Convocatoria del proceso selectivo con carácter libre por el sistema de oposición para cubrir dos plazas de operarios, vacantes en la plantilla de personal laboral del Instituto municipal del Deporte del Ayuntamiento de Palma
Operario
2
Plazas
28/08/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
C2
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE PALMA INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 099 - 8 / Agosto / 2026 > Pág. 44236 a 44240 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 099 - 8 / Agosto / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE PALMA INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE Núm. 581819 Convocatoria del proceso selectivo con carácter libre por el sistema de oposición para cubrir dos plazas de operarios, vacantes en la plantilla de personal laboral del Instituto municipal del Deporte del Ayuntamiento de Palma Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto El gerente del Instituto Municipal del Deporte, por acuerdo del Consejo Rector de 25 de julio de 2023 y por lo que dispone el art. 20 e) de los Estatutos del Instituto Municipal del Deporte y el art. 92 e) del Reglamento orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Palma, ha resuelto el siguiente decreto nº 363 de 17 de junio de 2026 SEGRA 838330: Primero .- Convocar el proceso selectivo con carácter libre por el sistema de oposición para cubrir dos plazas de operarios, vacantes en la plantilla de personal laboral del Instituto municipal del Deporte del Ayuntamiento de Palma, pertenecientes al nivel 9, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la oferta pública de empleo del ejercicio 2022 y 2023.
Segundo .- Aprobar las bases específicas que han de regir esta convocatoria, que se adjuntan .
Tercero .- Autorizar el gasto correspondiente a las retribuciones básicas que son de 19.349,63 € por cada una de las dos plazas.
El gasto anual está distribuido de la siguiente manera: 1.205,94 € de salario base por 15 pagas, 320,54 € de complemento de destino por 3 pagas extras, 298,91€ de paga adicional en el mes de septiembre.
También, autorizar el gasto correspondiente a la cuota empresarial de la Seguridad Social de 7.227,12 € anuales y 602,26 € mensuales, por cada una de las dos plazas.
Según se detalla: CONCEPTO APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº.
OPERACIÓN REFERENCIA IMPORTE Retribuciones básicas 21 34200 13000 220260000487 22026001023 19.349,63 Retribuciones básicas 24 34200 13000 220260000488 22026001024 19.349,63 Total 38.699,26 CONCEPTO APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº.
OPERACIÓN REFERENCIA IMPORTE Cuota empresarial SS 21 34200 16000 220260000489 22026001025 7.227,12 Cuota empresarial SS 24 34200 16000 220260000490 22026001026 7.227,12 Total 14.454,24 Cuarto .- Dar cuenta al próximo Consejo Rector que se lleve a cabo.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de agosto de 2026) El gerente Acuerdo Consejo Rector, 25/07/2023 Miguel Ángel Bennásar Llabrés BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE DOS PLAZAS VACANTES DE OPERARIO MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN POR TURNO LIBRE CORRESPONDIENTES A LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2022 y 2023 DEL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE (IME) DEL AYUNTAMENTO DE PALMA PRIMERA.- OBJETO Y NORMAS GENERALES El Instituto Municipal del Deporte (IME) convoca pruebas selectivas mediante el sistema de oposición por turno libre para la cobertura de dos plazas de OPERARIO, vacantes en la plantilla de personal laboral del Instituto municipal del Deporte (IME) del Ayuntamiento de Palma perteneciente al nivel retributivo 9, de conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo vigente (BOIB núm. 66, de 21 de mayo de 2022), dotadas presupuestariamente y correspondientes a la oferta pública de ocupación del año 2022 y 2023.
Esta convocatoria está sujeta a lo que dispone la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al servicio de les Administraciones Públicas.
Estas bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en cuanto al acceso a la ocupación, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares.
Este procedimiento selectivo se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria específica y por las bases generales que regulan esta convocatoria, publicadas en el BOIB núm. 16, del 1 de febrero de 2024.
En cuanto a lo que no esté previsto, se aplicará lo que establece el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (de ahora en adelante, TREBEP) y la Ley 3/2007, de 27 de marzo de la función pública de las Islas Baleares (en adelante LFPIB).
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para tomar parte en las pruebas selectivas será necesario reunir las siguientes condiciones: 1.- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso a la función pública para nacionales de otros estados. 2.- Tener 16 años cumplidos y no superar la edad para la jubilación forzosa. 3.- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), o titulaciones equivalentes, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. 4.- Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones correspondientes. 5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para desempeñar funciones similares a las que ejercían en el caso de personal laboral.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público en los mismos términos. 6.- Antes de tomar posesión del puesto de trabajo, la persona interesada deberá hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. 7.- Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel A2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos como equivalentes por la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12 de marzo 2013). 8.- Tener el carnet de mantenimiento de piscinas, el certificado de capacitación del tratamiento de legionela y el curso básico de prevención de riesgos laborales de 30 horas. 9.- Abonar como derecho de examen 13,79 euros dentro del plazo de admisión de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.
Los requisitos establecidos en los apartados anteriores tendrán que cumplirse el último día de plazo de presentación de instancias y los aspirantes tendrán que mantenerlos durante el período en que se desarrolle el procedimiento selectivo.
TERCERA.- FUNCIONES DEL PUESTO DE TRABAJO Tareas de mantenimiento de carácter ordinario que no exigen técnicas cualificadas de oficios.
Colaboración en el montaje, apoyo y colaboración en cualquier competición o acontecimiento que se organice Cumplir las directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que le sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el servicio de Prevención cuando le sea requerido.
Cualquier otra tarea que le sea encargada por el superior jerárquico entre las que corresponden a la categoría de adscripción del lugar de trabajo para el buen funcionamiento de la instalación.
CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS 1.- Se han de abonar las tasas para optar a las pruebas de selección de acuerdo con lo que prevé la ordenanza fiscal reguladora del Ayuntamiento de Palma accediendo al siguiente enlace https://palma.tributoslocales.es/070403/APALMA/tasas, justificante que se tendrá que adjuntar a la solicitud para participar en la oposición (ver base quinta). 2.-.
Las personas aspirantes a las pruebas selectivas han de rellenar el impreso de solicitud/declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, establecido por el IME que puede obtenerse a través de Internet consultando la página web https://ime.palma.es/oferta-p%C3%BAblica-de-feina y presentarlo a través del registro electrónico: https://imepalma.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13860 o bien presencialmente en el registro general del IME, de 9,30 a 14 h o en las oficinas de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Palma, o en cualquier otra forma que establezca el art. 16.4 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común.
NO SE HA DE APORTAR NINGÚN DOCUMENTO DE ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS. 3.- En caso de que se haya presentado más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la solicitud con el último número de registro electrónico de entrada. 4.- El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado hasta el siguiente primer dí