de policía local de las Islas Baleares o en las plantillas de los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local y no encontrarse en la situación administrativa de suspensión de funciones. c) Haber estado como mínimo tres años en situación de servicio activo en la misma categoría como funcionario de carrera en el ayuntamiento de procedencia. d) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de edad. e) No sufrir ninguna enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o mengüe el desarrollo correcto de las funciones.

A tal efecto se tiene que presentar un certificado médico que acredite la aptitud para desarrollar las funciones propias de la categoría a la cual se accede.

Así mismo esta aptitud podrá ser comprobada por parte de los servicios médicos que el Ayuntamiento determine. f) No haber sido separado/da del servicio de la Administración local, autonómica o estatal ni estar inhabilitado/da para el ejercicio de la función pública. g) No tener antecedentes penales por delitos dolosos. h) Comprometerse a llevar armas y, si procede, a utilizarlas, mediante una declaración jurada. i) Poseer los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor. j) Tener los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al certificado de nivel B2, de acuerdo con el que dispone el Decreto 11/207.

Para la acreditación de este conocimiento se admitirán los certificados reconocidos por la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, y la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.

También se admitirán los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), o bien los certificados expedidos u homologados por la conserjería competente. k) Haber abonado la tasa para optar a pruebas de selección de personal.

Las personas aspirantes tienen que reunir los requisitos establecidos en estas bases a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

No pueden participar los funcionarios de carrera que se encuentren en una situación administrativa diferente a la de servicio activo o servicios especiales.

FORMA Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 1.

Las solicitudes, dirigidas a la Alcaldía, se tienen que ajustar al modelo normalizado de solicitud (Anexo I) 2.

Las solicitudes se presentarán al Registro del Ayuntamiento a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Para presentar la solicitud electrónicamente se tiene que hacer a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor, dentro del «Catálogo de trámites», seleccionar la materia «recursos humanos», y «Solicitud para selecciones de Personal y Provisiones de Puestos de trabajo» y se

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