Plazo abiertoBOCyL · 20 oct 2026

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2026, de la Presidencia de la Mancomunidad Pinoduero (Valladolid), por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria del proceso de selección para contratar como personal laboral fijo en la modalidad de contrato de relevo, mediante el sistema de oposición, la plaza de Encargado. Expte.: 5/2026.

Plazas
1
Fecha límite
17 nov 2026
Grupo
C2graduado escolar
Ámbito
AutonómicaValladolid

Plazo hasta el 17 nov

Publicada el 20 octCierra el 17 nov

Resumen del boletín

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-20102026-203-20| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.

ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

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AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos MANCOMUNIDAD PINODUERO (VALLADOLID) RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2026, de la Presidencia de la Mancomunidad Pinoduero (Valladolid), por la que se aprueban las bases específicas y la convocatoria del proceso de selección para contratar como personal laboral fijo en la modalidad de contrato de relevo, mediante el sistema de oposición, la plaza de Encargado.

BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA Y PROCESO PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, DE PERSONAL FIJO EN LA MODALIDAD DE CONTRATO DE RELEVO DERIVADA DEL REAL DECRETO-LEY 11/2024, DE 23 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA COMPATIBILIDAD DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN CON EL TRABAJO.

Primera.– Objeto de la convocatoria y características de la plaza.

Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y proceso de selección para contratar personal laboral fijo en la modalidad de contrato de relevo mediante el sistema de oposición, al haber recibido autorización por parte de la Secretaría de Estado de Función Pública en fecha 25 de mayo de 2026, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.

Denominación de la plaza: Encargado Titulación requerida: Graduado escolar o en educación secundaria o formación profesional de técnico o de técnico auxiliar.

Vínculo Laboral fijo (modalidad contrato de relevo) Funciones: – Responsable de las funciones de coordinación de los medios materiales y personales de la Mancomunidad, organizando las rutas, los camiones, todo ello en función de las necesidades que surjan, bajo la única autoridad del Presidente. – Realizar las diferentes tareas de recogida de RSU y limpieza de contenedores.

Incluyendo la conducción de camiones y barredoras. – Mantener los vehículos a su cargo en perfecto estado de aseo, presentación, funcionamiento y conservación. – Informar oportunamente al presidente del mantenimiento y reparación de los vehículos, todo tipo de fallos o daños presentados en el mismo y en caso de ser necesario realizar algún trámite ante compañías aseguradoras, deberá adjuntar toda la documentación necesaria. – Informar oportunamente al presidente de toda colisión o accidente de tránsito que se presente en cumplimiento de sus funciones. – Limpieza y mantenimiento de las instalaciones. – Elaboración anual del calendario laboral de los trabajadores. – Y, en general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto que le sean encomendadas y resulten necesarias por razón del servicio.

Retribuciones básicas y complementarias que correspondan.

Segunda.– Normativa aplicable.

Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en la Convocatoria de estas bases y en lo no regulado en las mismas, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP); Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL); el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local (TRRL); la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (LMRFP); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso (RGI); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

Las presentes Bases vincularán a la Administración, al Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, y solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión pueda ocasionar dificultad añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico debe entenderse en el sentido comprensivo de ambos sexos y que, asimismo, cualquier término relativo a personas con discapacidad se entenderá referido a personas con diversidad funcional.

A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la sede electrónica de Mancomunidad (https://mancomunidadpinoduero.sedelectronica.es).

Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y en la sede electrónica de Mancomunidad (https://mancomunidadpinoduero.sedelectronica.es).

Asimismo, se publicará extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Tercera.– Requisitos de las personas aspirantes. 3.1.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. e) Estar en posesión, o en condiciones de obtener dentro del plazo de presentación de instancias (el título de Graduado escolar o en educación secundaria o formación profesional de técnico o de técnico auxiliar).

La titulación requerida establecida en las presentas bases.

En el caso de equivalencia, la misma deberá de ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el/la aspirante, debiendo citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación y, en su caso, traducción jurada. f) Poseer en vigor el permiso de conducción clase C + CAP g) Estar en situación de desempleo o haber concertado con la Mancomunidad Pinoduero un contrato de duración determinada (Art. 12.7 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores). 3.2.

Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias, y mantenerse hasta la toma de posesión.

Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Queda exceptuado el requisito de estar en situación de desempleo que deberá cumplirse y acreditarse en el momento de formalización del contrato.

Cuarta.– Solicitudes y plazo de presentación. 4.1.

Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo constar mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Mancomunidad de Pinoduero, puesto a disposición en el Anexo I de estas bases.

Las instancias se dirigirán a Presidencia y se presentarán en el Registro General o conforme a lo dispuesto en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, declarando reunir los requisitos exigidos para la plaza.

No se aceptarán ni Solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de acuerdo con lo expuesto anteriormente.

El hecho de presentar la solicitud implicará que el aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, Tablón de Anuncios de la Mancomunidad, y en el Boletín Oficial de la Provincia.

En el caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado, domingo o festivo, se entenderá que el mismo finaliza el primer día hábil siguiente. 4.2.

Para ser admitido las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen las condiciones exigidas y necesarias, referidas siempre a la

Boletín
BOCyL
Publicado
20 oct 2026

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