DECRETO de la Alcaldía del Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva (Burgos), por el que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 1 plaza de Administrativo de Administración General integrada en el subgrupo C1, incluida en la oferta de empleo público del ejercicio 2024. Expte.: 95/2026.
Cuerpo no especificado
1
Plazas
02/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Castilla y León
C1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE SOTOSCUEVA (BURGOS)
📄 Contenido del documento
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-05082026-150-24| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición El documento BOCYL-D-05082026-150-24.pdf contiene imágenes.
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ADMINISTRACIÓN LOCAL B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE SOTOSCUEVA (BURGOS) DECRETO de la Alcaldía del Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva (Burgos), por el que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 1 plaza de Administrativo de Administración General integrada en el subgrupo C1, incluida en la oferta de empleo público del ejercicio 2024.
Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva de fecha 30 de julio de 2026 por el que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras del proceso selectivo, mediante el sistema de oposición por turno libre, para la provisión de una plaza de administrativo de administración general integrada en el subgrupo C1, incluida en la oferta de empleo público del ejercicio 2024.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, UNA PLAZA VACANTE DE ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE SOTOSCUEVA.
Objeto de la Convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la provisión como personal funcionario de carrera de una plaza de administrativo perteneciente al grupo C, subgrupo C1, escala de administración general, subescala administrativo, mediante el sistema de acceso de oposición y forma de acceso libre incluida en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2024, aprobada por decreto de la alcaldía 2023-0205, de 28 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 34 de fecha 26 de febrero de 2024.
Igualmente se constituirá una bolsa de trabajo dotada con el resto de aspirantes que sin acceder al puesto, hayan aprobado los ejercicios de la prueba y que serán llamados por estricto orden de puntuación de mayor a menor, al efecto de hacer frente a las necesidades temporales de personal de dicha categoría que puedan surgir por vacantes, ausencias, bajas, necesidades urgentes, acumulación de tareas y otras situaciones análogas en las oficinas municipales.
Condiciones de Admisión de Aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y 56.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad de las contenidas en la legislación vigente. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. f) Poseer la titulación exigida: título de Bachiller, técnico o equivalentes a los exigidos, o estar en condiciones de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia, o bien los créditos o asignaturas cursadas en los estudios.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación.
Según el Art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público. 2. – Los interesados que firmen la instancia de participación deberán reunir los requisitos de la presente convocatoria, de lo contrario quedarán automáticamente eliminados, una vez comprobada la documentación en la fase de acreditación de la misma que se efectuará una vez terminado el proceso selectivo.
Si la instancia no está firmada se entiende defecto no subsanable. 3. – Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión. 4. – Las personas con minusvalías serán admitidas en condiciones de «igualdad de trato y no discriminación» con el resto de aspirantes, salvo que la restricción padecida les hiciera incumplir el requisito correspondiente a «no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza».
El tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.
Forma y Plazo de Presentación de Instancias. 3.1.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso se ajustarán al modelo que figura en el ANEXO I , en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases Generales para la plaza que se opta, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de las publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la sede electrónica de este Ayuntamiento alojada en el portal de acceso: https://www.merindaddesotoscueva.es/inicio. 3.2.
La presentación de la solicitud supone el compromiso de aceptación de las condiciones y requisitos exigidos en las bases que rigen la convocatoria, la falsedad en los datos proporcionados supondrá la eliminación del proceso selectivo, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir el aspirante.
Con la firma de la solicitud, el aspirante otorga consentimiento al Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva para la publicación en su tablón, página web, o en cualquier otro espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.
Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 3.3.
Según la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad harán constar esta circunstancia en su solicitud, declarando que reúnen las condiciones exigidas por la normativa aplicable e indicando las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para asegurar su participación en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.
A su solicitud adjuntará certificado de discapacidad donde se acrediten las deficiencias permanentes que han dado lugar al grado de discapacidad reconocido, para que posteriormente el Tribunal entre a valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes que participan en turno de reserva, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones de tiempo y medios. 3.4.
A la solicitud, que debe incluir como mínimo lo señalado en el Anexo I de la convocatoria siendo excluido el solicitante e