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Convocatoria pública para cubrir las vacantes de juez/a de paz titular y sustituto/a

Juez o Jueza de Paz y Juez o Jueza de Paz Sustituto/a


Sin confirmar

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

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Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 080 - 25 / Junio / 2026 > Pág. 34784 a 34785 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 080 - 25 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM Núm. 459868 Convocatoria pública para cubrir las vacantes de juez/a de paz titular y sustituto/a Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto El Sr.

Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, el 15 de mayo de 2026, dictó la siguiente resolución: “Decreto de Alcaldía núm. 2026-0500 Dado que expiró el plazo por el cual fue nombrado el actual juez de paz titular y juez de paz sustituto, tal como ha comunicado al Ayuntamiento el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

Dado que se hace necesario, por lo tanto, proceder a una nueva elección de estos cargos.

Dado que corresponde al Pleno del Ayuntamiento la elección de las personas que tienen que ser nombradas como juez de paz titular y sustituto.

Atendido el artículo 5 del Reglamento del Consejo General del Poder Judicial nº 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, se anuncia la convocatoria pública para las provisiones de los cargos de JUEZ O JUEZA DE PAZ Y JUEZ O JUEZA DE PAZ SUSTITUTO/A de este municipio.

RESUELVO Primero. - Aprobar la convocatoria pública para cubrir las vacantes de Juez de Paz titular y sustituto del municipio de Binissalem.

De acuerdo con la normativa aplicable, los interesados tienen que presentar sus solicitudes como se detalla a continuación: Requisitos de los aspirantes: a) Ser español. b) Ser mayor de edad. c) Residir en este término municipal. d) No estar incurso en ninguno de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. e) No incurre en ninguno de las incompatibilidades y prohibiciones reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley 6/1985, Orgánica del Poder Judicial.

Presentación de solicitudes: Las personas interesadas que cumplan los requisitos mencionados pueden presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquier de los lugares previstos al apartado 4 del artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de instancias es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente que se publique este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Documentación a presentar: Junto con la solicitud se tendrá que presentar la siguiente documentación: Fotocopia de su DNI Curriculum vitae con los detalles más significativos de su perfil personal, académico y profesional.

Segundo. - Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la página web del Ayuntamiento de Binissalem, al Juzgado Decano de Inca y al juzgado de paz de Binissalem.

Tercero. - Someter a la consideración del Pleno del Ayuntamiento las solicitudes presentadas para que elija, con el cuórum de mayoría absoluta, a la persona idónea de entre las personas interesadas.

Binissalem, a la fecha de la firma electrónica.

El alcalde, firmado y sellado.” Lo que se hace público por general conocimiento.

Binissalem, a la fecha de la firma electrónica (18 de junio de 2026 El alcalde Juan Víctor Martí Vallés) Esta versión HTML se muestra sólo a efectos de consulta y carece de validez legal para una versión oficial y auténtica, consulte la versión PDF BOIB Transparència Seu Electrònica Atenció a la ciutadania Contractació pública Protecció de dades Inici Què necessites?

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