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Convocatoria de una bolsa de trabajo para cubrir las vacantes y/o necesidades de personal, en la categoría de auxiliar técnico educativo del Ayuntamiento de Alaró

Auxiliar Técnico Educativo


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BALEARES

C2

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AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 087 - 11 / Julio / 2026 > Pág. 38316 a 38329 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 087 - 11 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ALARÓ Núm. 508199 Convocatoria de una bolsa de trabajo para cubrir las vacantes y/o necesidades de personal, en la categoría de auxiliar técnico educativo del Ayuntamiento de Alaró Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Alcaldía, mediante resolución número 2026-1082, de 8 de julio de 2026, ha dictado la siguiente resolución: 1. “Aprobar la convocatoria del proceso selectivo, por el sistema de concurso, para crear una bolsa de auxiliar técnico educativo del Ayuntamiento de Alaró para cubrir las vacantes, ausencias, incapacidades laborales y/o necesidades de personal. 2.

Aprobar las bases que han de regir esta convocatoria, incluidos los anexos I (solicitud), II (declaración jurada) y III (relación de méritos y baremación), según constan a continuación. 3.

Publicar las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Alaró.” Lo que se hace público para general conocimiento.

Recursos Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, podrán interponerse, alternativamente, los siguientes recursos: – Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. – El recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo.

No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Alaró, en la fecha de la firma electrónica (9 de julio de 2026) El alcalde Llorenç Perelló Rosselló BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR TÉCNICO EDUCATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE ALARÓ Primera.

Objeto de la convocatoria y normas de aplicación El objeto de la presente convocatoria es la formación de una bolsa para cubrir las vacantes, bajas y/o necesidades de personal auxiliar técnico educativo encargado de prestar apoyo y colaborar en la atención y cuidado del alumnado con necesidades educativas especiales que asiste a la Escuela Infantil municipal de 1.er ciclo (0-3 años) Es Nieró.

La finalidad de crear la bolsa es poder formalizar, con las personas que la integren, contratos en cualquier modalidad de duración determinada prevista y con sujeción a la legislación vigente.

La selección de las personas aspirantes se llevará a cabo mediante una convocatoria pública por el sistema de concurso, que consistirá en la valoración de los méritos detallados en estas bases.

El procedimiento selectivo se regirá por las prescripciones contenidas en estas bases y, en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y por el resto de la normativa que resulte de aplicación.

Segunda.- Funciones Las funciones del personal auxiliar técnico educativo son: Prestar apoyo y colaborar en la atención y cuidado del alumnado con necesidades educativas especiales.

Prestar asistencia y formación en las actividades de la vida diaria que los alumnos con necesidades educativas especiales no pueden realizar por sí mismos (higiene personal, vestirse, comer, desplazarse y otras acciones que requieren asistencia).

Ejercer tareas de vigilancia durante los recreos y las salidas, siempre bajo la responsabilidad del personal docente.

Tercera.- Publicidad La convocatoria y las bases del procedimiento selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Posteriormente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos que integren el procedimiento selectivo y que deban notificarse a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que de él se derive (incluidos los anuncios de la interposición de cualquier recurso en vía administrativa o judicial), se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alaró: https://ajalaro.sedelectronica.es/ Todo ello, sin perjuicio de que se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los actos administrativos que, de acuerdo con la normativa o las bases de este proceso, deban publicarse en él.

Cuarta.- Relaciones electrónicas con la administración De conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el artículo 12 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares, y con la modificación de la ordenanza municipal de administración electrónica, publicada en el BOIB núm. 168, de 27 de diciembre de 2022, las personas que participen en este proceso selectivo deberán presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos.

El registro electrónico del Ayuntamiento de Alaró es accesible desde la sede electrónica municipal: https://ajalaro.sedelectronica.es/ La obligación de relacionarse con la administración municipal por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.

Quedan excluidos de estos actos de comunicación personal los llamamientos a las personas para ofrecerles un puesto de trabajo.

Estas actuaciones podrán realizarse por teléfono o correo electrónico, siempre que quede constancia fehaciente.

Las respuestas de las personas aspirantes también podrán realizarse por estos medios.

En cambio, la presentación de la documentación exigida antes de la incorporación al puesto de trabajo deberá realizarse por medios electrónicos.

Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación correspondiente, el órgano convocante podrá ampliar los plazos no vencidos hasta que se solucione el problema.

Asimismo, el órgano convocante, cuando concurran circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario.

Quinta.- Requisitos de las personas aspirantes 5.1.- Requisitos generales Para ser admitidas en este proceso selectivo, las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos: a.

Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, o ser nacional de otros Estados en las condiciones establecidas en alguno de los apartados del artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b.

Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, ambas referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. c.

Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente. d.

No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las de la categoría profesional.

En el caso de nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. e.

Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para desempeñar las funciones de la categoría profesional a la que optan. f.

Acreditar el conocimiento de la lengua catalana correspondiente al nivel de certificado A2, mediante la aportación del certificado o documento expedido por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) o el organismo competente en materia de política lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o cualquiera de los certificados o documentos considerados equivalentes por la administración de acuerdo con la normativa vigente. g.

No haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y el abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución y la explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. h.

Haber satisfecho la tasa por derechos de participación en procedimientos sele

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