Bases que han de regir el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de trabajador/a familiar personal funcionario interino y personal laboral temporal del Ayuntamiento de Sant Lluís
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AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 083 - 2 / Julio / 2026 > Pág. 36204 a 36212 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 083 - 2 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS Núm. 479630 Bases que han de regir el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de trabajador/a familiar personal funcionario interino y personal laboral temporal del Ayuntamiento de Sant Lluís Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 25.06.2026, ha adoptado los siguientes acuerdos: " Primero.- Aprobar las bases que han de regir la convocatoria por el sistema de concurso de una bolsa de trabajo de la categoría de trabajador/a familiar, con carácter de personal funcionario interino y personal laboral temporal para cubrir las necesidades urgentes de contratación del Ayuntamiento de Sant Lluís.
Segundo .- Convocar el proceso selectivo para la creación de una bolsa de trabajo de la categoría de trabajador/a familiar, con carácter de personal funcionario interino y personal laboral temporal para cubrir las necesidades urgentes de contratación del Ayuntamiento de Sant Lluís.
Tercero .- Dar publicidad a la convocatoria y a las bases mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, tablón de edictos municipal y página web del Ayuntamiento." A continuación, se transcriben las bases: BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE TRABAJADOR/A FAMILIAR PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO Y PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANT LLUÍS 1.- Objeto.
Estas bases tienen por objeto regular el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de trabajador/a familiar para nombramientos y contrataciones temporales del Ayuntamiento de Sant Lluís para necesidades urgentes e inaplazables.
Escala: Administración especial Grupo de clasificación profesional:C Subgrupo: C2 Se establece como procedimiento selectivo el concurso, que se regirá por las presentes bases. 2.- Funciones del puesto de trabajo Corresponde al trabajador/a familiar la ejecución del plan de trabajo acordado por el equipo del SAD y la persona usuaria y/o familia en el domicilio de la persona usuaria.
Sus funciones serán: - Detectar los cambios de situación y observación de las relaciones familiares y sociales. - Apoyar el hogar, en los casos que sea necesario, desarrollando las tareas de atención de forma que las personas o familias mejoren su bienestar y/o eviten un internamiento. - Dar atención personal a la persona usuaria y/o familia que lo necesite. - Ayudar a mejorar la relación con la familia, la red informal y otros grupos de convivencia con la comunidad. - Favorecer los cambios de actitud y comportamiento y facilitar que las personas usuarias descubran las propias posibilidades potenciando la autonomía personal para que adquieran conocimientos necesarios para mejorar la calidad de vida. - Potenciar y mantener la autonomía de la persona y/o familia mediante su participación activa en todo el proceso, si cabe. - Dependiendo del perfil y necesidades de la persona usuaria, así como de los objetivos propuestos en cada caso, la prestación, de carácter personal, podrá incluir las siguientes actividades o tareas: Ayuda en la higiene y cuidado personal.
Apoyo, seguimiento y supervisión de la alimentación Cuidado de la salud y control de la medicación.
Movilización dentro del hogar, cambios posturales a personas encamadas.
Apoyo en la limpieza diaria, mantenimiento y organización de la vivienda.
Adiestramiento en el aprendizaje de hábitos relacionados con el cuidado del hogar y la organización doméstica, el cuidado personal y la atención a la infancia, personas mayores o personas en situación de dependencia.
Acompañamiento, tanto en el domicilio como en el exterior para evitar situaciones de soledad y aislamiento, y apoyo en las relaciones con vecinos, familiares y personas de su entorno.
Acompañamiento fuera del hogar, cuando éste resulte imprescindible, a fin de posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades de carácter educativo, terapéutico o social, así como en la realización de diversas gestiones como visitas médicas, tramitación de documentos y otros.
Facilidad de actividades de ocio en el domicilio. 3.- Requisitos de las personas aspirantes.
Para poder formar parte de la oferta, las personas aspirantes deben cumplir en la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o la de un estado de la Unión Europea, o ser nacional de otros estados con las condiciones establecidas en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público. b) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación. c) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes a la categoría de trabajador/a familiar. d) Estar en posesión del graduado escolar o equivalente. e) Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados de profesionalidad recogidos en el artículo 17.6 del Decreto 86/2010, de 25 de junio: Título de técnico en atención a personas en situación de dependencia (RD. 1593/2011, de 4 de noviembre) Título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería (RD 546/1995, de 7 de abril) Título de técnico en atención sociosanitaria (RE 496/2003, de 2 de mayo) Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (RE 1379/2008, de 1 de agosto) Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria en el domicilio (RD 1379/2008, de 1 de agosto) f) Estar en posesión del carné de conducir clase B. g) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al nivel de certificado B1.
Estos conocimientos deben ser acreditados mediante la aportación del certificado de nivel de suficiencia de lengua catalana (certificado B1 o equivalente) o superior de la Dirección General de Política Lingüística o alguna de las titulaciones equivalentes. h) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las de la categoría correspondiente.
En caso de personas nacionales de otro estado, no haber sido inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. 4.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para formar parte del proceso selectivo se ajustarán al modelo normalizado de solicitud del Anexo I.
Las solicitudes de participación en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda, deben presentarse en el registro de entrada del Ayuntamiento de Sant Lluís, o en cualquiera de las formas que prevé la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El modelo de solicitud a utilizar por parte de las personas aspirantes estará a disposición de éstas en el registro general del ayuntamiento, y estarán disponibles en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sant Lluís y en la sede electrónica municipal.
El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Junto con la solicitud cumplimentada adecuadamente, las personas aspirantes deben adjuntar: a) Copia de DNI, NIE o pasaporte en vigor b) Copia de la titulación académica exigida o justificante de haber efectuado el pago de los derechos para su obtención. c) Copia del certificado de conocimientos de lengua catalana del nivel correspondiente o superior al exigido en las bases específicas. d) Copia del carné de conducir B. e) Documento de autobaremación (Anexo II) f) La documentación acreditativa de los méritos alegados.
Las personas que den su consentimiento al Ayuntamiento para consultar sus datos en la plataforma de intermediación de datos, no tendrán que aportar los documentos de los apartados a) y b) 5.- Admisión de personas aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Sra.
Alcaldesa aprobará por resolución la relación provisional de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sant Lluís y en la página web municipal, concediéndose un plazo de un día hábil para que las personas interesadas presenten las alegaciones que consideren oportunas o subsanen su solicitud.
Una vez examinadas las que se hubiesen presentado, se publicará la relación definitiva de personas admitidas a través de los medios mencionados.
De no presentar ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada sin necesidad de nueva resolución.
Las posibles reclamaciones o alegaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que apruebe la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se hará pública de la misma forma que la relación anterior.
Los sucesivos anuncios del procedimiento selectivo se publicarán en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento. 6.- Tribunal calificador El Tribunal Evaluador estará constituido por un/a presidente/a y dos vocales (un vocal será designado/a secretario/a).