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Patronat Municipal d’Escoles d’Infants. Convocatoria proceso de selección mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre para la cobertura de una plaza de director/a pedagógico/a vacante en la plantilla de personal laboral de este organismo, correspondientes a la oferta de empleo público 2023

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AYUNTAMIENTO DE PALMA PATRONATO MUNICIPAL DE GUARDERIAS INFANTILES

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 078 - 20 / Junio / 2026 > Pág. 33907 a 33923 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 078 - 20 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE PALMA PATRONATO MUNICIPAL DE GUARDERIAS INFANTILES Núm. 450657 Patronat Municipal d’Escoles d’Infants.

Convocatoria proceso de selección mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre para la cobertura de una plaza de director/a pedagógico/a vacante en la plantilla de personal laboral de este organismo, correspondientes a la oferta de empleo público 2023 Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La gerente del Patronat Municipal d'Escoles d'Infants por decreto 114 de fecha 10 de junio de 2026 ha resuelto el siguiente: 1.

Aprobar la convocatoria mediante el sistema de concurso-oposición para la cobertura de una plaza de director/a pedagógico/a, vacante en la plantilla de personal laboral de este Patronato. 2.

Aprobar las bases específicas que tienen que regir esta convocatoria, que se adjuntan a esta resolución como anexo 1. 3.

Aprobar el modelo de solicitud que figura como el anexo 2 de esta Resolución. 4.

Aprobar el modelo de declaración responsable de no haber sido separado de la administración pública que consta en el anexo 3 de esta Resolución. 5.

Autorizar el gasto que se refleja en la tabla siguiente, teniendo en cuenta que la incorporación está prevista para el mes de octubre del 2026 y que el sueldo correspondiente al Nivel retributivo 1 es de 49.700,42€/anuales más los incrementos aprobados según la Ley de presupuestos generales del Estado, de acuerdo con los artículos 172 y 176 de TRLRHL, con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes, del vigente presupuesto de gastos del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles de Palma : SALARIO BRUTO OCTUBRE 26-DICIEMBRE 26 APLICACIÓN PRESSUPOSTARIA Nº OPERACIÓN RC PERSONAL FIJO SERVICIOS GENERALES 16.566,81 € 00 32310 13000 220260004628 QUOTA PATRONAL 5.301,37 € 00 32310 16000 2202600046 6.

Hacer pública la información sobre protección de datos personales que figura al anexo 4 de esta Resolución 7.

Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Boletín Oficial del Estado. 8.

Dar cuenta de esta Resolución al Consejo Rector. (Firmado electrónicamente: 18 de junio de 2026) La gerente del Patronat Municipal d'Escoles d'Infants de Palma Aprobado por  Junta de Gobierno de dia 1 de octubre de 2025 punto 4 SEFYCU 4150369 Maria Magdalena Mir López ANEXO 1 BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE PARA CUBRIR 1 PUESTO DE TRABAJO VACANTE DE DIRECTOR/A PEDAGOGICO/A DEL PATRONAT MUNICIPAL D'ESCOLES D'INFANTS DE PALMA 1.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA El Patronat Municipal d'Escoles d'Infants de Palma convoca las pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición para la cobertura de una plaza de director/a pedagógico/a, vacante en la plantilla de personal laboral de este Patronato, perteneciente Puesto de trabajo: Director/a de gestión educativa de primera infancia.

Nivel: 1 Titulación: Licenciatura o grado en pedagogía, psicopedagogía o equivalente.

Catalán: C1 Funciones: v. catálogo de funciones Núm. de extensiones: 1 Dotación: 1 Adscripción Área Educativa de Primera Infancia: 1 Dicha plaza está dotada presupuestariamente, correspondiente a la oferta pública de empleo del año 2023 (BOIB núm. 80 de 15 de junio de 2023).

Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en cuanto al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007,  de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares.

El artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dispone que "la aprobación de convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo público deberá acompañarse de un informe de impacto de género, excepto en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo".  que se complementa con el artículo 43.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares: "A las ofertas de empleo público de las administraciones públicas de las Islas Baleares, se debe adjuntar una evaluación del impacto de género".

Todo ello pone de manifiesto el compromiso asumido por el Ayuntamiento de Palma en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.

Este procedimiento selectivo se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria específica y las bases generales que rigen esta convocatoria se publicaron en el BOIB nº 7, de 13 de enero de 2018, y en lo no previsto, se aplicará lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP) y en la Ley 3/2007,  de 27 de marzo, de la función pública de las Islas Baleares (en adelante LFPIB). 2.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Concurso-oposición, turno libre.

El presente procedimiento selectivo generará una bolsa de trabajo de la que se podrán nombrar por orden de puntuación final.

Figurarán en la bolsa de trabajo las personas candidatas que hayan superado al menos el primer ejercicio.

El funcionamiento de la bolsa de trabajo se regulará de acuerdo a lo previsto en el apartado 13 de las Bases Generales que deben regir las convocatorias de pruebas selectivas para cubrir plazas vacantes de la plantilla del personal del PMEI (BOIB núm.7 de 13 de enero de 2018). 3.

GRUPO PROFESIONAL Director/a pedagógico/a (nivel 1) 4.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para ser admitidas en las pruebas selectivas, las personas aspirantes tienen que cumplir los siguientes requisitos, sin perjuicio de los que figuren en cada una de las bases específicas.

Estos requisitos deben poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deben mantenerse hasta el momento de la contratación. - Tener la nacionalidad española o la de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún estado en el que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

El aspirante que no tenga nacionalidad española debe acreditar documentalmente su nacionalidad con un documento vigente y su permiso de residencia y de trabajo en su caso. - Tener dieciséis años cumplidos de edad. - No haber sido separado o separada, mediante un expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. - En el caso de ser nacional de otro estado, no encontrarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. - Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del grupo profesional o la especialidad en que se incluyen las plazas ofrecidas.

Las personas aspirantes que accedan a plazas reservadas para personas con discapacidad deben tener acreditado el grado de minusvalía igual o superior al 33% y deben justificarlo en el momento de la presentación de instancias.

También deben solicitar a la misma instancia las adaptaciones que consideren adecuadas para llevar a cabo las pruebas selectivas. - Estar en posesión del título de Licenciatura o grado en pedagogía o psicopedagogía.

Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988; el Real Decreto 1665/1992 y demás normas de transposición y desarrollo. - Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel C1 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos como equivalentes por la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos,  diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección general de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12-03-2013). - Abonar en concepto de derechos de examen 26,52 euros dentro del plazo de admisión de instancias, sin que se puedan abonar en ningún otro momento.

La liquidación de la tasa se puede hacer a través del siguiente enlace: https://www.palma.cat/portal/palma/contenedor1.jspseccion=s_fdes_d4_v2.jsp&contenido=131703&tipo=6&nivel=1400&codresi=1 Quedan exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Toda la información completa y relativa a la exención de las tasas se encuentra en el enlace.

Se deberá adjuntar la autoliquidación de las tasas administrativas junto con la solicitud de inscripción a

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