Plazo abierto
Provisión interna
DOG · 27 oct 2026

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2026 por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios.

Esta convocatoria es de provisión de puestos entre personal que ya trabaja en la administración (traslados, libre designación), no de acceso al empleo público.

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
17 nov 2026
Ámbito
AutonómicaGalicia

Plazo hasta el 17 nov

Publicada el 27 octCierra el 17 nov

Resumen del boletín

IV. Oposiciones y concursos Universidad de Vigo

DOG 205 del 27/10/2026 - RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2026 por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios.

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Oposiciones y concursos Universidad de Vigo RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2026 por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario técnico, de gestión y de administración y servicios.

Prevista la convocatoria de los procesos selectivos de los puestos de trabajo vacantes, en ejecución de las ofertas públicas de empleo de los años 2023 y 2024, así como la incorporación del personal que superó el proceso selectivo convocado por la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la escala técnica de servicios generales, subescala conserjería, procede convocar el proceso de provisión de concurso de méritos a fin de que el personal que ostenta la condición de funcionario fijo de las respectivas escalas y subescalas pueda hacer efectivo su derecho a la movilidad, pudiendo optar a los puestos actualmente vacantes mediante dicho concurso de méritos, conforme a lo establecido en el artículo 89 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

De este modo, este rectorado, en el uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, y por los estatutos de la Universidad de Vigo, resolvió convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo vacantes, que se desarrollará con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria Primera.

Normas generales Además de lo establecido en estas bases, habrá que atenerse a lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (LOSU); en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia (LEPG); en el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; supletoriamente en el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, y los Estatutos de la Universidad de Vigo.

Los actos del proceso selectivo se publicarán en el tablón oficial de la Universidad de Vigo https://sede.uvigo.gal/public/bulletin/bulletin-index.xhtml, salvo cuando se requiera la publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Con efectos únicamente informativos, también se publicarán en la siguiente dirección electrónica: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/tipo/convocatorias-pas Las consultas en relación con el proceso pueden realizarse a través del correo electrónico consultapas@uvigo.gal y del teléfono 986 81 37 62.

Puestos convocados Se convocan los puestos que se relacionan en el anexo a la presente resolución, correspondientes a la relación de puestos de trabajo (RPT), publicada mediante la Resolución de 2 de diciembre de 2021 (DOG de 21 de diciembre), de las siguientes escalas y subescalas: Escala Subescala Técnica especialista de servicios generales Conductor Técnica especialista de servicios generales Conserjería Técnica superior de apoyo a la docencia e investigación Análisis instrumental Técnica superior de apoyo a la docencia e investigación Microscopía electrónica Tercera.

Requisitos y condiciones de participación 1.

Las personas concursantes deberán poseer en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el proceso selectivo los siguientes requisitos: a) Tener la condición de personal funcionario de carrera técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Vigo, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la de suspensión en firme, y acreditar dos años de servicios prestados en el destino definitivo.

Dado que las personas destinatarias de este concurso adquirieron esta condición tras superar una convocatoria específica de funcionarización, para acreditar el período de dos años, y con carácter excepcional, también se computarán los servicios prestados como personal laboral fijo en la categoría desde la que se funcionarizaron. b) Estar encuadradas en la escala, subescala y subgrupo de los puestos convocados. c) Quien se encuentre en la situación de excedencia voluntaria por interés particular (en los términos establecidos en el artículo 173 de la LEPG), agrupación familiar, cuidado de familiares o por razón de violencia de género, deberá acompañar su solicitud con una declaración de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración pública ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de empleo público. d) Si cumple los requisitos anteriores, también podrá participar el personal funcionario de aquellas administraciones con las que la Universidad de Vigo haya firmado un convenio de reciprocidad. 2.

Quien se encuentre en situación de adscripción provisional tiene la obligación de participar en este proceso y solicitar todos los puestos situados en la misma localidad o en localidades que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97.5 y la disposición transitoria quinta de la LEPG, se encuentren a una distancia de 30 kilómetros en relación con la localidad del último puesto que ocupó con carácter definitivo o de la localidad del puesto al que está adscrito/a provisionalmente, elección que deberá manifestar expresamente en la solicitud de elección de puestos de trabajo a que se refiere la base cuarta.

El incumplimiento de estas obligaciones determinará la declaración de la situación de excedencia voluntaria por interés particular (artículo 97 de la LEPG).

A estos efectos, se tomará como fecha de referencia la de la situación de la persona concursante en el día de la publicación de la convocatoria de concurso de méritos en el Diario Oficial de Galicia .

Al personal funcionario de carrera que, cumpliendo la obligación establecida en el artículo 97.5 de la LEPG, no obtenga plaza en el concurso le será adjudicado por la Gerencia de la Universidad de Vigo, de oficio y con carácter definitivo, un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o escala y subescala de entre aquellos que quedaron vacantes.

Esta adjudicación se realizará siguiendo los criterios contenidos en el párrafo anterior.

Solicitud y documentación 1.

Las solicitudes se tramitarán de acuerdo con las instrucciones que figuran en el anexo II.

Únicamente se admitirán las que se generen por vía telemática tras introducir los puestos solicitados y deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la sede electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal/public/catalog/catalog-index.xhtml). 2.

Los datos relativos a las circunstancias personales y administrativas del personal concursante, así como los concernientes a los méritos que aduzcan, incluidos los previstos en la base 6.2, deberán poseerse y estar referidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente dentro del plazo de presentación de las solicitudes exclusivamente.

La Comisión de Valoración podrá requerir el contraste con la documentación original o compulsada. 3.

Los méritos enumerados en los apartados A.1, B.1 y D se acreditarán mediante certificación expedida de oficio por la Universidad de Vigo y conforme a la documentación que conste en el expediente personal de la persona solicitante.

La Universidad de Vigo se lo remitirá simultáneamente a la Comisión de Valoración y a las personas interesadas.

La valoración de los restantes méritos se efectuará exclusivamente sobre la documentación acreditativa aportada por cada concursante. 4.

Quien pertenezca a dos o más cuerpos o escalas y subescalas del mismo o distinto grupo/subgrupo solamente podrá participar en el concurso desde un/una de ellos/as.

La certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al referido cuerpo o escala y subescala, que será el/la que se tome en consideración a efectos de requisitos y valoración de méritos. 5.

En el caso de que les fuera adjudicado alguno de los puestos solicitados, las personas funcionarias con alguna discapacidad podrán instar la adaptación, siempre que no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización.

La Comisión de Valoración podrá reclamarles que justifiquen suficientemente esta adaptación. 6.

Cuando dos personas concursantes, cónyuges o pareja de hecho, estén interesadas en obtener destino en un mismo ayuntamiento, pueden condicionar sus peticiones en la solicitud, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos.

Deberán acompañar su solicitud con copia de la petición del/de la cónyuge y del documento oficial justificativo de la convivencia familiar. 7.

En el supuesto de que sean varios los puestos de trabajo que se soliciten, la preferencia vendrá establecida por el orden indicado en la solicitud de participación, en la que se podrá incluir la opción por puestos que puedan resultar vacantes como consecuencia de la resolución del concurso. 8.

Las solicitudes serán vinculantes para la persona peticionaria y no se admitirán renuncias una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias de participación. 9.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la rectora dictará una resolución que se publicará en el tablón electrónico señalado en la base primera, en la que se declarará aprobada la relación provisional de concursantes admitidos y e

Boletín
DOG
Publicado
27 oct 2026

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