Plazo abiertoBOIB · 22 oct 2026

Convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera dos plazas vacantes de la categoría de policía local del Consell Insular de Formentera mediante el procedimiento ordinario

Plazas
2
Fecha límite
19 nov 2026
Grupo
C1bachillerato
Ámbito
LocalIslas Baleares

Plazo hasta el 19 nov

Publicada el 22 octCierra el 19 nov

Resumen del boletín

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 135 - 22 / Octubre / 2026 > Pág. 58012 a 58037 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 135 - 22 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Leer el texto completo (30 párrafos más)

Oposiciones y concursos CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA Núm. 777996 Convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera dos plazas vacantes de la categoría de policía local del Consell Insular de Formentera mediante el procedimiento ordinario Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Se hace público que la Junta de Govern del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario de 16 de octubre de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: (...) Primero.- CONVOCAR el proceso de selección para cubrir como personal funcionario de carrera, 2 plazas de policía local.

Segundo.- APROBAR de la convocatoria que regirán el citado proceso de selección, las cuales se adjuntan como anexo en este documento.

Tercero.- PUBLICAR las bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el Tablón de Anuncios de la OAC y en la página web de la corporación www.consellinsulardeformentera.cat, y la convocatoria en el BOE, a los efectos legales oportunos.

Lo cual se publica, para general conocimiento, y conforme a la normativa de función pública.

Formentera, en la fecha de la firma electrónica (19 de octubre de 2026) El presidente Óscar Portas Juan ANEXO BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DOS PLAZAS VACANTES DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA LOCAL DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA, PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y NORMATIVA.

La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, dos plazas de la categoría de policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2026, por el sistema de acceso de turno libre y procedimiento de selección de oposición.

Estas plazas corresponden a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase policía local, Grupo de clasificación C1, del Consell Insular de Formentera.

Se aplicarán a estas pruebas selectivas las presentes bases; la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, con sus modificaciones; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears; el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como el resto de disposiciones legales aplicables a la policía local.

El procedimiento de selección será el de oposición de conformidad con el artículo 34.1 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de policías locales de las Illes Balears, con la modificación efectuada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, mediante las pruebas previstas en el artículo 167 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las Illes Balears.

Vistas las competencias del Consell Insular de Formentera en materia de policía local y el estado de su plantilla, se enmarca la necesidad de dar mayor estabilidad a la plantilla de la Policía Local, dotándola de un mayor número de efectivos, contexto en el cual cobran especial importancia los plazos que se deben invertir en el presente proceso selectivo, resultando necesario que los plazos se optimicen y se reduzcan el máximo posible, para una mejora organizativa de los servicios especiales policiales que, sin duda, resultan de interés público.

Por lo tanto, los plazos del presente procedimiento se regirán por la tramitación de urgencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 185 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las Illes Balears, al aconsejarlo razones de interés público, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios, excepto los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

No se podrá interponer recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia del procedimiento.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitidas en estas pruebas selectivas, las personas interesadas deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener dieciocho años cumplidos. c) Estar en posesión del título de bachillerato, técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, será necesario aportar la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. d) No padecer ninguna enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o disminuya el correcto desarrollo de las funciones, en relación con el cuadro de exclusiones que se determinan en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 30 de abril. e) No haber sido separado del servicio de la Administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública. f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos. g) Poseer los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor. h) Comprometerse a llevar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante una declaración jurada. i) Estar en posesión del nivel B2 (nivel avanzado) de conocimiento de la lengua catalana.

Los certificados deben ser los expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública, o los expedidos u homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013. j) Haber abonado la tasa por derechos de examen.

Con carácter previo a la toma de posesión, la persona interesada debe manifestar que no desempeña ningún puesto o actividad en el sector público de los que delimita la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad.

Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Las bases de esta convocatoria, cuando se aprueben, se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) se publicará el anuncio de la convocatoria, el cual debe llevar la denominación de la escala y la categoría de las plazas convocadas, el número de plazas, el ayuntamiento que las convoca, el sistema de acceso, el procedimiento selectivo y la fecha y número del BOIB en que se han publicado las bases.

Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse al modelo normalizado de solicitud y se presentarán en el Registro General del Consell Insular de Formentera, dentro del plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

También podrán presentarse por las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las instancias que no se presenten en el Registro General del Consell Insular de Formentera y se presenten por las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, no serán admitidas aunque conste que se entregaron antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a menos que se remita a la Conselleria de Recursos Humanos por correo electrónico, a la dirección electrónica convocatories@conselldeformentera.cat, la justificación de la fecha de remisión de la solicitud en el mismo día en que se envíe.

La no presentación de solicitudes en tiempo y forma determinará la no admisión de la persona aspirante en el proceso selectivo.

El modelo normalizado de solicitud, que se adjunta como Anexo IV, estará gratuitamente a disposición de las personas interesadas en el Registro General de Entrada y en la página web de este Consell (www.consellinsulardeformentera.cat), a partir de la apertura del plazo para su presentación.

Además de los datos de carácter personal y profesional que deben constar en el modelo normalizado de solicitudes, las personas interesadas deben adjuntar la documentación que se señala a continuación: a) Documento Nacional de Identidad en vigor.

No será necesario presentarlo si la persona aspirante no se opone a que la Administración obtenga dicho documento mediante las redes de intermediación de datos. b) Título académico exigido en la convocatoria.

No será necesario presentarlo si la persona aspirante no se opone a que la Administración obtenga dicho documento mediante las r

Boletín
BOIB
Publicado
22 oct 2026

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.