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Convocatoria y bases de selección plaza de informador/a juventud, C1, OPO 2025 exp. 4925/2026

Informador/a de juventud


1

Plazas

27/08/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 095 - 30 / Julio / 2026 > Pág. 42221 a 42233 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 095 - 30 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ALAIOR Núm. 563950 Convocatoria y bases de selección plaza de informador/a juventud, C1, OPO 2025 exp. 4925/2026 Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Expediente número: 4925/2026.

Asunto : Convocatoria y bases que tienen que regir el procedimiento selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Alaior, una plaza de informador/a de juventud, de la escala de Administración especial, subescala administrativa, Grupo C, Subgrupo C1.

Hacemos público que por Resolución 2026-1554 de fecha 22.06.2026 se ha resuelto en la parte suficiente el que sigue: "[...] Aprobar la convocatoria y las bases del proceso selectivo para cubrir, como funcionario/a de carrera, una plaza vacante de informador/a de juventud, de administración especial, subgrupo C1, del Ayuntamiento de Alaior intermediando el procedimiento ordinario de concurso oposición. dice literalmente: BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA COBERTURA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE INFORMADOR/A DE JUVENTUD DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA, GRUPO C, SUBGRUPO C1, FUNCIONARIO DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE ALAIOR PRIMERA.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de la presente convocatoria es la selección, mediante concurso-oposición, por el turno libre, de una plaza de la escala de Administración Especial, Subescala Administrativa, personal funcionario de carrera, Grupo C, Subgrupo C1, de Informador/a de juventud, incluidas en la oferta pública de empleo ordinaria del año 2025, publicada en el BOIB número 70, de fecha 03-06-2025.

La plaza convocada se corresponde con una plaza vacante y dotada presupuestariamente de la plantilla municipal, código 114.

La persona aspirando que supere el proceso selectivo será nombrada funcionaria de carrera y será adscrita inicialmente, de acuerdo con las necesidades organizativas vigentes en el momento de la resolución del proceso, al puesto de trabajo que corresponda conforme a la Relación de puestos de trabajo vigente.

A la fecha de aprobación de estas bases, la previsión organizativa inicial es la adscripción al puesto de informador/a de juventud adscrita al servicio de bienestar social, sin perjuicio que esta adscripción pueda ser modificada posteriormente por los procedimientos legalmente establecidos y de acuerdo con las necesidades del servicio.

Así mismo, se constituirá una bolsa de trabajo con las personas aspirantes que, de acuerdo con el que dispongan estas bases, superen al menos el primer ejercicio de la fase de oposición y no obtengan plaza.

Esta bolsa tendrá carácter preferente, respecto de las que se puedan convocar de manera extraordinaria una vez agotada, hasta la próxima convocatoria derivada de la oferta pública que se apruebe, que sustituirá la bolsa que se constituya con esta convocatoria.

Las bases se ajustan al que establece el artículo 103 de la Constitución española; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, que en el artículo 190 establece el régimen jurídico del personal al servicio de las entidades locales de la comunidad autónoma; el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases del régimen local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración local; la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los acuerdos y pactos aprobados por el Ayuntamiento de Alaior.

La normativa dictada por el Gobierno de las Islas Baleares es de aplicación supletoria en aquello que está aplicable; en concreto, el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 27/1994 y el Decreto 36/2004, de 16 de abril, por el cual se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad a la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

A esta normativa, hay que añadir la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

La convocatoria y las bases se publicarán en el Boletín de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios de la web municipal y en el portal de transparencia, y, de conformidad con el artículo 6.2 del Real Decreto 896/1991, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES 1.- Las personas interesadas en participar en el presente procedimiento selectivo, tendrán que reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las siguientes condiciones, de acuerdo con el artículo 56 del real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público: a) Tener nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea o que, en virtud de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de los trabajadores.

También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendentes y los descendentes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, cualquier que sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendentes sean menores de 21 años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores y al cónyuge siempre que no estén separados de derecho.

El aspirante que no tenga la nacionalidad española tiene que acreditar documentalmente su nacionalidad con un documento vigente y su permiso de residencia y de trabajo si se tercia. b) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo. c) Tener 16 años cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa, ambas referidas a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. d) No haber sido separado del servicio del Estado, de la Administración Local o Autonómica o de los organismos que dependan por ningún expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que en su estado impida el acceso a la función pública, si se trata de aspirantes que no tengan la nacionalidad española de acuerdo con lo establecido a la letra a) de esta base. e) Estar en posesión del título de bachillerato o equivalente.

A los efectos de la titulación exigida para el ingreso se tendrán en cuenta las equivalencias de titulaciones establecidas en la normativa vigente. f) Estar en posesión del curso de informador/a juvenil. g) Acreditar el conocimiento de lengua catalana correspondiente al nivel de certificado B2, mediante la aportación del título o certificado oficial correspondiente, expedido por el Instituto de Estudios Baleáricos, la Escuela Balear de Administración Pública, la Escuela Oficial de Idiomas (EOI) o equivalentes según la normativa reguladora de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. h) Declaración responsable de tener conocimientos de las obligaciones que se derivan de la normativa de incompatibilidades establecidas a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. i) Haber abonado los derechos participación en procesos selectivos (10 €), de acuerdo con la Ordenanza fiscal 2/4 reguladora de la tasa de expedición de documentos administrativos (BOIB n.º 142 de 29/10/2024).

Estos se tienen que hacer efectivos mediante autoliquidación en línea mediante la carpeta ciudadana, apartado «concepto a pagar» - «tributo: tasa expedición de documentos administrativos» y en qué desplegable «Tarifa» encontraréis «Derecho de examen en pruebas selectivas del ayuntamiento», https://www.carpetaciutadana.org/alaior/login/login.aspx?url=https://www.carpetaciutadana.org/alaior/solicituds/formsol.aspx%c2 %bfTIPO=ALIQ^TRIBUTO=001.

No obstante, estarán exentos del pago de esta tasa los que estén inscritos al paro.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores se tienen que tener en la fecha de publicación del anuncio en el BOE y se tienen que mantener durante todo el proceso selectivo.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes para participar en este proceso de selección se presentarán únicamente de manera telemática, usando el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica municipal (alaior.sedelectronica.es), materia Recursos Humanos.

Los medios de identificación electrónica requeridos por la tramitación electrónica son: Cl@ve permanente.

DNI/ certificado electrónico (con el certificado en vigor y la contraseña).

Las personas que no dispongan de medios para presentar la solicitud de manera telemática podrán ser atendidas, con cita previa a la Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) del Ayuntamiento, situada en la Calle Mayor, 11.

La cita se puede solicitar en la misma Sede Electrónica, en

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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