Bases que han de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo de jefe/a de servicios económicos de la Empresa Municipal de Servicios de Alcudia, SAU (EMSA), mediante el sistema de concurso-oposición
Jefe/a de servicios económicos
1
Plazas
25/09/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
A1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 114 - 12 / Septiembre / 2026 > Pág. 50038 a 50052 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 114 - 12 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA Núm. 664275 Bases que han de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo de jefe/a de servicios económicos de la Empresa Municipal de Servicios de Alcudia, SAU (EMSA), mediante el sistema de concurso-oposición Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Mediante Acuerdo del Consejo de Administración aprobado en sesión ordinaria de fecha 21 de octubre de 2024 se han aprobado las bases reguladoras que deben regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo de Jefe/a de servicios económicos de la Empresa Municipal de Servicios de Alcudia, SAU mediante sistema concurso-oposición.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO DE JEFE/A DE SERVICIOS ECONÓMICOS DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ALCUDIA, SAU (EMSA), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PRIMERA.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de una plaza de personal laboral fijo de Jefe/a de Servicios Económicos de EMSA, mediante el sistema de concurso-oposición, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2023.
Características del puesto de trabajo: Área Administrativa Servicios Económicos Naturaleza Laboral Nombramiento Personal laboral fijo Grupo En Categoría Jefe/a de servicios económicos Nivel catalán C1 Circunstancia que lo justifica Plaza vacante y con financiación adecuada incluida dentro de la oferta pública de empleo 2023 (BOIB núm. 176 de 30 de diciembre de 2023) Número de plazas 1 La dedicación, jornada de trabajo y retribuciones serán las correspondientes a una jornada completa de trabajo del personal laboral de la empresa.
La persona aspirante que supere el proceso selectivo y, por tanto, sea contratada como personal laboral fijo en el puesto de Jefe/a de Servicios Económicos de EMSA desarrollará las funciones propias de dicho puesto en el Área Administrativa de EMSA.
Funciones: Coordinar los servicios económicos de EMSA.
Dirigir, alinear e implicar a los miembros del equipo bajo su responsabilidad con los objetivos de EMSA, buscando su máxima implicación y satisfacción, junto con la consecución de los objetivos fijados.
Atender las consultas y cuestiones económicas y jurídicas en materia de derecho financiero planteadas por la Gerencia o por los órganos de gobierno de EMSA, con el fin de resolver las cuestiones planteadas de acuerdo con el ordenamiento jurídico.
Confeccionar el presupuesto anual de ingresos y gastos para conocer la situación futura de la empresa e identificar las necesidades de financiación.
Controlar los gastos e ingresos que se produzcan, para su correcta imputación a los centros de coste.
Analizar los gastos e ingresos para realizar un seguimiento de las desviaciones y obtener su justificación.
Confeccionar informes para dar respuesta a los requerimientos de la dirección.
Preparar la información y documentación necesaria para dar respuesta a la auditoría externa.
Controlar los cobros y pagos, dictando las instrucciones o normas de funcionamiento correspondientes.
Controlar las subvenciones recibidas o concedidas, en especial sus repercusiones en materia de financiación afectada.
Confeccionar el presupuesto plurianual de inversiones para detectar las necesidades de financiación.
Verificar que la información interna cumple los estándares, políticas y procedimientos establecidos en la empresa y asesorar a las diferentes unidades de negocio respecto de su cumplimiento, para garantizar su correcta aplicación.
Supervisar el cierre contable del ejercicio y la formulación de las cuentas anuales, con el fin de cumplir las obligaciones legales establecidas.
Realizar y/o revisar el cierre contable mensual y la cumplimentación y liquidación de los modelos tributarios (IVA, IRPF, IS, etc.) para asegurar que toda la información es correcta.
Realizar la contabilización, cuadre, seguimiento y actualización de la información facilitada por el área de Personal (nóminas) y de la información relativa a los pagos efectivamente realizados por Tesorería.
Realizar el análisis previo de las operaciones de financiación (nuevos préstamos, cuotas mensuales y amortizaciones) y de las inversiones, para mantener actualizadas las correspondientes partidas.
Preparar y colaborar en la elaboración de la documentación contable requerida por los auditores externos, para cumplir con la normativa y legislación contable.
Elaborar las estadísticas de contabilidad, así como los informes que se soliciten, para cumplir con la obligación de remitir esta información a diversas instituciones (INE, entidades bancarias, etc.).
Recopilar y transmitir la información solicitada por las Administraciones Públicas (presupuesto, cierre del ejercicio, etc.), para cumplir con las obligaciones derivadas de la condición de empresa pública.
Elaborar el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, etc., así como el análisis de los ratios financieros de la empresa, para informar al responsable directo.
Realizar los trámites telemáticos necesarios con la Agencia Tributaria (Suministro Inmediato de Información) y controlar la base de datos para detectar y resolver incidencias.
Ejercer como vocal en las mesas de contratación, para apoyar los procedimientos de contratación y elaborar los correspondientes informes económicos.
Cualquier otra función atribuible a su puesto de trabajo y perfil profesional.
CONDICIONES DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permitan el acceso al empleo público de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015. b) Haber cumplido los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, ambas circunstancias referidas al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. c) Estar en posesión del título universitario oficial de Grado, Licenciatura o titulación equivalente en Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Actuariales y Financieras o titulaciones equivalentes.
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá aportarse la documentación correspondiente que acredite su homologación oficial. d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones.
Es decir, poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las funciones de Jefe/a de Servicios Económicos de EMSA. e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso del personal laboral.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no deberá estar inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público. f) No estar incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad de las previstas en la legislación aplicable. g) Haber obtenido el certificado de nivel C1 acreditativo del conocimiento de la lengua catalana expedido por la Dirección General de Política Lingüística, por la Escuela Balear de Administración Pública o por otro organismo reconocido a estos efectos por la legislación vigente. h) Las personas aspirantes deberán acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos exigidos y de los méritos alegados, en los términos establecidos en estas bases.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas deberán presentarse, de acuerdo con el modelo oficial que figura como Anexo I de las presentes bases, en el Registro de EMSA o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En el caso de presentar la solicitud mediante la sede electrónica, en el campo «SOLICITO» deberá indicarse como asunto: «Cobertura como personal laboral fijo de Jefe/a de Servicios Económicos de EMSA».
En caso de no presentar la solicitud en el Registro de EMSA ni a través de la sede electrónica, la persona interesada deberá comunicarlo a EMSA antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección emsa@alcudia.net, indicando en el asunto: «Cobertura como personal laboral fijo de Jefe/a de Servicios Económicos de EMSA dentro de plazo».
El modelo de solicitud que figura como Anexo I incluye una declaración responsable de reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda.
Asimismo, la solicitud incluirá una hoja de autobaremación de méritos, en la que las personas aspirantes deberán alegar los méritos de los que dispongan, de acuerdo con lo establecido en el apartado correspondiente a la fase de concurso.
Esta autobaremación tendrá igualmente la consideración de declaración