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Bases que han de regir la convocatoria para cubrir como funcionario de carrera una plaza de ingeniero/a, de la escala de administración especial, subescala técnica, subgrupo a1, mediante el sistema de concurso oposición por promoción interna

Ingeniero/a


1

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

AUTONOMICA

BALEARES

A1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE INCA

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 > Pág. 33269 a 33283 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE INCA Núm. 444194 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir como funcionario de carrera una plaza de ingeniero/a, de la escala de administración especial, subescala técnica, subgrupo a1, mediante el sistema de concurso oposición por promoción interna Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Inca, a su sesión de día 10 de junio de 2026 adoptó los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases del proceso selectivo para cubrir una plaza de personal funcionario de carrera ingeniero (grupo A1) mediante promoción interna y sistema de concurso oposición.

Estas bases figuran al expediente.

Segundo.- Abrir el proceso para la cobertura de esta plaza de conformidad con las bases que se aprueban y que figuran al expediente, y disponer que la convocatoria se anuncie al Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Boletín Oficial del Estado, a la página web del Ayuntamiento de Inca.

Tercero.- AUTORIZAR (A) el gasto (,,,) BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR COMO FUNCIONARIO DE CARRERA UNA PLAZA DE INGENIERO/A, DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, SUBGRUPO A1, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA PRIMERA.

Objeto de la Convocatoria El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de una plaza de funcionario de carrera de la escala de administración especial, subescala técnica, clase técnica superior, especialidad ingeniero, mediante sistema de concurso-oposición por promoción interna, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2026.

Características del puesto de trabajo: Escala: administración especial Denominación: ingeniero/a Grupo: A Subgrupo: A1 Nivel de catalán: B2 Sistema de selección: concurso oposición.

Derechos de examen: 18 euros (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos , BOIB Nº 1 35 de 3 de octubre de 2023 ) Su dedicación, jornadas de trabajo y retribuciones serán de jornada completa de trabajo del personal funcionario de esta Corporación.

La persona aspirante que supere el proceso selectivo y que, por tanto, sea nombrada personal funcionario de carrera ingeniero desarrollará las funciones propias del puesto de trabajo SEGUNDA.

CONDICIONES DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes tendrán que reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a.

Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Inca, perteneciente a la Escala de administración especial, subescala técnica, clase técnica media, especialidad ingeniería técnica. b.

Tener una antigüedad de al menos dos años en la Escala de administración especial, subescala técnica, clase técnica media, especialidad ingeniería técnica, desde la que promocionan. c.

Estar en posesión del título de ingeniero industrial o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada según establecen las directivas comunitarias, o estar en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.

En el supuesto de haber presentado un título equivalente al exigido se deberá alegar la norma que establezca su equivalencia, o en su defecto, deberá acompañarla con certificado expedido por el órgano competente que acredite dicha equivalencia.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, las personas aspirantes tendrán que estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente.

Se hará constar en la solicitud de participación la titulación que aleguen para poder acceder, para evitar puntuar en la fase de concurso la misma titulación que se alega como requisito para el acceso. d.

No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones, esto es, tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de ingeniero/a. e.

No haber sido separado/ada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escalera de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, del cual haya sido separado/ada o inhabilidad/ada.

En el caso de ser nacional de otro estado, no tiene que estar inhabilitado/ada o en situación equivalente ni tiene que haber sido sometido/esa a sanción disciplinaria o equivaliendo que impida en su estado, en los mismos términos, acceder a la ocupación pública. f.

No estar sometido a causa de incapacidad o incompatibilidad de las contenidas en la legislación local. g.

Acreditar documentalmente el conocimiento de lengua catalana mediante la aportación de fotocopia del certificado de nivel B 2 de catalán de la Dirección General de Política Lingüística, de la Escuela Balear de Administración Pública u otro organismo reconocido al efecto en la legislación vigente.

En caso de que no pueda acreditarse, deberá realizarse una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2. h.

Previamente al nombramiento , la persona interesada deberá hacer constar la manifestación de cumplir los requisitos señalados en los apartados d), e) y f). i.

Acreditar el pago tasa de examen de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos: 18 euros TERCERA.- DERECHOS DE EXAMEN La tasa por los derechos de examen tiene un importe de 18 euros , que tendrán que abonarse dentro del plazo de admisión de solicitudes.

Pagar los derechos de examen no supone en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud en la Administración dentro del plazo establecido.

No procederá la devolución del importe íntegro satisfecho en concepto de tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a las personas interesadas.

Para realizar este pago, el interesado debe dirigirse a https://inca.tributoslocales.es , pagar tasas, tasa por expedición de documento, donde figura tipo de documento que indican «derecho examen», tasa por expedición documentos-autorizaciones y licencias, y seleccionar « solicitudes pruebas selección del personal - A1, B/ LABORAL .

PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas se tendrán que presentar, telemáticamente mediante el trámite externo creado al efecto en la Sede Electrónica del Ayuntamiento o bien en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En cualquier caso, estas solicitudes deberán ajustarse al modelo oficial que consta en el anexo II de las presentes bases.

En el caso de no presentarse la instancia en la Sede electrónica o en el Registro General del Ayuntamiento, es conveniente que la persona interesada avance la solicitud registrada antes de la finalización del plazo de la presentación de las instancias mediante el envío de un correo electrónico a la dirección secretaria@incaciutat.com poniendo en el asumpt 09 "Expediente 3 Concurso oposición ingeniero (grupo A1) y adjuntando el justificante de la presentación de la instancia dentro de plazo.

Las bases que rigen este proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Posteriormente se publicará la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado .

Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

La convocatoria se anunciará en los lugares habituales y los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en la web municipal del Ayuntamiento de Inca.

El modelo de instancia que consta como Anexo II incluye una declaración jurada de reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda.

Esta solicitud también incluye una hoja de autobaremación de méritos, que tendrá igualmente la consideración de declaración responsable.

Junto con la solicitud y hoja de autobaremo debe aportarse acreditación de la titulación que alegan como requisito para participar en el proceso y certificado del nivel de catalán exigido.

En la hoja de autobaremación, las personas aspirantes tendrán que alegar, de forma detallada y bajo su responsabilidad, todos los méritos de que dispongan con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Estos méritos serán los únicos que podrán ser valorados en la fase de concurso, siempre que se acrediten una vez superada la fase de oposición.

Los méritos indicados en la hoja de autobaremo deberán ser descritos con precisión.

A tal efecto, será obligatorio cumplimentar todos los campos de la hoja de autobaremación para identificar correctamente cada uno de los méritos alegados en la fase de concurso.

Las personas aspirantes quedan vinculadas por los méritos que aleguen en ese momento y la puntuación resultante de los méritos declarados determina la puntuación máxima que pueden obtener en la fase de

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