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RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2026, del Concejal de Recursos Humanos, Organización y Economía del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), relativa a la convocatoria del proceso selectivo específico para cubrir como funcionario interino, mediante el sistema de oposición por turno libre, 1 plaza vacante clasificada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, grupo y subgrupo A1, adscrita al puesto n.º 75 de la relación de puestos de trabajo, denominado «Técnico de Admin

Cuerpo no especificado


1

Plazas

27/07/2026

Fecha Límite

AUTONOMICA

CASTILLA_Y_LEON

A1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA (VALLADOLID)

📄 Contenido del documento

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-20072026-138-26| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.

ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA (VALLADOLID) RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2026, del Concejal de Recursos Humanos, Organización y Economía del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), relativa a la convocatoria del proceso selectivo específico para cubrir como funcionario interino, mediante el sistema de oposición por turno libre, 1 plaza vacante clasificada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, grupo y subgrupo A1, adscrita al puesto n.º 75 de la relación de puestos de trabajo, denominado «Técnico de Administración General».

Concejal de Recursos Humanos, Organización y Economía, adoptada mediante Decreto n.º 3522/2026, de 14 de julio–por la que se convoca proceso selectivo específico mediante oposición en turno libre para cubrir, como funcionario interino, una plaza vacante clasificada en la Escala de administración general, Subescala Técnica, grupo y subgrupo A1, adscrita al puesto n.º 75 de la Relación de Puestos de Trabajo denominado «técnico de administración general», y se aprueban las bases reguladoras El Sr.

Concejal de Recursos Humanos, Organización y Economía en virtud del Decreto arriba identificado, ha RESUELTO: Primero.– Convocar proceso selectivo específico mediante oposición en turno libre para cubrir, como funcionario interino, una plaza vacante clasificada en la Escala de administración general, Subescala Técnica, grupo y subgrupo A1, adscrita al puesto n.º 75 de la Relación de Puestos de Trabajo denominado «técnico de administración general», y, a tal efecto, aprobar las bases reguladoras de dicho proceso que son las que figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo.– Autorizar un gasto por importe de dieciséis mil ochocientos dos euros (16.802€) en los conceptos y las cuantías que se indican, con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se señalan y conforme al desglose que se expresa: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA CONCEPTO IMPORTE 9202 12004 Sueldos del Grupo A1 4.386 9202 12100 Complemento de Destino 2.921 9202 12101 Complemento Específico 5.885 9202 16000 Seguridad Social 3.610  Tercero.– Publicar la convocatoria y el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de Castilla y León siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el inicio del cómputo del plazo de presentación plazo de presentación de solicitudes de participación.

Así mismo, dicho edicto será publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda. *Contra esta resolución, que de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pone fin a la vía administrativa cabe interponer los siguientes recursos: potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el B.O.C. y L., siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de dicho recurso un mes, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución expresa en plazo.

Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Valladolid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el B.O.C. y L..

Si se interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta.

Se podrá interponer cualquiera otro recurso que se estime procedente.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Arroyo de la Encomienda, 14 de julio de 2026.

El Concejal de Recursos Humanos, Organización y Economía,(P.D. del Sr.

Alcalde RA n.º 2058/2026, de 14 de abril) Fdo.: José Luis Nicolás Álvarez ANEXO BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN POR FUNCIONARIO INTERINO, MEDIANTE SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA VACANTE CLASIFICADA EN LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA TÉCNICA, GRUPO A, SUBGRUPO A 1, ADSCRITA AL PUESTO DE TRABAJO N.º 75 DE LA RPT –TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, ASÍ COMO PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL PARA LA REALIZACIÓN DE FUNCIONES DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.

Primera.– Objeto de la convocatoria, características de la plaza y retribuciones complementarias del puesto.

Publicidad. 1.1 Objeto de la convocatoria.– Es objeto de las presentes bases la regulación del proceso selectivo específico para la provisión por funcionario interino, mediante sistema de oposición libre, de una (1) plaza de técnico de administración general vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, así como para la formación de una bolsa de empleo de personal funcionario interino para la realización de las funciones propias del puesto de Técnico de Administración General para su utilización en el momento en el que concurra cualquiera de las circunstancias establecidas en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP, en adelante), siempre que el nombramiento esté adecuadamente justificado por razones expresas de necesidad y urgencia. 1.2.

Características de la plaza.– La plaza objeto de la convocatoria está clasificada en la escala de administración general, subescala técnica del artículo 167.2 a) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL, en adelante); grupo A, subgrupo A1 de los del artículo 76 del TREBEP. 1.3.– Retribuciones complementarias del puesto: la plaza está adscrita al puesto n.º 75 de la Relación de Puestos de Trabajo denominado «Técnico de Administración General» cuyas retribuciones complementarias son las siguientes: – Complemento de destino: nivel 26. – Complemento específico: 24.632,02 €/año 1.4.– Publicidad.– Las bases íntegras, así como la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Las restantes actuaciones derivadas del proceso selectivo, salvo que las bases presentes dispongan otra cosa, se publicarán exclusivamente en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Segunda.– Requisitos de los aspirantes. 2.1.– Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes: a) Nacionalidad: poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. b) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1 c) del TREBEP. c) Titulación académica: estar en posesión del título universitario oficial de Licenciado o Grado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario expedido con arreglo a la legislación vigente o bien título equivalente actual o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de invocar un título equivalente al exigido, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia expedido por el órgano estatal o autonómico competente en materia de educación.

En el caso de invocar titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión y presentar la credencial que acredite su homologación por el ministerio competente en materia de educación. d) Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento. e) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. 2.2.– Los requisitos establecidos deben poseerse en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.– Solicitudes: forma, documentación a presentar, plazo y medio de presentación. 3.1.– Forma: quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar obligatoriamente en el modelo de solicitud que figura como Anexo I, declarando responsablemente

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