Decreto de Alcaldía 2026-3520 de 30 de junio por el que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras para la provisión definitiva de una plaza de técnico/a de servicios económicos, A1, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2026 por turno libre mediante sistema de concurso-oposición
Cuerpo no especificado
Sin confirmar
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 084 - 4 / Julio / 2026 > Pág. 36584 a 36606 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 084 - 4 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA Núm. 487595 Decreto de Alcaldía 2026-3520 de 30 de junio por el que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras para la provisión definitiva de una plaza de técnico/a de servicios económicos, A1, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2026 por turno libre mediante sistema de concurso-oposición Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Aprobación de la convocatoria y las bases reguladoras para la provisión definitiva de una plaza de técnico/a de servicios económicos, A1, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2026 por turno libre mediante sistema de concurso-oposición del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia Por Decreto de Alcaldía 2026-3520 de 30 de junio se han aprobado la convocatoria y las bases reguladoras para la provisión definitiva de una plaza de técnico/a de servicios económicos, A1, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2026 por turno libre mediante sistema de concurso-oposición, las cuales se transcriben a continuación a los efectos oportunos: Expediente: 5073/2026 BASES ESPECÍFICAS QUE RIGEN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A DE SERVICIOS ECONÓMICOS CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2026 POR TURNO LIBRE MEDIANTE SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.
CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE CARÁCTER TEMPORAL 1.
Objeto y normas generales 1.1.
El objeto de esta convocatoria es cubrir, por turno libre y mediante el sistema de concurso-oposición, como personal funcionario de carrera, una plaza de técnico/a de servicios especiales, vacante en la plantilla de personal funcionario, perteneciente a la escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo A, subgrupo A1, dotada presupuestariamente, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2026 (BOIB n.º 21, de 14 de febrero de 2026). 1.2.
El sistema de selección de las personas aspirantes es el de concurso-oposición, y consta de una fase de oposición y de una fase de concurso, con el temario y la valoración de méritos que constan en los anexos de estas bases. 1.3.
La fecha, la hora de inicio y el lugar de celebración de las pruebas de la fase de oposición, así como las actas del tribunal y las resoluciones que se dicten, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep. 1.4 El medio de comunicación y de información de todos los actos integrantes de este proceso, así como de todas las publicaciones que se deriven del mismo, es la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep, de conformidad con el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Características de la plaza convocada Denominación: técnico/a de servicios económicos Régimen: funcionarial Administración: escala especial Subescala: servicios especiales Clase: cometidos especiales Subgrupo: A1 Nivel: Funciones del puesto de trabajo: lleva a cabo el seguimiento, dirección y valoración de los proyectos en el ámbito de los servicios económicos que se impulsen desde la institución; efectúa actuaciones relacionadas con la gestión y supervisión de las liquidaciones de los tributos; colabora en el control de la contabilidad pública de la institución, como liquidaciones, modificaciones, cuentas anuales, seguimiento de ingresos y gastos, etc.; apoya en la tramitación de ordenanzas fiscales; elabora recursos tributarios; elabora informes, memorias, estadísticas, indicadores económicos-financieros, estudios de costes, valoraciones económicas y otros documentos de naturaleza técnica y asume la responsabilidad; realiza las inspecciones y comprobaciones que le sean asignadas para velar y controlar el cumplimiento de la legalidad y de la calidad técnica de las acciones del ámbito; ofrece asesoramiento al resto de la institución en materias propias de su ámbito competencial; se responsabiliza de la tramitación, justificación, seguimiento y supervisión de expedientes; emite certificaciones dentro del ámbito económico; participa en la realización de cobros y pagos; así como las otras funciones propias de la categoría necesarias para el logro de la misión del puesto de trabajo, de acuerdo con las indicaciones de la dirección. 2.
Normativa de aplicación Esta convocatoria se rige por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como toda la legislación vigente que desarrolla el acceso a la condición de funcionario/a de carrera. 3.
Transparencia y protección de datos personales 3.1.
A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de dicho proceso. 3.2.
Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deberán indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual deberán presentar, en el momento de realizar la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, modificada por el Real Decreto Ley 9/2018, de 3 de agosto, de Medidas Urgentes para el Desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. 3.3.
La participación de las personas interesadas en los procesos selectivos implica la autorización para tratar los datos de carácter personal recogidos en la solicitud y en la tramitación del proceso selectivo, así como para publicar en los boletines oficiales, tablones de anuncios, sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para comunicar los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 8 y la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, dado que los procedimientos selectivos están regidos por el principio de publicidad. 4.
Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitidas a este proceso selectivo, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con excepción de las plazas que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o de las administraciones públicas.
También podrán ser admitidos el/la cónyuge, los ascendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendientes sean menores de 21 años o mayores de dicha edad pero que vivan a cargo de sus progenitores, y al cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, de conformidad con el artículo 57 del TREBEP.
Para las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y de cuyo origen no se desprenda el conocimiento de la lengua castellana, deberán acreditar dicho conocimiento mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE), o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, o mediante la acreditación de estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español.
En cualquier caso, las personas aspirantes que no tengan nacionalidad española deberán acreditar documentalmente la nacionalidad. b) Haber cumplido 16 años de edad en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa. c) Estar en posesión del título de Grado en Derecho, Economía, Administración y Dirección de Empresas, Contabilidad y Finanzas o titulación equivalente.
En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, deberá acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite dicha equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. d) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el caso de que hubieran sido separadas o inhabilitadas.
En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. e) Tener las capacidades y las aptitudes físicas y psíquicas que sean nec