Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos. Servicio de selección. Convocatoria y bases específicas del concurso oposición, por turno libre, para cubrir 6 plazas de ingeniero/a técnico/a industrial (Ope 2023 y 2026)
- Plazas
- 6
- Fecha límite
- 26 nov 2026
- Grupo
- A2universitario
- Ámbito
- LocalIslas Baleares
Plazo hasta el 26 nov
Resumen del boletín
AYUNTAMIENTO DE PALMA
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 138 - 29 / Octubre / 2026 > Pág. 60515 a 60527 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 138 - 29 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Leer el texto completo (30 párrafos más)
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE PALMA Núm. 796261 Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos.
Servicio de selección.
Convocatoria y bases específicas del concurso oposición, por turno libre, para cubrir 6 plazas de ingeniero/a técnico/a industrial (Ope 2023 y 2026) Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto El Regidor del Área de Función Pública, Seguridad Ciudadana, Civismo, Medio Natural, Entornos Saludables y Mercados, por resolución núm. 25238, de 6 de octubre de 2026, ha dictado lo siguiente: PRIMERO .- Convocar y aprobar las bases específicas para la convocatoria de SEIS PLAZAS DE INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala de la Administración Especial, Subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la oferta pública de empleo del año 2023 (BOIB n.º 164 de 2 de diciembre de 2023) y a la tasa específica de la oferta de ocupación del año 2026 ( BOIB n.º 71, de 6 de junio de 2026).
SEGUNDO. - Aprobar las bases específicas que regirán esta convocatoria, que se adjuntan.
TERCERO .- El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles , contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
CUARTO .- Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deben tramitarse obligatoriamente mediante el Portal del opositor (https://oposicions.palma.cat), sin perjuicio del posterior registro electrónico.
QUINTO. - Publicar la presente convocatoria y bases específicas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
BASES ESPECÍFICAS PARA CUBRIR SEIS PLAZAS VACANTES DE INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE, DE LA OFERTA DE OCUPACIÓN PÚBLICA DEL AÑO 2023 Y 2026 PRIMERA.
OBJETO El Ayuntamiento de Palma convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso oposición turno libre, para la cobertura de SEIS PLAZAS DE INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala de la Administración Especial, Subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la oferta pública de empleo del año 2023 (BOIB n.º 164 de 2 de diciembre de 2023) y a la tasa específica de la oferta de ocupación del año 2026 ( BOIB n.º 71, de 6 de junio de 2026), con la siguiente distribución: 1 plaza correspondiente a la Oferta de Ocupación Pública del año 2023. 5 plazas correspondientes a la Oferta de Ocupación Pública de la tasa específica del año 2026.
RÉGIMEN JURÍDICO Esta convocatoria se rige por la siguiente normativa: Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
Ley 3/2007, de 27 de marzo, de función pública de la CAIB Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y programas mínimos a los cuales se tienen que ajustar los procedimientos de selección de los funcionarios de la Administración local.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Además de la normativa anterior, la convocatoria estará sujeta al régimen de incompatibilidades previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y se tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en cuanto al acceso a la ocupación, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares.
En todo lo no previsto en esta convocatoria regirán las Bases Generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir vacantes de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma, publicadas en el BOIB nº 115, de 30 de agosto de 2025 y el resto de normativa que le sea de aplicación.
REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para ser admitidas en la realización de las pruebas selectivas, las personas interesadas tienen que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos siguientes, de los cuales se tiene que estar en posesión durante todo el proceso selectivo y hasta la toma de posesión: 1.
Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso a la función pública para personas nacionales de otros estados.
Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento de la lengua castellana, tienen que acreditar el conocimiento mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre; o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas o mediante la acreditación de que están en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español. 2.
Edad: Tener 16 años y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine otra diferente. 3.
Estar en posesión del título universitario de graduado en ingeniería de la rama industrial o ingeniero técnico industrial o título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero técnico industrial de acuerdo con lo que establecen las directivas comunitarias específicas, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede, del certificado de equivalencia correspondiente.
Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, hace falta presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
En el supuesto de no haberse expedido el título, solo se podrá acreditar con la certificación supletoria provisional, de acuerdo con el artículo 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios y oficiales, y de acuerdo con el artículo 3.4 del Real Decreto 1805/2009, de 4 de diciembre, en relación a la expedición de títulos académicos y profesionales. 4.
Catalán: acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos como equivalentes por la Orden 7/2026 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, de 4 de mayo, por la cual se regula la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y de bachillerato con los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a estos certificados de conocimientos de lengua catalana (BOIB n.º 58, de 7 de mayo de 2026). 5.
Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes.
Las personas aspirantes que accedan a plazas reservadas para discapacitados han de tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y lo tendrán que acreditar con el dictamen médico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía. 6.
No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitado de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaban en el caso del personal laboral, en el cual hubiera sido separado o inhabilitado.
En el caso de personas con nacionalidades de otro estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a la ocupación pública. 7.
Tasa: Abonar como derecho de examen 26,52 euros, de acuerdo con lo que establece la Ordenanza fiscal y de Precios públicos del año correspondiente, dentro del plazo de admisión de instancias, sin que se puedan abonar en ningún otro momento. 8.
Las personas aspirantes que acrediten el grado de discapacidad igual o superior al 33%, no estarán sujetas al pago de la tasa de derechos de exámenes y lo tendrán que acreditar en este momento. 9.
Firmar la declaración responsable en los términos que prevé el art. 69 de la Ley 39/2015, de 1 de oc
- Boletín
- BOIB
- Publicado
- 29 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
Relacionadas
- Plazo abierto
Islas Baleares · A2 · 2 plazas
- Plazo abierto
Islas Baleares · A1 · Plazas sin confirmar
- Plazo abierto
Islas Baleares · A2 · 1 plaza
- Plazo sin confirmar
1 plaça de Tècnic superior arquitecte · Ajuntament de Sant Fruitós de Bages
Cataluña · A1 · 1 plaza