Bases para la provisión de 4 plazas de Agente de la Policía Local, por movilidad.
Agente de la Policía Local
4
Plazas
15/09/2026
Fecha Límite
Local
Murcia
C1
Grupo
Descripción y Detalles
Águilas
📄 Contenido del documento
Administración Local Águilas 4108 Bases para la provisión de 4 plazas de Agente de la Policía Local, por movilidad.
Pe 4907/2026 Por Decreto del Sr.
Teniente de Alcalde Delegado de Personal, Hacienda, Desarrollo Económico, Formación y Movilidad, de fecha 10 de agosto de 2026, núm. 2026-2626, se han aprobado las Bases que regularán el proceso selectivo para la provisión en propiedad, de cuatro plazas de Agente de la Policía Local, por el sistema de movilidad: Bases específicas para la provisión en propiedad de cuatro plazas de Agente de la Policía Local de Águilas, vacantes en la plantilla e incluidas en la oferta de empleo público de 2026, por turno de movilidad y mediante el sistema de concurso de méritos Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.1.- Es objeto de esta convocatoria en aplicación de lo establecido en el artículo 41 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la provisión por movilidad, mediante concurso de méritos general entre los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de la Región de Murcia, de 4 plazas de Agente vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Águilas, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2026, con las siguientes características: Grupo: C, Subgrupo C1 (según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la Disposición Transitoria Tercera del mismo).
Escala: Administración Especial (Escala Básica, según artículo 22 de la Ley 6/2019, de 4 de abril).
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Policía Local.
Categoría: Agente (artículo 22 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia).
Las plazas están dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1, y con las complementarias que figuran en el Presupuesto Municipal, correspondiéndoles las siguientes: Nivel de complemento de destino: 22.
Complemento Específico: 1.202,75 €/mes Sistema de acceso: Movilidad (artículo 41 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia). 1.2.- En caso de no cubrirse las plazas objeto de esta convocatoria, se sumarán a las plazas correspondientes en la siguiente Oferta de Empleo Público. 1.3.- El sistema escogido por el Ayuntamiento de Águilas para cubrir estas plazas de Agente de la Policía Local es por movilidad, de conformidad con lo indicado en el artículo 41 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 1.4.- El proceso se ajustará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Segunda.- Publicación de la convocatoria y bases.
La convocatoria y las presentes Bases se publicarán íntegras en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y un extracto de la primera en el Boletín Oficial del Estado.
El resto de comunicaciones correspondientes a la convocatoria y los actos del Tribunal en el proceso selectivo, se expondrán en el Tablón de Anuncios y en la página web municipal.
Tercera.- Requisitos y condiciones de participación en la convocatoria.
Podrán concursar a las plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Águilas de la presente convocatoria, quienes reúnan los siguientes requisitos: A) Tener la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Local de cualquiera de los municipios de la Región, en la categoría de Agente.
B) Haber permanecido un mínimo de cuatro años en situación de servicio activo en la categoría de Agente como personal funcionario de carrera en el Ayuntamiento de procedencia.
C) Los funcionarios con destino definitivo solo podrán participar en la convocatoria cuando, a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido de forma definitiva, salvo cese por remoción o supresión del puesto.
D) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
E) Reunir todos los requisitos señalados en la RPT para desarrollar las tareas y funciones que tienen encomendadas un Agente de Policía Local en el municipio de Águilas y que figura en el Anexo I de las presentes bases.
Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Cuarta.- Solicitudes, forma y plazo de presentación. 4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el concurso de méritos, cuyo modelo figura como Anexo II a las presentes bases, serán dirigidas al Sr.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Águilas, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En caso de no presentar la solicitud en el Registro de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Águilas, o en sede electrónica, deberá anunciarse la presentación por cualquier otro medio en el mismo día en que se verifique, mediante remisión al correo electrónico personal@ayuntamientodeaguilas.com de la copia de la instancia y toda la documentación presentada.
No será admitida ninguna instancia en la que no conste el registro de la misma, ya sea vía telemática o presencial. 4.2.- Las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, en las que los aspirantes realizarán declaración responsable de que reúnen todos y cada uno de los requisitos para la participación en la convocatoria, así como ser ciertos los méritos que se alegan, irán dirigidas al Sr.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Águilas, y como mínimo contendrán los siguientes datos: a) Nombre y apellidos; NIF; domicilio y número de teléfono. b) Dirección de correo electrónico. c) Fecha, lugar y firma.
Junto a la instancia se presentará: 1.- Fotocopia del D.N.I. 2.- Relación numerada y autobaremada de los méritos que adjunta, originales o fotocopias, justificativos de los méritos que se alegan.
Los méritos no justificados en este momento no serán valorados. 3.- Certificación de la Secretaría General del Ayuntamiento de procedencia en la que se acredite la condición, por parte del concursante, de personal funcionario del Cuerpo de Policía Local, así como su permanencia por un período de cuatro años en situación de servicio activo en la categoría de Agente en dicho Ayuntamiento, y la permanencia de dos años en el puesto en caso de que se ostente con carácter definitivo.
A tales efectos, el Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados y acreditados.
Dichas aclaraciones podrán solicitarse directamente al órgano de quien dependa el concursante, al que se dará conocimiento de dicho acto.
Los méritos alegados y no justificados documentalmente, así como los que carezcan de la correspondiente compulsa o certificación, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal. 4.- Justificante del pago de la tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen serán los fijados en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de expedición de documentos en vigor, ascendiendo a la cantidad de 15 Euros.
A tal efecto, los aspirantes deberán practicar autoliquidación, exclusivamente, en los impresos habilitados al efecto por el Ayuntamiento y realizar su ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora indicada en el reverso de la autoliquidación.
El ingreso habrá de efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de participación en el proceso selectivo, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo.
El justificante de pago habrá de anexionarse a la instancia.
Sin el cumplimiento de la acreditación del ingreso junto con la instancia, decaerá el derecho del aspirante a la admisión de esta convocatoria.
Al impreso de autoliquidación podrán acceder los aspirantes en la página web del Ayuntamiento de Águilas, a través de Oficina Virtual Tributaria Catálogo de trámites Todos los trámites Autoliquidación Tasa por Expedición de Documentos Iniciar trámite Cumplimentar datos Varios Derechos de examen para participar en pruebas o actos selectivos convocados por el Ayuntamiento.
En la autoliquidación se hará constar el concepto “Derechos de examen concurso para cuatro plazas de movilidad de Agente de la Policía Local de Águilas”.
La solicitud de participación en la presente convocatoria, supone la aceptación de las presentes bases. 4.3.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la autoridad convocante dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución, por la que se apruebe la lista provisional de personas admitidas y excluidas del concurso con expresión de la causa de exclusión, en su caso.
Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en la página web municipal, otorgando un plazo de 10 días, a contar desde la fecha de publicación, para que los e