Convocatoria y bases reguladoras del procedimiento selectivo para la provisión de 5 plazas de policía local del Ayuntamiento de Alcúdia y la constitución de una bolsa de trabajo
- Plazas
- 5
- Fecha límite
- 19 nov 2026
- Grupo
- C1bachillerato
- Ámbito
- LocalIslas Baleares
Plazo hasta el 19 nov
Resumen del boletín
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 135 - 22 / Octubre / 2026 > Pág. 58044 a 58060 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 135 - 22 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
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Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA Núm. 775696 Convocatoria y bases reguladoras del procedimiento selectivo para la provisión de 5 plazas de policía local del Ayuntamiento de Alcúdia y la constitución de una bolsa de trabajo Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Mediante Resolución de Alcaldía núm. 2026/3702, del Ayuntamiento de Alcúdia, de fecha 16 de octubre de 2026, se han aprobado las bases reguladoras del procedimiento selectivo para el acceso como funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Alcúdia, por el turno libre y mediante el sistema de oposición, de cinco plazas de policía local, del área de Policía Local.
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, 5 PLAZAS VACANTES DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA Y CONSTITUIR UNA BOLSA DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO.
Objeto de la convocatoria, procedimiento de selección y normativa La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 5 plazas vacantes de la categoría de policía local, dotadas presupuestariamente y correspondientes a las ofertas públicas de empleo de los años 2025 (BOIB núm. 141, de fecha 25 de octubre de 2025) y 2026 complementaria (BOIB núm. 130, de fecha 13 de octubre de 2026), por el sistema de acceso de turno libre y mediante el procedimiento de oposición.
Estas plazas corresponden a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, categoría Policía, grupo C, subgrupo C1, del Ayuntamiento de Alcudia.
Asimismo, esta convocatoria tiene por objeto constituir una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Alcudia, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, en los términos previstos en la base decimotercera.
Son aplicables a este proceso selectivo las presentes bases y, en todo aquello que resulte aplicable, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, en aquello que no se oponga a la normativa específica en materia de policía local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears; la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de las Illes Balears; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Coordinación de las Policías Locales de las Illes Balears; el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, en materia de exigencia del conocimiento de la lengua catalana; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, y el resto de normativa que resulte de aplicación.
Las bases y la convocatoria deberán publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
En el Boletín Oficial del Estado se publicará el anuncio de la convocatoria, con indicación de la denominación de la escala y la categoría de las plazas convocadas, el número de plazas, el Ayuntamiento convocante, el sistema de acceso, el procedimiento selectivo y la fecha y número del Boletín Oficial de las Illes Balears en el que se hayan publicado las bases.
De acuerdo con la disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, se establece una reserva de una plaza de las cinco convocadas para ser cubierta por una mujer, como medida de fomento de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y de equilibrio en la composición de la plantilla de la Policía Local del Ayuntamiento de Alcudia.
La adjudicación de las plazas se realizará a partir de una única relación final de personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el orden de puntuación obtenida, sin perjuicio de la aplicación de la preferencia en favor de las candidatas mujeres, en los términos establecidos en las presentes bases y en la normativa aplicable.
Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitidas en este proceso selectivo, las personas interesadas deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, incluida la fase de prácticas, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener cumplidos dieciocho años. c) Estar en posesión del título de bachillerato, técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá acreditarse la homologación o declaración de equivalencia que corresponda de acuerdo con la normativa vigente. d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psicofísico alguno que impida o menoscabe el correcto desarrollo de las funciones, en relación con el cuadro de exclusiones establecido en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública ni de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos. g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor. h) Comprometerse a portar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante declaración jurada o promesa expresa. i) Acreditar el nivel B2 de conocimientos de lengua catalana.
El conocimiento de la lengua catalana deberá acreditarse mediante certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears en materia de política lingüística, por la Escuela Balear de Administración Pública, o mediante certificado homologado o declarado equivalente de acuerdo con la normativa autonómica vigente.
Presentación de solicitudes 1.
Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deberán ajustarse al modelo normalizado que el Ayuntamiento de Alcudia ponga a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica y en la página web municipal.
Las solicitudes deberán dirigirse a la Alcaldía del Ayuntamiento de Alcudia y presentarse preferentemente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica municipal, o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. 3.
La solicitud deberá incorporar una declaración responsable, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de que la persona aspirante cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que los mantendrá durante todo el proceso selectivo.
La Administración podrá requerir en cualquier momento la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos declarados. 4.
Las personas aspirantes podrán elegir realizar los ejercicios en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
La lengua elegida deberá indicarse en la solicitud de participación. 5.
Las personas que deseen formar parte de la bolsa de trabajo de personal funcionario interino regulada en la base decimotercera deberán solicitarlo expresamente en el modelo normalizado de participación.
Esta opción es independiente del resultado que posteriormente obtengan en las pruebas de la oposición. 6.
La presentación de la solicitud comporta que los datos personales aportados sean tratados por el Ayuntamiento de Alcudia para gestionar el proceso selectivo y, en su caso, la bolsa de trabajo, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
La información detallada en materia de protección de datos deberá incorporarse al modelo normalizado de solicitud. 7.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en la solicitud y será su responsabilidad comunicar al Ayuntamiento cualquier variación que se produzca durante el desarrollo del proceso.
La dirección electrónica y el número de teléfono indicados se utilizarán a efectos de comunicación y aviso, sin perjuicio de los medios de notificación legalmente establecidos.
Admisión y exclusión de las personas aspirantes 1.
- Boletín
- BOIB
- Publicado
- 22 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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