Plazo abiertoBOC · 4 nov 2026

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2026, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Cuerpos docentes universitarios.

Profesor/a Titular de Universidad

Plazas
1
Fecha límite
18 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
AutonómicaCanarias

Plazo hasta el 18 nov

Publicada el 4 novCierra el 18 nov

Resumen del boletín

II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Universidad de La Laguna 3799 RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2026, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Cuerpos docentes universitarios. CVE: BOC-A-2026-221-3799 Firma electrónica: Descargar

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Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Universidad de La Laguna 3799 RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2026, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Cuerpos docentes universitarios. 14 páginas.

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Firma electrónica - Descargar De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Laguna y el Reglamento de desarrollo de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 23 de diciembre de 2024, modificado por Resolución de 29 de julio de 2026.

Visto que la dotación de las plazas que figuran en el Anexo I de esta Resolución se corresponde con la Oferta de Empleo del año 2025 efectuada por esta Universidad mediante Resolución de 11 de diciembre de 2025 (BOC n.º 252, de 22.12.2025).

Vista la Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y de la Calidad Universitaria del Gobierno de Canarias, de fecha 20 de abril de 2026, sobre la autorización de la convocatoria.

Tomando en consideración que todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas, que se contienen en la presente Resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.

Por todo lo expuesto, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso libre una plaza, como funcionario docente universitario en la figura de Profesor/a Titular de Universidad, que se relaciona en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes BASES 1.

Normas generales. 1.1.

Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE n.º 70, de 23 de marzo); lo dispuesto en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos (BOE n.º 213, de 6 de septiembre); en los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto 66/2022, de 24 de marzo, de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC de 5.4.2022); en el Reglamento de desarrollo de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de La Laguna, aprobado por Resolución de la Universidad de La Laguna de fecha 23 de diciembre de 2024, modificado por Resolución de 29 de julio de 2026 (BOC de 11.8.2026), así como por las bases de la presente convocatoria.

Igualmente, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que resulte aplicable, conforme a lo establecido en su artículo 2.

Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública (BOE n.º 185, de 3 de agosto), en lo que resulte aplicable, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre), y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE n.º 236, de 2 de octubre), en lo que resulte aplicable, y en el resto de la legislación general de funcionarios civiles del Estado que resulte de aplicación.

No podrán admitirse al concurso a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas.

Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas (BOE n.º 4, de 4.1.1985), y las disposiciones de desarrollo. 1.2.

El plazo para resolver el concurso no podrá exceder de cuatro meses desde la fecha de la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso, sin perjuicio de la suspensión o ampliación del mismo conforme a lo dispuesto en los artículos 21.5, 22 y 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en su caso, por la existencia de periodo o periodos inhábiles; en particular, se considerarán inhábiles las fechas que puedan coincidir con el cierre general de las dependencias universitarias que sean aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad.

En el caso de que fuere precisa la suspensión o ampliación del plazo máximo para resolver el concurso, la competencia para acordar tales actuaciones corresponderá al Rector. 2.

Requisitos de las personas candidatas.

Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso, se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. 2.1.

Requisitos de carácter general. 2.1.1.

Los recogidos en los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en particular: a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del citado Real Decreto. b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.1.2.

Quienes no posean la nacionalidad española deberán poseer un conocimiento adecuado del idioma español.

Dicho conocimiento se acreditará, con carácter general, mediante el certificado de nivel B2 o superior.

Las personas nacionales de Estados que tienen el español como lengua oficial no tendrán que acreditar su conocimiento. 2.1.3.

Titulación de Doctor o Doctora. 2.2.

Requisitos específicos. 2.2.1.

La persona solicitante deberá estar en posesión de la acreditación para el cuerpo docente universitario en la figura de Profesor o Profesora Titular de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.

Estar en posesión de la acreditación para el cuerpo docente universitario, en la figura de Profesor o Profesora Titular de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.

Estar en posesión de la habilitación, conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso. 3.

Las personas acreditadas que deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán la correspondiente solicitud dirigida al Rector de la Universidad de La Laguna que habrá de ser cumplimentada a través de la sede electrónica de la Universidad de La Laguna en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes para participar en el concurso de acceso se ajustarán al procedimiento específico que figura en el siguiente enlace: https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/725 3.2.

Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad, deberán presentar, acompañando a su solicitud de participación en el concurso, un escrito solicitando las adaptaciones correspondientes, al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.

En este caso también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de que se trate.

De no solicitar las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participació

Boletín
BOC
Publicado
4 nov 2026

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