Resolución de Alcaldía núm. 1886/2026, de fecha 29 de junio de 2026, del Ayuntamiento de Santa Margalida, por la cual se aprueban las bases, la convocatoria y la aplicación de la tramitación de urgencia del proceso selectivo por el sistema de concurso, para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de agentes de policía local del Ayuntamiento de Santa Margalida
Cuerpo no especificado
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 083 - 2 / Julio / 2026 > Pág. 36261 a 36266 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 083 - 2 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA Núm. 480753 Resolución de Alcaldía núm. 1886/2026, de fecha 29 de junio de 2026, del Ayuntamiento de Santa Margalida, por la cual se aprueban las bases, la convocatoria y la aplicación de la tramitación de urgencia del proceso selectivo por el sistema de concurso, para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de agentes de policía local del Ayuntamiento de Santa Margalida Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 1886/2026 de fecha 29 de junio de 2026, las bases, la convocatoria y la aplicación de la tramitación de urgencia del proceso selectivo por el sistema de concurso, para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de agentes de policía local del Ayuntamiento de Santa Margalida, se informa que el plazo de presentación de solicitudes es de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Santa Margalida, en la fecha de firma electrónica (29 de junio de 2026) El alcalde (Martí Àngel Torres Valls) Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria: 1.1.
BASES ESPECÍFICAS DE CONCURSO BOLSA POLICÍA LOCAL 1.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de esta convocatoria es regular el procedimiento de concurso para constituir una bolsa de trabajo de carácter urgente de la categoría de policía local como personal funcionario interino, para cubrir plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura mediante personal funcionario de carrera, así como para sustituir de forma transitoria al personal titular de las plazas que conforman la plantilla municipal y que tengan reserva de plaza.
Dado que la convocatoria tiene la finalidad de cubrir necesidades de servicio urgente e inaplazables, es de aplicación a dicho proceso la tramitación de urgencia, dadas las razones de interés público mencionadas, reduciendo a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario.
Las personas aspirantes deben seleccionarse mediante el sistema de concurso que consistirá en la valoración de los méritos que se detallan en la normativa de coordinación.
Características de las plazas a ocupar: 1.
Denominación de la plaza: policía local (subgrupo C1) 2.
Nivel de titulación académica: título de Bachiller o títulos oficialmente equivalentes 3.
Nombramiento temporal como personal funcionario interino 4.
Funciones a desarrollar: las propias de su categoría profesional 5.
Complemento de destino → 16; 6.128,22 € (14 pagas) 6.
Complemento específico → 20.620,60 € (14 pagas) 2.
NORMATIVA APLICABLE Este proceso selectivo se regirá por las prescripciones contenidas en estas Bases específicas y, en lo que no se prevea, por la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre con las modificaciones previstas en el Decreto ley 26/2020; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares; ambos modificados por el Decreto Ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares (BOIB núm. 92, de 10 de julio de 2021); el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público; la Ley 3/2007, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y demás normativa que le sea de aplicación. 3.
REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES 3.1 Los requisitos para participar en esta convocatoria son: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener dieciocho años cumplidos. c) Tener el título de bachillerato, técnico, o equivalentes, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitud.
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, se tiene que presentar la homologación correspondiente del ministerio competente enmateria de educación. d) No padecer ninguna enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o merme el correcto desarrollo de las funciones, en relación con el cuadro de las exclusiones que determina el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de los policías locales de las Islas Baleares. e) No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para ejercer la función pública. f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos. g) Tener los permisos de conducir A2 y B en vigor. h) Comprometerse mediante declaración expresa a llevar armas y, en su caso, utilizarlas, mediante una declaración jurada. i) Acreditar disponer del curso básico de capacitación de policías locales de l'Escola Balear d'Administració Pública, debidamente actualizado. j) Acreditar el nivel B2 de conocimientos de la lengua catalana.
Los certificados han de ser los expedidos por l'Escola Balear d'Administració Pública o los expedidos u homologados por el órgano competente del Govern de les Illes Balears, o los reconocidos como equivalentes de acuerdo con l'Ordre del conseller d'Educació, Cultura i Universitats de 21 de febrero de 2013 por el cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Direcció General de Cultura i Joventut (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013). 3.2 Antes de la toma de posesión, la persona interesada tendrá que manifestar que no ejerce ningún lugar o actividad en el sector público de los que delimita la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, y que no recibe pensión de jubilación, retiro u orfandad.
Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo tendrá que declarar en el término de diez días naturales contando a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad. 3.3 Las personas aspirantes tendrán que cumplir los requisitos establecidos en estas Bases en la fecha de finalización del término de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.
En este sentido, se pueden efectuar las comprobaciones oportunas durante todo el proceso.
Si una vez que se haya tomado posesión de la vacante se dan una o diversas causas de exclusión se podrá revocar el nombramiento.
Si en cualquier momento del proceso selectivo, el tribunal calificador tuviese conocimiento que alguna persona aspirante no cumple uno o diversos de los requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, tendrá que proponer su exclusión al órgano convocante, y le comunicará, a los efectos oportunos, las inexactitudes o falsedades consignadas en la solicitud de admisión. 4.
DERECHOS PRUEBAS SELECCIÓN PERSONAL La tasa para participar en las pruebas de selección de personal tiene un importe de 15,00 euros, que tendrán que abonarse en el plazo de admisión de solicitudes (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para optar a pruebas de selección de personal BOIB 129, de 25/09/2014).
Pagar los derechos de participación en el proceso no supone en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud a la Administración dentro del plazo establecido.
No procederá la devolución del importe íntegro satisfecho en concepto de tasa en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a las personas interesadas.
No obstante, se devolverá la tasa cuando la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice por causas no imputables al sujeto pasivo.
El pago de la tasa se realizará en las siguientes cuentas y en el concepto debe constar: APELLIDOS DEL ASPIRANTE + BOLSAPL26 ES37 0061 0098 6100 2286 0187 BCA MARCH (BIC BMARES2MXXX) ES38 2100 0107 1402 0000 1164 CAIXABANK (BIC CAIXESBBXXX) ES91 0049 3186 5819 1000 2890 BANC SANTANDER (BIC BSCHESMM) 5.
ANUNCIOS La convocatoria de esta bolsa se publicará en el BOIB y los sucesivos anuncios relativos al proceso de selección se publicarán sólo en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal https://ajsantamargalida.sedelectronica.es/info.3 y en el Portal de Transparència de la web corporativa https://ajsantamargalida.sedelectronica.es/transparency/07551c10-a60a-4076-adc7-cef45281238a/ 6.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN 6.1 Presentación de solicitudes Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente de que se publique esta convocatoria en el BOIB y deben dirigirse al Área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Santa Margalida.
Si el último día de presentación fuese un sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.
También se pueden presentar mediante las demás formas previstas por el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 6.2 Presentación de requisitos y méritos Además de los datos de carácter personal y profesional que deben constar en la solicitud, las personas interesadas deben presentar la documentación que se señala a continuación: a) Fotoc