Escala de Técnico/a de Grado Medio (Perfil: Arquitectura)
Escala de Técnico/a de Grado Medio (Perfil: Arquitectura)
1
Plazas
25/12/2024
Fecha Límite
UNIVERSITARIA
Nacional
A2
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 16 de julio de 2026, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnico/a de Grado Medio.
📄 Contenido del documento
En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en adelante BOJA, núm. 152, de 8 de agosto de 2003, reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio, del citado órgano de gobierno autonómico (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011); en la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024 de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 231, de 27 de noviembre de 2024), en virtud de lo dispuesto en la Orden de 19 de diciembre de 2024, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Jaén las convocatorias de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios en ejecución de la referida ofertas de empleo público y, con el fin de atender las necesidades de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en el artículo 3.2.j), de la misma norma, así como en el artículo 45 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la Escala de Técnico/a de Grado Medio (Perfil: Arquitectura) de esta Universidad, con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria 1.
Normas generales 1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 1 plaza de personal funcionario de la Escala de Técnico/a de Grado Medio (Perfil: Arquitectura) de la Universidad de Jaén (Grupo A, Subgrupo A2). 1.2 Al presente proceso selectivo le serán aplicables la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; así como en lo que proceda, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Jaén; así como demás normativa de aplicación y lo dispuesto en las presentes bases de convocatoria.
Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas que se contienen en la presente resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma. 1.3 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición. 1.4 La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones establecidos en el anexo I de esta convocatoria.
El programa de materias para el ejercicio de la fase de oposición será el contenido en el anexo II de esta convocatoria. 1.5 La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el anexo I de la presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo. 1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas candidatas y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.
La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos.
En todo caso, el mismo no se realizará antes del 1 de octubre de 2024. 1.7 Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario.
La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Jaén, y el horario en que esta se desarrollará será el establecido en la unidad funcional en la que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la correspondiente relación de puestos de trabajo. 1.8 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y su normativa de desarrollo. 1.9 A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en las resoluciones que el Rectorado de la Universidad de Jaén dicte sobre declaración de períodos inhábiles. 2.
Requisitos de las personas aspirantes 2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular: a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los/as españoles/as y de los/las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la escala objeto de esta convocatoria. d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del título de Grado, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria o títulos o estudios de nivel equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia. 2.2 Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la Universidad de Jaén. 3.
Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo telemáticamente, cumplimentando, obligatoriamente, la solicitud a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web del Servicio de Personal de la Universidad de Jaén en la siguiente URL: https://www.ujaen.es/servicios/servpod/inscripcion-procesos-selectivos. 3.2 Posteriormente a la realización de la solicitud telemática, se deberá firmar el documento de solicitud definitiva generado por la aplicación, y una vez firmado se presentará junto con la documentación anexa, de forma telemática en la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén a través de la siguiente dirección web: https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/registro-electronico Para ello es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico.
Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el número de teléfono habilitado por el tribunal tal y como se indica en la base 5.9. de la presente convocatoria. 3.3 Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En la siguiente página web de la Universidad de Jaén se puede consultar el calendario de días inhábiles: https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/calendario. 3.4 Las personas aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad del 33 % o superior, y necesiten adaptaciones de medios y tiempo para la realización de los correspondientes ejercicios, deberán indicarlo en su solicitud de participación.
A tal fin, deberán aportar, junto a la solicitud, dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde a